La portada de mañana
Acceder
España, locomotora de Europa: aporta el 40% del crecimiento económico
La basura del diluvio dos meses después
OPINIÓN | '¿Y si Trump repensara la globalización?', por Enric González

Iglesias recurre a la Audiencia Nacional para que anule la petición de imputación por parte del juez del caso Dina

El vicepresidente de Derechos Sociales, Pablo Iglesias, ha recurrido el auto en el que el juez Manuel García-Castellón acuerda solicitar al Tribunal Supremo que abra una causa penal contra él por presuntamente “fingir” en el caso Dina con fines electorales. En el escrito, al que ha tenido acceso elDiario.es, solicita la anulación de esa resolución al considerar que la exposición razonada enviada al alto tribunal ignora la posición que mantuvo la propia sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en relación a esa investigación, que corrigió al magistrado y le devolvió la condición de perjudicado en la causa abierta a raíz del robo del teléfono móvil de su excolaboradora y la aparición de material del mismo en varios medios de comunicación.

Además, recuerda que la Sala de lo Penal advirtió de que no hay más indicios que los que señalan al comisario José Villarejo como el autor de la difusión de la información robada y de que “no hay pruebas” de sustenten las “hipótesis alternativas” del instructor, que en algunas de sus resoluciones apuntó a la posibilidad de que hubiera otras fuentes de publicación del contenido del móvil, incluyendo a Iglesias y Bousselham. De hecho, Iglesias solicita que se profundice en esa línea de investigación y, en concreto, en la conexión con la Dirección Adjunta Operativa de la Policía a la que el excomisario testificó haber entregado el material de la tarjeta telefónica.

Buena parte de la argumentación del escrito presentado por la representación legal de Iglesias se basa en la decisión de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que enmendó al juez García-Castellón en su señalamiento al vicepresidente. “No solamente la Sala señala que no hay pruebas de los hechos que el Magistrado Instructor sostiene, sino que se le recuerda que el objeto de la investigación en la Audiencia Nacional ha de ser la averiguación de ilícitos cometidos por la organización criminal que se está investigando”, dice el recurso en referencia al caso Villarejo, del que se deriva la pieza de Dina.

“El Juzgado Central de Instrucción número 6 tiene competencia en esta causa por haberse encontrado en poder del Sr Villarejo los archivos coincidentes con los del móvil sustraído a Doña Dina, y que pese a que el propio investigado declaró haber remitido los mismos supuestamente a la Dirección Adjunta Operativa de la Policía, el juzgado nunca ha investigado tal extremo”, señala el escrito.

La tesis de Iglesias es que la publicación en algunos medios de comunicación —entre ellos OkDiario— de pantallazos de conversaciones extraídas del móvil de la exasesora de Podemos procede de Villarejo, dado que la policía se incautó de una copia del contenido de la tarjeta en el registro en el que encontró cientos de grabaciones y dosieres acumulados en 40 terabytes.

“Es la policía científica la que señala que el material intervenido en el domicilio del investigado Sr. Villarejo es coincidente con las publicaciones que está realizando OKDIARIO”, afirma el recurso de Iglesias, que se refiere así a la investigación policial: “En las notas que se aportan con el informe, acreditando la dilatada relación del excomisario con varios periodistas, aparecen fechas coincidentes con distintas publicaciones en las que se reproduce materiales que coinciden con el material intervenido con origen en el móvil sustraído”. 

El recurso también hace referencia a cuestiones jurídicas como la consideración de que esa causa, siguiendo el criterio del instructor, no tendría que haberla instruido la Audiencia Nacional sino, en todo caso, un juzgado ordinario dado que nada tiene que ver la hipótesis que mantiene ahora el magistrado con la organización criminal a la que investiga. También recuerda que para que Iglesias pudiera llegar a estar investigado por algunos delitos por los que García-Castellón quiere que se le impute tendría que haber sido señalado por la propia Dina Bousselham, que ha declarado que es una víctima, al igual que ella.

Otro de los argumentos de Iglesias es que la decisión de García-Castellón se base en el testimonio del exabogado de Podemos José Manuel Calvente. “La ausencia de elemento indiciario alguno o las contradicciones evidenciadas en la instrucción no pueden soslayarse por las meras declaraciones de un testigo con enemistad manifiesta respecto de quienes ahora se obvia su condición de víctimas o perjudicados, con reclamaciones pendientes por cientos de miles de euros contra la organización de la que forman parte las personas respecto a las cuales se eleva exposición razonada, con conflictos con casi todas las personas señaladas en la citada exposición razonada incluso con respecto a alguna de ellas con procedimientos penales pendientes”.

Con este recurso, Iglesias se defiende ante la posibilidad de que el Tribunal Supremo acepte la petición de García-Castellón de iniciar una investigación —dado que es aforado y le correspondería al alto tribunal— por tres presuntos delitos: descubrimiento y revelación de secretos, con agravante de género; daños informáticos; y acusación o denuncia falsa y/o simulación delito en relación con el robo del móvil de su exasesora.

La Fiscalía Anticorrupción ha informado en contra de esa imputación. Con esa posición sobre la mesa, el teniente fiscal del Tribunal Supremo, Luis Navajas, adoptará una decisión sobre Iglesias y el resto de los señalados por García-Castellón (Dina Bousselham, Ricardo Sa Ferreira, Gloria Elizo, Raúl Carballedo y Marta Flor) previa consulta con un grupo de fiscales de sala. Con su informe, la Sala de Admisiones, formada por cinco magistrados, resolverá si acepta la exposición razonada de García-Castellón y les cita a declarar como investigados o archiva el caso.