Una ciudad del cine se gesta a 500 metros de las Dunas de Corralejo, en Fuerteventura. El proyecto prevé ocupar 160.000 metros cuadrados de suelo rústico. Un escenario submarino, un parque de realidad virtual, restaurantes y hasta un helipuerto son algunas de las instalaciones que incluirá el que aspira a ser “el mayor plató audiovisual de Europa”. Desde que fue declarado bien de interés insular por el Cabildo, el proyecto ha estado en el centro del debate de la isla. Ahora, el Gobierno de Canarias ha emitido un contundente informe desfavorable sobre Dreamland porque vulnera la Ley de Evaluación Ambiental.
La Consejería de Transición Ecológica se ha posicionado en el debate sobre la localización de Dreamland. “No es la ubicación idónea para una actuación de transformación urbanística”, sostiene el documento al que ha tenido acceso esta redacción. La ubicación del bautizado por algunos como el Hollywood canario ha sido ya rechazada por colectivos ambientalistas y ecologistas por su proximidad al Parque Natural de Corralejo y por ser un lugar de tránsito de diferentes aves en peligro de extinción como la hubara canaria.
Este informe técnico-jurídico concluye que el proyecto ha incumplido la Ley del Suelo y Espacios Naturales Protegidos y la Ley de Evaluación Ambiental por no considerar necesaria una Evaluación Ambiental Estratégica. En el expediente administrativo se justifica que, como el proyecto “no comporta ordenación”, este tipo de evaluación no es necesaria. Un argumento rechazado en el documento puesto que Dreamland implica una transformación total de un suelo rústico que deberá adecuarse de forma “pormenorizada” a los planes urbanísticos.
“Sorprende que el órgano ambiental del Cabildo de Fuerteventura no haya cuestionado - aún siendo su deber - la única justificación obrante en el expediente administrativo sobre su ”no sometimiento“, afea la Consejería. El área que lidera José Antonio Valbuena concluye que la ordenación sí es necesaria, puesto que en el terreno de Dreamland se pretende construir ”una ciudad en toda regla“. Además, al tratarse de un suelo que carece de urbanización alguna, será necesaria una red de saneamiento, la acometida de agua, de suministro eléctrico y la urbanización interior con viales y plataformas.
La omisión de una Evaluación Ambiental Estratégica implica “la vulneración de la protección ambiental, a los efectos de promover un desarrollo sostenible”, añade el texto. Asimismo, la omisión también supone que no se realicen las valoraciones correctas de los efectos de la ciudad del cine sobre las Dunas de Corralejo.
Un proyecto “sin carácter estratégico”
La ocupación de 160.000 metros cuadrados de suelo rústico para crear un plató de cine también ha sido cuestionada por Transición Ecológica. “El suelo rústico considerado en sí mismo tiene un valor natural y ambiental”. Así lo recoge también la Ley estatal de Suelo y Rehabilitación Urbana. “El suelo, además de ser un recurso económico, es también un recurso natural, escaso y no renovable. Desde esta perspectiva, todo el suelo rural tiene un valor ambiental”, señala la norma.
Para sortear los obstáculos que supone construir en suelo rústico, Dreamland fue declarado por el Cabildo de Fuerteventura como bien de interés insular, argumentando el “carácter estratégico” del proyecto. Sin embargo, el Gobierno de Canarias pone en entredicho este interés estratégico, aseverando que no ha quedado suficientemente probado que sea real.
El informe jurídico critica que la máxima corporación de Fuerteventura haya intentado justificar el carácter estratégico de la ciudad del cine apuntando únicamente a que la actividad cinematográfica y audiovisual sean sectores importantes para la cultura y la economía de la isla. También cuestiona que el proyecto atienda a “necesidades sobrevenidas”, un requisito clave para declarar un proyecto bien de interés insular. El Cabildo, presidido por Sergio Lloret, también se escudó en el impulso a la cultura y al deporte contemplado en los Planes de Recuperación de Europa NextGeneration.
En esta línea, Transición Ecológica se ha mostrado contundente. “El hecho de que la actividad cinematográfica y audiovisual conforme un sector estratégico de nuestra cultura y de nuestra economía, y la existencia de políticas de impulso de la industria de la cultura, por muy loables que sean dichos propósitos, no convierte a cualquier proyecto o iniciativa privada en el ámbito territorial o urbanístico en estratégico”, recoge el documento.
“Nuestro ordenamiento jurídico protege otros valores e intereses que deben ser tenidos en consideración a la hora de que la Administración pública encuentre una solución justa”, continúa el texto. El informe señala que la ocupación de suelo rústico, con edificaciones que pueden alcanzar las cuatro plantas y los 25 metros de altura, para transformarlo en un suelo urbanizable y crear una nueva ciudad se opone a la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias y a la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
De acuerdo con esta norma, la transformación y uso del suelo deben adecuarse al interés general y al principio de desarrollo sostenible. Además, según recoge el informe, las construcciones y edificaciones tienen la obligación de adaptarse al espacio en el que se proyectan. Por lo que “no se permitirá” que la edificación “limite el campo visual para contemplar las bellezas naturales, rompa la armonía del paisaje o desfigure la perspectiva propia del mismo”.