El Supremo ampara a las víctimas de trata “desarraigadas e indefensas” que piden protección en España
El Tribunal Supremo ha decidido confirmar la condena de 33 años y cuatro meses de cárcel impuesta a una mujer que explotó sexualmente en España a cinco jóvenes a las que trajo de Paraguay con falsas promesas de una vida mejor. Una sentencia que rechaza una de las principales estrategias de defensa de la proxeneta: afirmar que las víctimas denunciaron falsamente haber sido víctimas de trata para acogerse a mecanismos de protección y evitar ser expulsadas de España. “El acceso a las medidas de protección no puede convertirse en un factor de merma de la credibilidad del testigo”, dice la sala de lo penal para confirmar la condena de esta mujer que, según la investigación, llegó a ordenar un incendio en casa de los padres de una de las víctimas cuando se escapó.
Los jueces de lo penal han sentenciado en firme un caso que retrata el horror de las mujeres que llegan a nuestro país para ser explotadas sexualmente, traídas con falsas promesas de una vida mejor, de un trabajo y de, como es habitual, poder ganar dinero para enviar a sus familias en sus países de origen. En este caso, las víctimas eran cinco jóvenes paraguayas con las que contactó la proxeneta a través de familiares y amigos y, una vez en España, se encontraron con que iban a ser explotadas sexualmente para pagar una falsa deuda de miles de euros.
Todas relataron situaciones similares a los investigadores. Tenían que estar disponibles 24 horas al día, también si estaban enfermas, sin libertad para salir solas de la casa. Si conseguían saldar la falsa deuda, la proxeneta escalaba en la extorsión y amenazaba con la deportación o con publicar fotos íntimas si dejaban de prostituirse. Si un cliente exigía que consumieran drogas, también tenían que hacerlo.
Estas mujeres, según la Justicia, seguían el patrón habitual de las víctimas de trata llegadas de Paraguay, uno de los países que más víctimas aportan a las estadísticas policiales de nuestro país: “Desarraigadas e indefensas”, dicen los jueces. Una de ellas llegó a España embarazada y abortó por orden de la proxeneta: “Si no abortas tienes que volverte a Paraguay”, dijo.
El Tribunal Supremo acaba de confirmar la condena de la proxeneta, con cinco delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual en concurso con otros tantos relativos a la prostitución y otro más contra los derechos de los ciudadanos extranjeros que suman, en total, 33 años y cuatro meses de presidio. También está obligada a indemnizar a cada una de sus víctimas con 30.000 euros.
Un “patrón común de victimización”
El Tribunal Supremo, con el magistrado Javier Hernández como ponente, ha rechazado todos los recursos de la proxeneta, entre ellos, los que cuestionaba el relato de las víctimas, acusando a las cinco afectadas de haberse puesto de acuerdo para poner en marcha una denuncia instrumental y evitar la expulsión del país acogiéndose a los mecanismos de protección de víctimas de trata.
Desde el principio, destacan los jueces, las víctimas describieron “el patrón común de victimización al que fueron sometidas. Y lo hicieron en condiciones que no sugieren ninguna estrategia de previa y conjunta elaboración”, explica la sentencia.
También rechaza otra de las alegaciones del recurso: que todo era una denuncia instrumental para acogerse a mecanismos de protección. Algo que rechaza de plano el Tribunal Supremo: “No se identifican ni mermas de credibilidad subjetivas derivadas de las expectativas de regularización que ofrece la legislación de extranjería, como sugiere la recurrente, ni, desde luego, contradicciones significativas que priven a los respectivos relatos de la necesaria consistencia reconstructiva”.
Los jueces recuerdan a esta proxeneta que “en modo alguno puede negarse la credibilidad subjetiva de quien afirma ser víctima de trata por que el Estado disponga de mecanismos de protección frente a un delito tan grave, con tanta carga lesiva de la dignidad humana, como lo es la trata de personas”. Esta manera de considerar como instrumentales este tipo de denuncias, dice el Supremo, “supondría, sencillamente, favorecer la impunidad de esta clase de delitos”.
El Gobierno prepara una nueva ley de trata que, además de prever penas de cárcel a los clientes, incluye la paralización de cualquier proceso de extradición y la apertura, si lo desean, de un expediente para concederles la residencia con tramitación “preferente”.
Cárcel para los clientes
La regulación en torno a la trata de seres humanos y la explotación sexual de estas mujeres está siendo objeto de debate en el seno del ejecutivo de coalición. Los departamentos de Justicia e Igualdad buscan consenso para sacar adelante una ley que, entre otras cosas, castigue con cárcel a quien pague por sexo con víctimas de trata.
El borrador elaborado por el departamento de Pilar Llop, adelantado por elDiario.es, contemplaba la posibilidad de castigar con hasta cuatro años de cárcel a estos clientes de prostitución con mujeres víctimas de las redes de trata de seres humanos, algo que el propio Tribunal Supremo ha definido en diversas sentencias como la 'esclavitud del siglo XXI'.
El borrador incluye una modificación del Código Penal para que se castigue a las personas que “sin haber intervenido como autor o partícipe [del delito de trata], haga uso de los servicios, prestaciones o actividades de la víctima”. Una condena de entre uno y cuatro años de cárcel que también incluye inhabilitación para el ejercicio de “profesión, oficio, industria o comercio”.
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