Una familia recupera 145.000 euros al no recibir la información debida para invertir por parte de su banco

Sucursal del Banco Santander. (ALEJANDRO RAMOS)

Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

Una familia canaria recuperará los 145.000 euros que invirtió en 2007 en la suscripción de Valores de Santander para la adquisición de acciones del citado banco al no haber recibido información suficiente por parte de la entidad, según una sentencia de un juzgado de Las Palmas de Gran Canaria.

La Asociación de Usuarios Financieros, que representó a la familia, ha informado este martes de esta sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 12 de la capital grancanaria, que declara la nulidad de la suscripción de los valores suscritos por vicio de consentimiento y la resolución del contrato de uno de los miembros de la familia.

Los afectados se dieron cuenta de que el dinero invertido se había quedado en casi nada cuando tuvieron que canjear los valores de forma obligatoria por acciones de ese producto único que les vendieron de alta rentabilidad.

Se trata de un abuelo, un médico de 84 años ya jubilado cuando se produjo la compra, que era cliente habitual del Santander, y que recibió la recomendación de adquirir este producto como una oportunidad única para él y para su hijo y nietos, con la finalidad de sacarle mejor rendimiento a sus ahorros.

Según se indica en la sentencia, el primer contacto fue telefónico y al observar un interés en el cliente, horas después de esa llamada los empleados de la entidad se personaron en el domicilio del afectado, donde “en pocos minutos” se les explicó el producto.

Se les dijo que se trataba de una ocasión “extraordinaria”, con rentabilidad garantizada, con un interés del 7,5% el primer año y del Euribor + 2,75% durante cuatro años más, hasta el 2012.

Tras la breve explicación, la familia aceptó depositar sus ahorros en los Valores Santander dada la confianza que tenían en su sucursal, pero no se les advirtió de que eran para adquirir acciones del Banco Santander, lo que suponía asumir el riesgo de la volatilidad en el precio a la hora de la obligada conversión.

Los valores se pusieron a nombre de los hijos, estudiantes entonces, el padre y la abuela y cuando se produjo el canje en 2012 la familia constató que el producto era una “ruina”.

Los que canjearon antes de que pasaran los cuatro años previstos por la ley por vicio en el consentimiento han recuperado sus 95.000 euros que invirtieron y uno de los miembros, que canjeó de forma voluntaria el 4 de junio de 2012 y cuya acción por vicio ha caducado, ha recibido los 50.000 euros de su inversión como indemnización.

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