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Expertos en derecho constitucional descartan que Cataluña pueda decidir el cierre de la CCAA: no tiene la competencia

EUROPA PRESS

MADRID —

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La cuestión ha surgido a raíz de las declaraciones del comisario jefe de los Mossos d'Esquadra, Eduard Sallent, quien ha explicado este viernes que la policía catalana trabaja con un posible cierre global de Cataluña en el marco de los diferentes escenarios que plantean frente a la pandemia de coronavirus.

Sin embargo, el catedrático de Derecho Constitucional de la UNED, Carlos Vidal, ha dejado claro, en declaraciones a Europa Press, que “el único que puede tomar una decisión como esa es el Gobierno” y descarta que Cataluña pueda por sí sola tomar una decisión de estas características por dos razones: no tienen las competencias y deben hacerlo de acuerdo con el Gobierno.

DUDAS SOBRE EL DECRETO DE CONFINAMIENTO DE IGUALADA

A Carlos Vidal ya le suscita dudas el confinamiento que ha decretado la Generalitat catalana de varios pueblos entre ellos el de Igualada. Argumenta, en este sentido, que el estado de alarma solo lo puede declarar el Gobierno y por 15 días porque a partir de ese momento, lo tiene que prologar el Parlamento.

Este catedrático considera que el Gobierno no está actuando con agilidad y eso está provocando que las autonomías vayan por delante y tomen decisiones que, en algunos casos, están en el límite de sus competencias por “falta de liderazgo” del Ejecutivo central y “alguna se está pasando”. Explica que Madrid cerró colegios porque se plantaron aunque el Gobierno no les estaba dando cobertura.

Critica que el presidente se amparara ayer en la rueda de prensa en lo que digan los expertos para tomar la decisión sobre el estado de alarma y argumenta que el estado de alarma se puede delimitar y aplicar en las CCAA que se considere necesario o en las provincias afectadas.

En la misma línea se ha pronunciado el profesor de la Universidad de Salamanca, Rafael de Agapito, quien deja claro que Cataluña no tiene competencias para tomar una decisión de la envergadura de cerrar el territorio.

Afirma, en este sentido, que el cierre de un territorio tiene que pasar por la declaración del estado de alarma y esa decisión solo la puede adoptar el Gobierno. “Lo lógico sería que le plantearan la cuestión al Gobierno central porque no tienen competencia para ello”, recalca. Y añade que se trata de una competencia estatal “en sentido exclusivo”.

SUPLANTACIÓN DEL ESTADO

Además, llama la atención de que esta cuestión se esté planteando así en esa comunidad autónoma lo que interpreta como un deseo de “acentuar el autogobierno” por parte de la Generalitat.

Considera que eso sería una “suplantación del Estado” por estar excediéndose en sus competencias y tendría que ser un tribunal el que apreciara cuáles son las responsabilidades.

El catedrático en Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid, Ángel Sánchez Navarro, explica que Cataluña tiene competencias de protección civil, pero una medida como la de cerrar la CCAA supondría una limitación de derechos fundamentales.

En este sentido, afirma que una comunidad autónoma puede pedir al Gobierno que declare el estado de alarma para poder limitar esos derechos, pero no puede tomar por sí la decisión de declarar el estado de alarma.

Sánchez Navarro cree que Cataluña puede tomar decisiones como la del confinamiento de Igualada, pero no puede limitar los derechos fundamentales de los españoles porque este asunto, precisa, es un fenómeno supracomunitario. La única vía que ve para ello es la del estado de alarma, según precisa, una declaración que, añade, puede servir también para suspender las elecciones vascas y gallegas.

CASO VASCO

Sin embargo, los expertos consultados creen que es correcta la decisión del País Vasco de declarar la situación de alerta sanitaria, que puede conllevar confinamientos, porque lo hacen en base a su ley d egestión de emergencias, pero dejan claro que esta ley se puede aplicar siempre que esté supeditada a las decisiones del Estado.

Otros juristas consultados por Europa Press, consideran que la medida de cerrar una comunidad es propia de un estado de alarma, y señalan que el único competente para declarar el estado de alarma es el gobierno por decreto del consejo de ministros. Estas fuentes de la judicatura recuerdan también que se declara por un máximo de 15 días y la prórroga necesita la autorización expresa del Congreso de los diputados.

Esta opinión se suma a la de otros expertos consultados que recuerdan que la comunidad autónoma de Cataluña tiene competencia en materia de sanidad y también de seguridad ciudadana, pero creen que las medidas las tiene que adoptar siempre en coordinación con el Estado.

No obstante, otros juristas consultados por Europa Press, creen que si se trata de una alerta o emergencia sanitaria, la Ley General de Sanidad habilita a las “autoridades” sin concretar quienes son estas, para tomar medidas.

Por tanto, consideran que si el Estado no hace nada o hay duda competencial, lo mejor es que una Comunidad autónoma tome la iniciativa.

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