El Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha acordado estimar la denuncia formulada por la UD Las Palmas C por alineación indebida del jugador del conjunto de la UD Ibarra, Dani Carballo, en el partido de la primera jornada, de la presente temporada, disputado el 24 de agosto en Gran Canaria.
El conjunto de la Casa Amarilla presentó reclamación de su partido, que perdía por cero tantos a uno con el equipo de Las Galletas, y tras analizar la misma, el Comité de Competición dio traslado al club reclamado para que defendiese sus intereses, entendiendo, que sus argumentos no eran suficientes para desestimar la denuncia presentada.
Los antecedentes son muy claros, el jugador de la UD Ibarra, Dani Carballo, fue sancionado por la Jueza de Competición de la RFEF en resolución del 22 de mayo de 2019, con un encuentro de suspensión por acumulación de cartulinas amarillas, a raíz del último partido de la temporada anterior, que debería cumplir, en el primero de la presente campaña.
Los dirigentes del club tinerfeño alegan, entre otras cosas, haber recibido notificación de un indulto para el comienzo de la nueva temporada, siendo sólo una propuesta de modificación a una regla, y no una norma en sí misma, una propuesta que hizo la RFEF, pero que no tiene el visto bueno del Consejo Superior de Deportes, que es el órgano que debe proceder a su aprobación.
Otro de los argumentos que mantiene el conjunto del Villa Isabel, es que a la hora de tramitar la ficha del jugador citado, no aparece como sancionado y que por tanto, para el club está “limpio” y podía jugar.
Y por otro lado, tras conocerse que el rival del encuentro tramitaría la denuncia, el club aronero apela, “a las buenas relaciones que mantienen con la Unión Deportiva, a la que ceden instalaciones y jugadores”, estimando sus dirigentes, “que sería penoso que un club de la solera del representativo, tramitase tal reclamación”.
Lo único claro, de momento, pues el club denunciado tiene diez días para interponer recurso ante el Comité de Apelación, es que sus dirigentes desconocían claramente si el jugador estaba habilitado para jugar, bien por dejadez, o bien por desorganización, y que en este primer trámite, el equipo de la tercera división pierde el partido que había ganado en el terreno de juego.
El acuerdo de la Jueza del Comité de Competición da por perdido el partido a la Unión Deportiva Ibarra, por un resultado de tres goles a cero, multa al club con 1.001€ como infractor, y computa dicha resolución como el encuentro que debía descansar el jugador por la sanción que no cumplió.