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PP, Cs y Vox se retrotraen a la reforma del Código Penal de 1995 para hablar de “violencia doméstica” y no de violencia de género en su propuesta fiscal

Alejandro Hernández, portavoz de Vox en el Parlamento andaluz, saluda a Elías Bendodo (PP), Juan Marín (Cs) y el presidente Juanma Moreno.

Javier Ramajo

1 de mayo de 2021 21:30 h

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PP, Cs y Vox han negociado y pactado una ley de impuestos cedidos que, entre otras muchas cuestiones, propone deducciones por alquiler de vivienda a víctimas de violencia de género y personas con discapacidad. Pero se refieren a ellas como “personas víctimas de violencia doméstica” o, simplemente, “víctimas”. No se nombra a las “mujeres” en la proposición de ley ni en la memoria económica. El concepto de “violencia de género” no aparece ni una sola vez mientras que la “violencia doméstica” se nombra en más de una veintena de ocasiones. Detrás de esta denominación está el partido de extrema derecha que sustenta a los socios de coalición al frente del Gobierno andaluz. Vox, incluso, suele hablar de “violencia intrafamiliar” como concepto sustituto de “violencia de género”, como así lo llevó hace unos meses al teléfono de atención a la violencia intrafamiliar.

Ahora Vox, de acuerdo con PP y Ciudadanos (los populares han firmado dos veces y por separado la misma proposición de ley, una con Vox y otra con Ciudadanos), ha logrado que se vaya más lejos, retrotrayéndose a una ley de hace 26 años. El artículo 6 de la proposición, relativo en exclusiva a la 'Consideración de víctima de violencia doméstica', señala que a los efectos de la propuesta de ley “tendrán la consideración de víctima de violencia doméstica las personas a que se refiere el artículo 173.2 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que cuenten con orden de protección en vigor e inscrita en el Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica”, creado en una norma de 2004 que, posteriormente, fue derogada en 2009 para cambiarlo por un Registro que sí alude a la violencia de género: el 'Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica y de Género'. Es decir, se remontan a una ley de 1995 y a un registro de 2004 ambos derogados.

Fuentes del PP andaluz explican que se ha elegido el término “violencia doméstica”, en lugar de “violencia de género”, no para contentar a Vox -un partido negacionista con la violencia machista- sino “porque -aseguran- es la definición más inclusiva”. Los populares afirman que han sacado el término que se ha consensuado en el Consejo de Europa, en el marco del Convenio de Estambul, el primer tratado legalmente vinculante que aborda “de forma integral la violencia de género y la violencia doméstica”, en términos separados. 

“La violencia contra las mujeres y la violencia doméstica representa en Europa una de las violaciones más graves de los derechos de la persona fundamentado en el género, y permanece enterrado en un manto de silencio”, dice el convenio. El documento, en vigor desde el 1 de agosto de 2014, no sólo previene las agresiones machistas, también persigue y castiga a sus agresores. Sin embargo, la proposición de ley presentada por los grupos de Gobierno no menciona en ningún momento el Convenio de Estambul ni el Consejo de Europa, sino la ley de 1995 que regula los delitos contra la mujer en el Código Penal.

“El concepto de violencia doméstica es un concepto muy artificial. Generalmente se ha utilizado para referirse a la violencia que se produce en el ámbito del hogar, de la convivencia, lo que reduce la violencia al escenario como si eso fuera la causa de la violencia. Históricamente trata de apartar la mirada de lo que es la violencia de género, fundamentalmente, en el sentido de entender que la violencia contra las mujeres no se produce como consecuencia de la convivencia sino como consecuencia de la construcción social y cultural basada en los estereotipos de género, en la idea de dominio con rol que ejerce el hombre sobre las mujeres”, considera al respecto Miguel Lorente, delegado del Gobierno para la Violencia de Género de 2008 a 2011, en conversación con este periódico.

No hay que irse muy lejos para conocer los postulados de Vox en este ámbito, ahora asimilados por los partidos que gobiernan en Andalucía. El pasado mes de febrero, todo el Congreso de los Diputados se plantó contra el negacionismo de Vox sobre la violencia machista, dejando sola a la extrema derecha en su propuesta contra la Ley de Violencia de Género. Los portavoces del resto de grupos, salvo los del PP y Cs, usaron su turno para leer los nombres de las 1.081 víctimas de violencia machista, comenzando incluso su intervención con una frase consensuada entre ellos: “En recuerdo de las 1081 mujeres asesinadas desde el 2003 en el Estado y frente a quienes intentan negar la realidad, desde nuestro grupo queremos decir alto y claro que la violencia machista sí tiene género”. La iniciativa registrada por Vox proponía el impulso de una Ley Integral de Violencia Intrafamiliar que tiene por objetivo, entre otras cosas, derogar la Ley contra la Violencia de Género, aprobada en 2004, o acabar con los juzgados específicos que llevan este tipo de casos.

Que no se mencione “para que no se reconozca”

Para Lorente, “la violencia doméstica no incluye a la violencia de género en su conjunto puesto que hay violencia contra las mujeres antes de la convivencia en el hogar, en las relaciones de pareja y, sobre todo, hay mucha violencia cuando ha terminado la convivencia”. Además, apunta, “el Pacto de Estado contra la Violencia de Género ha incluido ya dentro del concepto a otro tipo de violencia como la violencia sexual, el acoso sobre las mujeres, etc. por lo que aún se queda menos representada toda la violencia de género en el concepto de violencia doméstica”.

Aparte de destacar que “Vox no quiere reconocer la violencia de género porque eso sería reconocer que existe una situación social y cultural basada en la construcción androcéntrica que lleva a normalizar, minimizar y justificar la violencia contra las mujeres”, el partido liderado por Santiago Abascal “lo que no quiere es que se identifique esa construcción machista para no abordarla desde la violencia de género pero también desde otros espacios, entre ellos la educación, con el 'pin parental'. No quiere que se mencione para que no se reconozca”, insiste el experto.

Pero “desde el punto de vista jurídico y formal hay una cosa mucho más seria: si tú no nombras a la violencia de género y solo nombras a la violencia doméstica, como la violencia de género está definida por una ley en España se supone que no se puede incluir en una norma que solamente se refiere a la violencia doméstica. Es decir, si no existiera una ley como tal que definiera la violencia contra las mujeres como violencia de género, no habría ningún impedimento para que una norma que haga referencia a violencia doméstica incluyera a la violencia contra las mujeres, puesto que no hay ninguna diferencia jurídica y formal entre una y otra. Pero al haber una definición específica hay una ley orgánica que en su artículo 1 define qué es la violencia de género y tú haces una norma en la que te refieres solo a la violencia doméstica, no estás incluyendo la violencia de género aunque socialmente o popularmente pueda creerse que forma parte de esa violencia doméstica”, explica Lorente. Efectivamente, la ley dice: “la violencia de género a que se refiere la presente Ley comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad”.

Para Amparo Díaz, abogada experta en violencia de género, “la violencia de género es la violencia que sufrimos las mujeres por el hecho de ser mujeres y vivir en una sociedad estructurada de una manera patriarcal basándose en determinados estereotipos y que colocan a la mujer en situación de complacer o de sumisión frente al hombre, y al hombre en una situación de predominancia y de privilegios”. “Esto no significa que la mujer esté siempre sometida, pero sí que hay una violencia ambiental que se traduce en muchas ocasiones en acciones de violencia concreta contra mujeres concretas”, añade.

“Según el convenio de Estambul, ratificado en 2013 por España con Rajoy como presidente, nuestro país asume ese concepto de violencia de género, que ya existía en otras instancias internacionales”, apunta la letrada. De acuerdo al preámbulo del acuerdo citado por Díaz, se reconoce que “la naturaleza estructural de la violencia contra la mujer está basada en el género”, y “la violencia contra la mujer es uno de los mecanismos sociales cruciales por los que se mantiene a las mujeres en una posición de subordinación con respecto a los hombres”.

Díaz también explica que “la violencia doméstica es aquella que sufre algún miembro de la familia por parte de otro miembro de la familia, por ejemplo un hermano por parte de su hermana, un padre por parte de su hija o una madre por parte de su hijo. Cuando la persona que sufre la violencia en el ámbito doméstico es una mujer y el actor es un hombre, se suele considerar que es violencia de género, sobre todo cuando es la pareja, porque hay una situación de patriarcado que facilita ese tipo de conductas”.

Según opina la abogada, “retrotraerse a 1995 es hacer o intentar hacer invisibles todas las investigaciones y todos los estudios que se han hecho según los cuales la violencia entre hombres y mujeres no es mayoritariamente casual sino en base a una estructura. Es un intento de negar la estructura patriarcal que tanto daño hace a tantas mujeres y también a hombres porque les impide desarrollarse de otra manera y los condiciona también en su desarrollo”.

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