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Otra sentencia consolida la doctrina que 'salvó' a SeriesYonkis: los enlaces de descarga no fueron ilegales hasta 2015

Captura que muestra la apariencia que la página web ps3pirata.com en 2012.

Carlos del Castillo

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La Audiencia Provincial de Jaén ha absuelto al responsable de ps3pirata.com, una página que desde 2012 a 2014 publicó enlaces a otras webs desde donde se podían descargar videojuegos protegidos con derechos de autor. Los magistrados anulan la condena emitida en primera instancia, que había impuesto dos años de prisión y 100.000 euros de multa al acusado por los daños causados, e incluso le eximen de reabonar los beneficios que obtuvo del sitio web, que superaron los 12.000 euros. La sentencia es firme y no cabe recurso.

En el fallo, al que ha tenido acceso eldiario.es, la sala de Jaén ha seguido la línea marcada por el juzgado de Murcia que absolvió a los cuatro acusados por gestionar la popular página de enlaces de descarga SeriesYonkis: el enlazado de sitios web desde los que se pueda descargar un contenido protegido con copyright no fue tipificado como un delito contra la propiedad intelectual hasta la reforma del Código Penal de 2015.

Los magistrados refieren que la tarea de enlazar a las páginas de descarga de contenidos no tiene relación con el proceso de subirlos a la red. Para disfrutar de esos contenido había que clicar en los enlaces, “por lo que se sale de la página ps3pirata.com y se accede a otra con servicio de almacenamiento en línea”, refleja la sentencia. Esto “en modo alguno tiene que ver la subida de archivos a estos servidores on line con la actualización de links en la web ps3 pirata.com”, aseveran. Como reflejó la alegación, esta actividad no estaba penada en el anterior Código Penal, mientras que la reforma de 2015 no puede aplicarse con carácter retroactivo.

La sentencia tampoco entiende legítimo aplicar retroactivamente la sentencia Svensson, del Tribunal Superior de Justicia de la UE, que febrero de 2014 consideró piratería el enlazado de webs que permitían visionar de manera directa contenidos con copyright.

El posicionamiento de la Audiencia Provincial de Jaén anula la secuencia de “hechos probados” y los “fundamentos de derecho” de la condena en primera instancia. Estos se basaron en la argumentación del denunciante, la Asociación Española de Videojuegos (AEVI), que fue apoyada por la Fiscalía. Pese a no ser firme, esta primera sentencia fue presentada por distintas organizaciones de gestión de los derechos de autor como prueba en procesos judiciales abiertos tras sus denuncias por supuestos delitos contra la propiedad intelectual, como el que involucra a los gestores de SeriesYonkis.

Aunque la absolución del responsable de ps3pirata.com es firme, la que afecta al caso de SeriesYonkis sí fue recurrida por la Entidad de Gestión de los Derechos de los Productores Audiovisuales y por la Federación Antipiratería.

“La industria ha estado presentando esta condena en primera instancia como precedente. Esperemos que ahora que se ha revocado presenten la nueva resolución, que sí que es firme” ironiza el abogado del acusado, David Bravo, en conversación con este medio. “Estaba muy claro que todo esto empezó a ser delito en julio de 2015. Se añadió una actividad punible que antes no lo era. Ellos han decidido ignorar todo esto y denunciar”, explica el letrado aludiendo a las entidades de gestión de derechos de autor.

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