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El secretario general del PSOE de Huelva, Ignacio Caraballo, ante el juez por presunto soborno

La firma del acuerdo que paró la moción de censura, con Caraballo a la derecha.

Fermín Cabanillas

El secretario general del PSOE de Huelva, Ignacio Caraballo, que es también presidente de la Diputación Provincial onubense, se sentará ante el juez el próximo 13 de septiembre para conocer la imputación exacta contra él en el conocido como ‘Caso Aljaraque’, el presunto soborno que frustró la moción de censura contra la alcaldesa del PSOE en la localidad onubense, Yolanda Rubio, en enero de 2017.

La causa, abierta tras la denuncia de un antiguo miembro de Sí se Puede, está apoyada por más de seis horas de grabaciones, tanto presenciales como telefónicas, que han sido analizadas durante más de dos años por el juzgado de Instrucción número 1 de Huelva, que ha citado a todos los imputados en este caso para el mismo 13 de septiembre. Ante el juez estarán dos concejales de Sí se Puede, el representante de Comisiones Obreras, José Luis Rodríguez, que habría hecho de intermediario entre el PSOE y los ediles, y el director de Recursos Humanos de la empresa Aguas de Huelva, J.M.M.R.

Por un puesto de trabajo

La denuncia presentada por el denunciante de este caso, M.A.A., se basaba en pedir que se investigara la reunión mantenida en el municipio el 10 de enero anterior a la renuncia a la moción de censura, en la que se habría acordado retirarla. La habían presentado PP y Sí se Puede, y la denuncia citaba que se retiró a cambio de distintos favores, con el fin de mantener a Yolanda Rubio en la alcaldía.

El acuerdo denunciado se basaría en que habría un puesto de trabajo para la esposa del concejal de Sí se Puede, Francisco Martín, que entraría a trabajar directamente en la empresa pública Aguas de Huelva, que se encarga de la gestión del agua en la capital onubense. Por su parte, el segundo concejal de esta formación pasaría a formar parte del Gobierno municipal.

Ahora, todos escucharán qué se les imputa exactamente, después de que la Audiencia Provincial de Huelva ordenara continuar con esta causa tras desestimar los recursos de apelación presentados por los cinco investigados, que habían apelado contra el auto del Juzgado de Instrucción 1 de Huelva que incoaba el procedimiento del Tribunal del Jurado.

A Ignacio Caraballo se le señala directamente como presunto responsable de haber realizado a los dos concejales de Sí se Puede el ofrecimiento para no firmar la moción de censura, y a todos los investigados se les imputan, inicialmente, un delito de cohecho y otro de tráfico de influencias.

Se presentó a las elecciones

A pesar de la imputación, Ignacio Caraballo se presentó a las pasadas elecciones municipales y posteriormente fue elegido por mayoría absoluta presidente de la Diputación de Huelva. Su argumento fue que no estaba imputado, y sostenía que el auto de la Audiencia Provincial de Huelva era recurrente “en periodo electoral”.

Ignacio Caraballo se agarró entonces a que “veremos a ver qué dice el fiscal y qué dice la juez. Si llega el caso, tendría que dimitir y me parece lo más razonable, aunque no haya nada, nadie me conozca o me haya llamado”. Asegura que el código ético del PSOE le protege para no dimitir.

¿Qué dice el código ético?

El código ético dedica cuatro puntos a poner sobre la mesa qué tiene que hacer un cargo de este partido en el caso de ser imputado (o investigado, que es lo mismo).

Los puntos concretos son los siguientes:

5.2. Cualquier cargo público u orgánico del PSOE al que se le abra juicio oral por un procedimiento penal dimitirá de su cargo en el mismo momento en el que se le dé traslado del auto de apertura del mismo y solicitará la baja voluntaria. En caso contrario, será suspendido cautelarmente de militancia y, en su caso, expulsado del partido.

5.3. Toda persona que ostente cargo o responsabilidad pública u orgánica vinculada al PSOE, en el caso de que resulte imputado por una resolución judicial, dará cuenta de las concretas acusaciones o delitos que se le imputan ante la Comisión Ejecutiva Federal, que trasladará esta información a la Comisión Federal de Ética y Garantías y, en su caso, ante la Comisión de Garantías de Igualdad a fin de que, si es preciso, estos órganos puedan adoptar o recomendar la adopción al órgano competente de las medidas estatutarias oportunas en atención a los hechos y a su gravedad. Si la persona afectada no informara en los términos expuestos en este apartado, será cautelarmente suspendida de militancia a la espera del resultado del preceptivo expediente informativo o, en su caso, disciplinario.

5.4. A los militantes que se les abriera juicio oral por un delito relacionado con la violencia de género o la libertad e indemnidad sexuales (acoso, abuso o violación) o contra la integridad moral, o aquellos ligados a la corrupción serán suspendidos cautelarmente de militancia, y en caso de dictarse una sentencia condenatoria que adquiera firmeza serán sancionados con la expulsión del partido.

5.5. En caso de que un cargo público u orgánico resultara absuelto por sentencia firme de los delitos que se le imputaban en un procedimiento penal, el Partido se compromete a adoptar las medidas necesarias para restablecer el buen nombre y el honor de la persona absuelta.

A Caraballo sólo le afectaría el segundo de los puntos. Falta saber si ha cumplido con “dar cuenta de las concretas acusaciones o delitos que se le imputan ante la Comisión Ejecutiva Federal, que trasladará esta información a la Comisión Federal de Ética y Garantías y, en su caso, ante la Comisión de Garantías de Igualdad”. Si no lo hubiese hecho, tendría que haber sido suspendido de militancia, según el mismo código ético.

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