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La Justicia deja en libertad a un cura denunciado por agresión sexual que quebrantó una orden de alejamiento

Foto de recurso de un crucifijo

Laura Galaup

9 de junio de 2022 22:28 h

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La Justicia ha condenado a un sacerdote del Obispado de Alcalá de Henares (Madrid) por un delito continuado de quebrantamiento de una medida cautelar. La magistrada del juzgado penal número 1 de Burgos considera probado que durante nueves meses, y a pesar de que un juzgado de instrucción le había prohibido acercarse o comunicarse con la denunciante, el condenado llamó “en numerosas ocasiones” a esta mujer “a su teléfono particular y a su lugar de trabajo desde un número de teléfono oculto”. 

Por estos hechos, la jueza impone al cura una multa de 3.600 euros, a pesar de que la Fiscalía llegaba a pedir tres años de cárcel. El cura, que estaba en prisión provisional por esta causa, ha sido puesto en libertad porque la sentencia no ha conllevado pena de prisión, señalan fuentes judiciales. 

En paralelo a esta orden cautelar, esta mujer le ha denunciado también por delitos de coacciones, amenazas y contra la libertad sexual, según la sentencia, adelantada por el Diario de Burgos. Este medio asegura que el cura está acusado de tres delitos de agresión sexual y uno de acoso. Fuentes oficiales del Tribunal Superior de Castilla y León detallan que la causa ha sido instruida y actualmente se encuentra a la espera de fecha de juicio.

Fallo recurrido

A pesar de la medida de alejamiento impuesta por el juzgado de instrucción, el sacerdote no solo llamó a la demandante. En esas comunicaciones el cura llegó a pedir a esta mujer “que se retractara de la denuncia que había presentado contra él”, según se recoge en los hechos probados de la sentencia emitida en abril por el juzgado de lo Penal número 1 de Burgos. Por ahora el fallo no es firme, ya que ha sido recurrido, según confirman los letrados de las dos partes. 

La magistrada descarta que estos hechos sean constitutivos de un delito de acoso y de obstrucción a la justicia, como reclamaban la Fiscalía y la acusación. Ante la primera petición, la sentencia plantea que “no se ha acreditado” una “continuidad ni la intensidad” necesaria “para configurar el tipo penal de hostigamiento”. 

En esa argumentación, la jueza asegura que la actuación del sacerdote “puede tratarse de una actitud molesta, incómoda y que afectaba negativamente a la denunciante”, sobre todo si se tiene en cuenta “que existe un procedimiento judicial pendiente”. 

Recluido en un monasterio

Aún así, la magistrada apunta que no se ha acreditado que “el comportamiento del acusado alterara de manera grave el normal desarrollo de la vida cotidiana de la denunciante”. Por lo tanto, concluye que tampoco se ha demostrado que el “diagnóstico compatible con síntomas de ansiedad y estrés significativo” que presenta la demandante “derive de los hechos” expuestos en los hechos probados de la sentencia. 

El Obispado de Alcalá de Henares actuó en cuanto se presentó la denuncia en esta institución, indican fuentes eclesiásticas y confirma a elDiario.es la abogada de la denunciante. “El sacerdote está suspendido del ejercicio del ministerio sacerdotal desde ese día”, apuntan desde la Diócesis de Juan Antonio Reig Plà. Y añaden: “Siguiendo el protocolo previsto se realizó la investigación previa y el resultado fue enviado a la Santa Sede. Está recluido en un monasterio a la espera de la sentencia canónica y civil”.

Los hechos juzgados comenzaron el 11 de septiembre de 2019, fecha en la que el sacerdote tuvo “perfecto conocimiento” de las “prohibiciones impuestas”. A partir de ese momento y hasta julio de 2020 quebrantó la medida de alejamiento. Según expuso la denunciante, en ese periodo la orden acordada por el juzgado se violó “de forma reiterada”, ya que el acusado “la ha llamado de manera insistente desde un número privado a su teléfono particular y al trabajo”. En las comunicaciones que atendía, “reconocía la voz del acusado”, y en algunos casos también “le oía jadear”, apuntó esta mujer en su declaración.  

En ese relato, esta mujer también indicó que “su compañera de trabajo le dijo que alguien llamaba continuamente preguntando por ella y que, en una ocasión, le había visto en las inmediaciones de la clínica” de la que era empleada. En el juicio esta testigo confirmó que lo vio “en una ocasión”, aunque no pudo enmarcar estos hechos en “el periodo de vigencia de la orden de alejamiento”.  

Tienes que retirar la denuncia que me pusiste porque es lo mejor para ti [...] Yo solo quería estar contigo bien y tú lo has complicado todo con tus cabezonerías haciéndote la estrecha", asegura una misiva enviada a la denunciante

La magistrada sostiene que tampoco “ha quedado acreditado” que el cura escribiese y remitiese dos cartas anónimas a la denunciante en noviembre de 2019 y en enero de 2020. En una de ellas el contenido era el siguiente: “Tienes que retirar la denuncia que me pusiste porque es lo mejor para ti. Si no lo haces así no voy a dejarte en paz nunca, siempre me pides que te deje tranquila, esta es la manera de que te deje en paz”. Y continúa: “Escribe al Obispo de Alcalá y dile que todo es mentira y a Roma también y niega todo y di que soy un buen sacerdote y que me saquen de aquí cuanto antes”. “Yo solo quería estar contigo bien y tú lo has complicado todo con tus cabezonerías haciéndote la estrecha”, finaliza la primera misiva. 

“Las cartas son anónimas, no tienen remitente y no son manuscritas”, indica la magistrada, que además apunta que no se ha “practicado prueba objetiva alguna para poder afirmar, sin ningún género de dudas, la autoría del acusado”. Para determinar el origen de estas misivas no se ha realizado “diligencia de investigación alguna para poder acreditar que fue enviada por el acusado” ni se ha concretado si “fueron escritas desde algún ordenador existente en los lugares en los que se encontraba el acusado en esas fechas”.

En la misma línea, la jueza apunta que tampoco “ha quedado acreditado” que el sacerdote “en el mes de enero de 2020” enviara a la denunciante “dos audios de voz en los que se le oyera jadear”.

Por su parte, el acusado negó los hechos que le imputaba la Fiscalía y la acusación y aseguró que tras la orden de alejamiento “no ha realizado llamadas desde número oculto” a la víctima y tampoco le envió “cartas ni audios”.

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