El Ministerio fija nuevas tarifas de referencia y condiciones para viajar entre islas en la fase 1
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha levantado la prohibición a la realización de operaciones aéreas comerciales regulares entre las Islas Canarias de cara a la fase 1 del plan de desescalada al que se suman este lunes Gran Canaria, Tenerife, Lanzarotte, Fuerteventura y La Palma. En una orden publicada este domingo en el BOE se establece que, mientras se mantenga el estado de alarma, quedará suspendida la declaración de obligación de servicio público en rutas aéreas entre las Islas, por lo que se fijan estos nuevos precios.
El Ministerio había fijado a finales de marzo en 80 euros por trayecto el precio de los vuelos directos entre islas -y 100 euros si había que hacer escala en Tenerife o Gran Canaria ( a excepción de las tasas). Según recoge el BOC de este domingo, “desde la entrada en vigor de esta orden y mientras se mantenga el estado de alarma, las tarifas de referencia para cada una de las rutas, en los trayectos de ida, quedan establecidas en los importes siguientes”, aunque sobre ellas cabe aplicar el descuento de residentes:
Gran Canaria-Tenerife Norte: 69 euros
Gran Canaria-Tenerife Sur: 78 euros
Gran Canaria-Fuerteventura: 78 euros
Gran Canaria-El Hierro: 112 euros
Gran Canaria-Lanzarote: 88 euros
Gran Canaria-La Palma: 106 euros
Tenerife Norte-Fuerteventura: 107 euros
Tenerife Norte-El Hierro: 78 euros
Tenerife Norte-Lanzarote: 112 euros
Tenerife Norte-La Palma: 72 euros
La Palma-Lanzarote: 112 euros
Gran Canaria-La Gomera: 106 euros
Tenerife Norte-La Gomera: 78 euros
Así mismo, desde la entrada en vigor de esta orden y a los efectos de salvaguardar una conectividad aérea básica esencial entre las islas durante la duración del estado de alarma, se considerarán como servicio mínimo imprescindible la realización del siguiente número de frecuencias diarias para cada una de las rutas:
Gran Canaria-Tenerife Norte: 2 frecuencias
Gran Canaria-Fuerteventura: 2 frecuencias
Gran Canaria-Lanzarote: 2 frecuencias
Tenerife Norte-La Palma: 2 frecuencias
Tenerife Norte-El Hierro: 1 frecuencia
Además, de acuerdo al estado de alarma, se considerará suficiente ofrecer al público solo el 50% de la capacidad total de cada aeronave para asegurar la debida separación entre pasajeros. “Las compañías aéreas interesadas en operar servicios de transporte aéreo regular entre las Islas Canarias bajo las condiciones establecidas en esta orden, deberán informar a la Dirección General de Aviación Civil de su programa de operaciones al menos con siete días de antelación al inicio de los vuelos”, recoge el BOE.
La Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Canarias podrá autorizar por circunstancias excepcionales, como pudieran ser humanitarias, de repatriación, de atención médica o de interés público, el aterrizaje en los aeropuertos de las Islas Canarias de vuelos de aviación ejecutiva, taxi aéreo u operaciones asimilables a éstas.
Por otro lado, desde la entrada en vigor de esta orden se prohíbe en los puertos de la Comunidad Autónoma de Canarias desembarcar pasajeros, con excepción de los conductores de las cabezas tractoras de la mercancía rodada, de los buques de pasaje de trasbordo rodado y buques de pasaje que presten servicios regulares en las líneas marítimas entre la península y la Comunidad Autónoma de Canarias.
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