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La Audiencia Nacional rechaza investigar a los detenidos del 25S

Detención de un participante en las movilizaciones del 25S. Ep

Europa Press / eldiario.es

MADRID —

La policía ha remitido al juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz el atestado sobre los 34 detenidos en la protesta ante el Congreso de los Diputados sin incluir en el documento mención alguna a la comisión por parte de los arrestados de delitos contra altos organismos de la nación, según han informado fuentes jurídicas.

El magistrado, que ha recibido un atestado por la comisión de delitos por parte de los arrestados de atentado, lesiones, resistencia a la autoridad, desobediencia y desórdenes públicos, toma en el escrito “conocimiento de la detención” y especifica que ninguno de los delitos “son competencia de la Audiencia Nacional”.

El juez ha dictado la providencia tras esperar durante más de 40 horas notificación oficial sobre los arrestados y los delitos que iba a imputarles la Policía. Los Juzgados ordinarios de Plaza Castilla –sede en la que deberían prestar declaración ahora– aún no han sido informados, indican fuentes jurídicas.

De esta forma, la Audiencia no ha podido sino rechazar la investigación de los detenidos en el 25S porque los delitos de los que les acusa no son de su competencia.

La respuesta del juez supone un fuerte revés para los intereses del Ministerio de Interior, que había resaltado la gravedad de los hechos que tuvieron lugar en las cercanías del Congreso de los Diputados. El director general de la Policía, Ignacio Cosidó, dio por hecho el miércoles que los detenidos serían imputados por el juez por un delito contra altas instituciones nacionales: “En el día de ayer se produjeron disturbios muy graves, se cometieron delitos contra las Cámaras, competencia de la Audiencia Nacional y así se han instruido los atestados de los detenidos”, dijo en la Comisión de Interior del Congreso.

El análisis de los atestados policiales hecho por el magistrado de la Audiencia Nacional desmiente por completo la versión de Cosidó.

La competencia de la Audiencia Nacional sólo podría establecerse en el caso de que se imputaran a los detenidos delitos contra las autoridades de la nación, previstos en los artículos 493, 494 y 495 del Código Penal.

De hecho, fuentes de la Audiencia ya habían mostrado esta mañana su malestar ante la actuación de Interior en este caso por la imprecisión y falta de comunicación mantenida por el Ministerio, que ha provocado un evidente retraso en la notificación oficial remitida al Juzgado.

Las citadas fuentes aseguran que el magistrado Pedraz debería haber recibido el atestado con 24 horas de antelación a la celebración del interrogatorio de los arrestados.

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