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La justicia belga aplaza al 16 de diciembre la vista sobre la tercera euroorden de Puigdemont

Carles Puigdemont, a su llegada al Palacio de Justicia de Bruselas, este martes.

Andrés Gil

Corresponsal en Bruselas —

Vuelta a empezar. El ex presidente de la Generalitat de Catalunya Carles Puigdemont ha vuelto a pasar por los juzgados belgas este martes. ¿El motivo? La vista sobre la petición de entrega europea emitida por el juez Pablo Llarena el mismo día que se conoció la sentencia del procés, el pasado 14 de octubre. Es la tercera euroorden, y esta recoge los motivos de la sentencia: es decir, sedición y malversación, pero no la rebelión de las anteriores. Sin embargo, el juez Llarena, en la orden de arresto y extradición, incluye como argumentos en los que se basa su petición, la sentencia del procés y el auto de procesamiento de marzo de 2018, que era por rebelión.

Ahora, además, la justicia belga ya sabe lo que le puede esperar a Puigdemont si lo entregan a España: al menos los 13 años de cárcel con los que ha sido condenado su exvicepresidente catalán Oriol Junqueras. Y lo que ha decidido este martes, a petición de la defensa, es conceder un aplazamiento hasta el 16 de diciembre, a partir de las 14.00.

“Hemos comparecido tal como se nos pidió, la vista ha durado muy poco porque el tribunal ha aceptado nuestra petición de posponer la vista, hasta el 16 de diciembre. Estaremos aquí y tenemos mucha confianza en la justicia belga”, ha dicho Carles Puigdemont a la salida del Palacio de Justicia.

Gonzalo Boye, Paul y Simon Bekaert, abogados de Puigdemont, han explicado que la Fiscalía belga asume los argumentos españoles para la extradición “y vamos a combatirlo, tenemos un plazo para las observaciones escritas hasta la nueva vista. Invocaremos la inmunidad, y los mismos argumentos de hace dos años. Antes del 16 de diciembre no habrá ninguna decisión del juez”.

De aquí al 16 de diciembre, se sucederán tres fechas: el 5 de noviembre la defensa entregará sus alegaciones, que serán respondidas el 15 por la Fiscalía belga y el 25, de nuevo, por la defensa.

“Los argumentos de España son claros, un delito de malversación y de sedición, y ahora se inicia un intercambio de alegaciones por escrito. Nosotros invocaremos la inmunidad, la violación de derechos políticos, la presunción de inocencia...”, ha enumerado Boye: “Vamos a trabajar y estamos confiados. La vicepresidenta Carmen Calvo ha dicho que esto afectaría a las relaciones políticas entre Bélgica y España, un comentario que nos ayuda mucho”.

La petición de inmunidad como eurodiputado electo tiene varias consecuencias, que pasan por Luxemburgo. En el Tribunal de Justicia de la UE está pendiente el caso de Puigdemont sobre su reconocimiento como eurodiputado de pleno derecho, por lo que, explica la defensa, “la prudencia procedimental aconsejaría que el juez belga no descartara la inmunidad sin esperar a Luxemburgo o sin plantear él mismo una cuestión prejudicial a Luxemburgo”.

Y es que, si la justicia europea reconociera a Puigdemont el derecho a la inmunidad como eurodiputado, su caso entraría en una fase de bloqueo, por los antecedentes indican que los suplicatorios en el Parlamento Europeo no son fáciles, en tanto que se conceden con tipos penales homologables en los 28 países de la UE, cosa que no pasaría con los de malversación y sedición con penas de al menos 13 años de cárcel.

En esta travesía de la inmunidad hay otro asunto que se cruza por analogía: la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo sobre la inmunidad de Oriol Junqueras como eurodiputado electo y a quien no le dio el permiso penitenciario para recoger el acta. En efecto, el 12 de noviembre el abogado general lee su informe sobre el caso, cuya vista fue el 14 de octubre, y se espera el fallo del Tribunal de Justicia de la UE para diciembre.

Como estaba previsto, de acuerdo con las alegaciones escritas distribuidas a las partes, la Fiscalía belga ha aceptado los argumentos de España este martes ante el Tribunal de primera instancia de Bruselas, en el sentido de no oponerse a la ejecución de la orden europea de detención y entrega (OEDE) por sedición y malversación, los dos delitos por los que le reclama la Justicia española, como había adelantado Europa Press. La defensa de Puigdemont recuerda que “ocurrió lo mismo en 2018, y después la Fiscalía pidió su inadmisión”.

“En relación con la sesión de Puigdemont”, ha comunicado la Fiscalía, “y la correcta calificación de los hechos bajo la ley belga [malversación y sedición], el asunto se discutirá durante el procedimiento ante el tribunal belga, por lo que es muy pronto para informar sobre ello”.

Comparecencia voluntaria

El pasado 17 de octubre, Puigdemont se presentó ante la policía belga, quien lo condujo ante la fiscalía y un juez que dictaminó su puesta en libertad sin fianza, pero con la condición de estar siempre localizable y no salir del país sin autorización.

El pasado 18 de octubre la Fiscalía de Bruselas explicó que “Puigdemont se presentó voluntariamente el 17 de octubre por la mañana ante la policía federal de Bruselas, y fue arrestado. En presencia de sus abogados, fue notificado oficialmente de la orden de arresto europeo. De acuerdo con el procedimiento belga, la oficina del fiscal preguntó a un juez instructor por la ejecución de la euroorden. Fue tomado declaración por el juez instructor del tribunal flamenco de Bruselas. La declaración de Puigdemont fue interrumpida al final de la tarde para hacer algunas verificaciones [sobre la inmunidad de Puigdemont como eurodiputado electo]”.

“Puigdemont no aceptó la extradición”, relató la Fiscalía, “y el juez decidió ponerlo en libertad con condiciones: que no pueda dejar el país sin autorización y esté siempre localizable”.

En 2017, recuerda Europa Press, cuando la Audiencia Nacional solicitó por primera vez a Bélgica la entrega de Puigdemont, el Ministerio Público belga abogó por cumplir la extradición por los delitos que se le imputaban en España –incluyendo los de rebelión y sedición– salvo el de prevaricación. Entonces, la Fiscalía de Bruselas entendió que encajaban en el ordenamiento jurídico belga en las descripciones penales de “coalición de funcionarios” y “malversación por parte de funcionarios”.

Los plazos

En cualquier caso, las partes en el proceso --Fiscalía belga y defensa-- dispondrán de un plazo de 24 horas para presentar un recurso sobre la decisión que tome el juez, y el caso pasaría entonces a la Corte de Apelación. Quedaría aún una última instancia, el Tribunal de Casación (equivalente al Tribunal Supremo español), que puede pronunciase sobre la forma pero no sobre el fondo del proceso.

El reglamento europeo establece un plazo máximo de 60 días para resolver los procesos de extradición entre dos Estados miembros, un periodo que podría ser ampliado otros 30 días, hasta los 90, en casos excepcionales. No obstante, estos plazos están previstos para personas con órdenes de extradición y detenidas a la espera de que se resuelva su asunto, por lo que en el caso de Puigdemont, que está en libertad, los plazos pueden ser mucho mayores.

De acuerdo a su ordenamiento legal, Bélgica puede rechazar la extradición de una persona buscada por un país socio si existen “razones serias” para pensar que no se respetarán sus Derechos Fundamentales tras la entrega o si los delitos que se le imputan no son una infracción en el derecho belga o no están recogidos en un listado de 32 delitos acordados por la UE en su directiva.

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