El fiscal de La Bufona tardó 500 días en contestar un recurso porque perdió y olvidó la documentación
El fiscal encargado del caso de La Bufona, que investigó la construcción de viviendas ilegales sobre suelo no urbanizable en Arrecife, tardó más de 500 días en emitir un dictamen porque traspapeló y olvidó la documentación de un recurso. Así consta en un decreto conocido ahora pero firmado en abril de 2015 por Fausto Cartagena Pastor, inspector de la Fiscalía General del Estado, que estimó que Carlos Fernández Seijo cometió una falta disciplinaria grave, aunque archivó las diligencias porque el caso había prescrito, al haber transcurrido un año desde la finalización del retraso.
La denuncia parte de la familia Murillo, acusación particular en la causa y propietaria del suelo donde se levantan las viviendas de la urbanización de La Bufona, entre ellas las de Ástrid Pérez, presidenta del PP en Lanzarote, y el fiscal Miguel Pallarés. En agosto de 2014 los afectados elevaron quejas a la Fiscalía Provincial de Las Palmas y a la Fiscalía General del Estado por la tardanza del Ministerio Público en emitir informes, ante el temor de que prescribieran los delitos que se le imputaban a los promotores, el arquitecto Fernando Echevarría y el constructor Antonio Caro, y el caso se archivara.
En concreto, se referían a los retrasos en la contestación a dos recursos interpuestos contra sendas resoluciones del juez instructor de 1 de septiembre de 2010 y 24 de mayo de 2012. La primera decretaba el sobreseimiento provisional de las actuaciones contra el ex secretario del Ayuntamiento de Arrecife Felipe Fernández Camero, que firmó las licencias de las viviendas construidas en parte sobre suelo rústico, y contra María Isabel Déniz, la alcaldesa que levantó el precinto de las obras decretado por su antecesora, Manuela Armas. La segunda desestimaba la petición de los promotores para archivar la causa antes de la apertura de juicio oral.
Con respecto al primer retraso, de prácticamente 400 días según las estimaciones de los denunciantes, tanto la Fiscalía Provincial de Las Palmas como la Fiscalía General del Estado exculpan a Carlos Fernández Seijo de cualquier responsabilidad al no constar que fuera remitida la notificación formal de la resolución judicial al Ministerio Público.
Las discrepancias surgen con la segunda demora. En su contestación al escrito de Murillo en octubre de 2014, el fiscal jefe de Las Palmas, Guillermo García Panasco, reconoce que se trata de un plazo de tiempo excesivo para responder (más de 500 días), pero lo justifica por la complejidad de la causa y por “el volumen de asuntos que deben ser asumidos por la Fiscalía”.
García Panasco no aprecíó entonces riesgo de que esta demora pudiera afectar a la declaración de prescripción de los delitos e incidió en la carga de trabajo como motivo fundamental de un retraso en la tramitación que, en su opinión, no podía ser achacado “únicamente” al Ministerio Fiscal. El fiscal jefe de Las Palmas no mencionó en ningún momento la pérdida de la documentación que el propio Fernández Seijo reconoció en el transcurso de las diligencias de inspección incoadas por la Fiscalía General del Estado.
Según el relato de los hechos que consta en el decreto de esta inspección, el juez instructora del caso de La Bufona desestimó el sobreseimiento libre por prescripción que habían solicitado los promotores el 24 de mayo de 2012, dando traslado a las partes y al Ministerio Fiscal y otorgándoles un plazo de cinco días para formular alegaciones, a contar desde la fecha de notificación, el 8 de junio de ese año. En ese momento, “el fiscal encargado de su despacho recibió la carpetilla interna abierta por Fiscalía al abreviado (procedimiento de La Bufona) con la notificación y copia del recurso interpuesto, documentación que traspapeló y olvidó retrasando así la emisión del dictamen, como se reconoce en estas actuaciones”, señala el inspector Fausto Cartagena en la resolución, fechada el 21 de abril de 2015.
No fue hasta el 8 de noviembre de 2013, 17 meses después de que finalizara el plazo otorgado por el juez instructor para responder, cuando Fernandez Seijo envió el informe interesando la desestimación del recurso de los promotores, que fue finalmente archivado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas en marzo de 2014.
Para el fiscal jefe inspector, la evidencia del retardo producido en la evacuación de ese dictamen “obedece a culpa personal” del fiscal encargado del procedimiento, tal y como el mismo Fernández Seijo admitió. Por ello concluye que su conducta “podría merecer la consideración de falta disciplinaria grave”, si bien esta responsabilidad prescribió “al haber transcurrido el plazo de un año desde la finalización del retraso (8 de noviembre de 2013)”. Para computar este plazo de prescripción no considera la apertura del expediente gubernativo, en septiembre de 2014, sino su transformación en diligencias de inspección, en abril de 2015.
El pasado mes de enero, más de 16 años después de que se inciara la instrucción, el Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife condenó por un delito contra la ordenación del territorio a seis meses de cárcel a los promotores de las viviendas. La juez tuvo en cuenta para rebajar la pena el atenuante de dilaciones indebidas, ya que consideró “injustificados” los cinco años y siete meses de paralización de la causa. El fiscal también había interesado por este motivo una reducción de la condena, de los cuatro años de prisión que solicitó en su escrito de calificación provisional al año y nueve meses que pidió en sus conclusiones finales.