El Juzgado de lo Social de Sevilla ha estimado la demanda de reconocimiento de incapacidad laboral permanente de una gestora de banca de 47 años que tiene fibromialgia y síndrome de fatiga crónica. Esta sentencia se ha producido después de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social le denegara a la empleada del banco el reconocimiento de incapacidad. El juez encargado de la demanda considera que la empleada no puede realizar tareas que requieran esfuerzos o responsabilidades como los que se le exigen en su profesión.
Entre las funciones del puesto se encuentra la venta de productos bancarios y asesoramiento financiero, lo que supone un nivel de responsabilidad y de estrés elevado, algo que puede perjudicar en la fibromialgia, según ha explicado Álvaro Jiménez Bidón, abogado laboralista que ha representado a la trabajadora.
Asimismo, en la profesión son habituales los desplazamientos para visitar a los clientes, por lo que se requiere de un buen estado físico y mental.
Una empleada de banca obtiene la incapacidad permanente por fibromialgia
La gestora de banca solicitó la baja médica por un pólipo en el cuello uterino en abril de 2017. Tras una prórroga, la propia Seguridad Social decidió iniciar el expediente de Incapacidad Permanente con demora en la clasificación, es decir, con una ampliación excepcional de hasta seis meses más en la incapacidad temporal que se le había concedido y que la Seguridad Social puede otorgar a las personas que lo necesiten y ya hayan acumulado 18 meses de baja médica.
A pesar de esto, en febrero de 2019 el Equipo de Valoraciones de Incapacidades (EVI), emitió un informe denegando cualquier grado de incapacidad permanente al no haber “presentado reducciones anatómicas o funcionales que mermen o anulen su capacidad laboral”. La Seguridad Social avaló este informe.
Esta vecina de Sevilla, además del pólipo uterino, por el cual fue intervenida, padece fibromialgia y fatiga crónica, síndrome del túnel carpiano bilateral, discopatía lumbar y tendinitis calcificada en supraespinoso derecho, además de un trastorno ansioso depresivo que deriva de las limitaciones que tiene a causa de las patologías.
En julio de 2019, Álvaro Jiménez Bidón presentó una reclamación previa y una posterior demanda judicial para el reconocimiento de la incapacidad. Es ahora cuando el juez de lo Social ha dado la razón a la trabajadora al considerar que “carece de las aptitudes mínimas necesarias para desempeñar su profesión de gestor personal bancaria”. Eso sí, podrá realizar tareas más tranquilas y de baja responsabilidad.
Así que se le reconoce la Incapacidad Laboral Total para su profesión habitual con una pensión vitalicia de 2.300 euros con efecto retroactivo desde el 18 de febrero de 2019.