La enmienda de ERC pide rebajar la pena de cárcel para quienes no se lucren con la malversación
La reforma que plantea Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) para cambiar el delito de malversación de caudales públicos establece que las condenas más altas sean para los que se beneficien personalmente del delito y fija penas más bajas para quienes no lo hagan. La nueva redacción que plantea el partido independentista contempla condenas de hasta ocho años de cárcel para los casos más graves, en los que exista “ánimo de lucro”, y de hasta cuatro años de prisión a quien distraiga fondos públicos pero sin estar destinados al beneficio propio.
La enmienda que presentarán los republicanos catalanes al texto del Gobierno que reforma la sedición, y que se está tramitando por la vía de urgencia en el Congreso, puede aún sufrir modificaciones hasta última hora. ERC tiene de plazo hasta este viernes para presentar el texto final.
El texto que manejan ahora propone modificar el delito de malversación por el que están condenados líderes independentistas del procés como Oriol Junqueras, presidente de ERC, y se pretende consensuar con las fuerzas del Gobierno que se han mostrado partidarias de esta corrección. El cambio en el articulado del delito de malversación de caudales públicos recupera la versión anterior a la reforma impulsada por la mayoría absoluta del PP de Mariano Rajoy en 2015, con la oposición de la izquierda. La reforma de la sedición en la que se recogería esta enmienda está previsto que se apruebe por la Cámara Baja antes de final de año.
En la actualidad, el delito básico de malversación no diferencia a quien se lucra personalmente del crimen de quien no lo hace y establece condenas de entre dos a seis años de cárcel. La nueva versión introduce el inciso “ánimo de lucro” y mantiene esas condenas. La versión más grave del delito, por ejemplo para los agujeros superiores a 250.000 euros en el erario público, está castigada con hasta ocho años de cárcel.
La enmienda que ERC planteará a la reforma del delito de sedición, uno de los puntos clave del acuerdo con el Gobierno para que pueda sacar adelante los Presupuestos con el apoyo de los republicanos, incluye un nuevo artículo 423 bis para castigar a quien destine el dinero público “a usos ajenos a la función pública” con condenas de seis meses a tres años de cárcel, y hasta cuatro años de inhabilitación. Estas últimas son las condenas para quien malverse dinero público sin un beneficio propio. Si hay “daño o entorpecimiento del servicio a que estuvieren consignados” la condena de cárcel es la misma pero la de inhabilitación puede alcanzar el lustro.
Líderes políticos de ERC, entre ellos el president Pere Aragonès, han expresado en las últimas semanas que después de la puesta en marcha de la reforma del delito de sedición su intención era reformar también el delito de malversación de caudales públicos. Esta enmienda, en caso de traducirse en una reforma del Código Penal, implicaría beneficios para los presos del procés independentista, aunque todos los que fueron condenados a penas de prisión ya han sido indultados y no están en prisión.
Ni ERC, ni el Ejecutivo central, ni ninguno de los socios del Gobierno de coalición habían dado pistas, por el momento, de hacia dónde podía estar dirigida esta reforma, aunque el presidente Pedro Sánchez sí había abierto la puerta a la existencia de enmiendas durante la tramitación parlamentaria urgente de la norma.
La actual formulación del delito viene de una reforma pensada específicamente para penalizar episodios como la consulta del 9 de noviembre de 2014 en Catalunya, impulsada por Artur Mas. Desde entonces, basta con que se acredite un uso indebido de fondos públicos que haya generado un perjuicio al patrimonio público para poder condenar por malversación. Es lo que técnicamente se define como una “administración desleal” de dinero público al dedicar recursos colectivos a fines inapropiados. Hasta la entrada en vigor de esa reforma, la malversación requería que hubiera “desviación” o “sustracción” de fondos públicos. Las condenas por este tipo penal pueden ser de hasta diez años de cárcel.
Es una reforma que puede afectar de manera retroactiva a los líderes del procés ya condenados por el Tribunal Supremo, aunque ya han sido indultados y por tanto ninguna rebaja tendría efectos prácticos. Pero sí podría incidir en el futuro procesal de los cargos de segunda fila que todavía están a la espera de juicio en otras causas, acusados entre otros por este delito.
La presunta malversación es clave en la macrocausa seguida en el juzgado de instrucción 13 de Barcelona contra una treintena de funcionarios y altos cargos por los preparativos del 1-O y su apéndice en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) al afectar a dos aforados, los diputados y pesos pesados de ERC Josep Maria Jové y Lluís Salvadó. Es lo que se conoce como la “segunda fila” del Govern, muy relevante para Esquerra al afectar a algunos de sus cuadros.
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