El juez del caso Emalsa ha abierto juicio oral contra quince acusados por la Fiscalía durante su gestión al frente de la empresa mixta de aguas de Las Palmas de Gran Canaria. El Ministerio Público ha pedido penas de cárcel que oscilan entre los dos y los seis años, así como 12 meses de multa con cuota diaria de 50 euros por el delito continuado de apropiación indebida; o alternativamente las penas de cuatro años y 46 millones de euros –el duplo del perjuicio ocasionado a la empresa- por el delito continuado de administración desleal.
En un auto fechado el 12 de febrero, el magistrado Luis Galván decreta la apertura de juicio oral e impone una fianza de 25.330.000 euros a trece de los acusados, la mayoría directivos de los socios privados del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en la empresa mixta Emalsa, Saur y Sacyr-Valoriza, debido a una serie de irregularidades detectadas en una veintena de contratos que suscribieron estos entre 2008 y 2011, haciendo prevalecer su mayoría accionarial (66%) frente a la parte pública que aún detenta la administración municipal (34%).
Así, los acusados, entre los que figura uno de los grandes empresarios de Canarias y propietario de la constructora Satocan, Juan Miguel Sanjuán, en su calidad de miembro del consejo de administración de Emalsa, tienen un plazo de 24 horas desde la notificación del auto del Juzgado de Instrucción 6 de la capital para hacer frente de manera solidaria a esa fianza, si quieren evitar embargos judiciales por esa cantidad. En el caso de otros dos acusados, el yerno de Sanjuán y también directivo de la constructora Satocan, José Julio Artiles Moragas, y del empleado de estos Pedro José Higueras Dávila, la fianza se reduce a 2.268.750 euros.
Los acusados por el Ministerio Fiscal son los directivos y técnicos de las empresas privadas de Emalsa y empresarios Gerard Jean Fernand Thierry, José Manuel Calderero, Guy Christian Founier, Jesús Ángel Blanco García, Rafael González Bravo de Laguna, Laura Rivero Padrón, Pablo Abril Martorell Hernández, Oliver Brousse, José Luis Pérez Talavera, Pierre José Claude Pans, Alfonso Ignacio López Díaz de Durana, Juan Miguel Sanjuán Jover, José Luis Rubio Díaz de Tudanca, Pedro José Higueras Dávila y José Julio Artiles Moragas.
Los hechos por los que serán juzgados en la Audiencia de Las Palmas se basan en una serie de irregularidades en una veintena de contratos de la empresa mixta. En la mayoría de estos contratos, según relata en su escrito de acusación la fiscal de Delitos Económicos Evangelina Ríos, aparece Sercanarias, filial de los socios privados de Emalsa, como la adjudicataria beneficiada. De la investigación de la Fiscalía se desprende que los socios privados del Consistorio capitalino vulneraron “absolutamente” la normativa aplicable a la hora de adjudicar esos contratos.
El modo detectado por el Ministerio Fiscal se repite en esos acuerdos suscritos entre Emalsa y Sercanarias, como el hecho de no publicarse los pliegos de especificaciones técnicas para que otras empresas pudieran presentar ofertas, a pesar de que las propias normas de la compañía así lo indican si el montante de los servicios u obras a contratar superan los 1.000 euros.
Ese modus operandi incluía también jugar al despiste con otras competidoras, ya que en algunos de los pliegos que sí se llegaron a publicar “el contenido no coincidía con el objeto del contrato concertado con Sercanarias”, de manera que la comparación con otras ofertas era “imposible”. El escrito remarca que esta filial “no presentaba ofertas” a estos concursos, por lo que el precio de adjudicación se estipulaba sobre la base del presentado por las entidades que sí lo habían hecho.
Ríos precisa también que esos contratos carecían de la concreción y el detalle necesarios sobre el alcance de los servicios a los que se comprometía Sercanarias, de manera que resultaba difícil conocer las obligaciones del contratista. Entre los contratos irregulares figuran los de mantenimiento de la red de alcantarillado, el que ocasionó un mayor perjuicio a las arcas de la sociedad (más de 11 millones de euros), reparación de averías o transporte de lodos.
Al margen de los suscritos con Sercanarias, destaca también el contrato de alquiler de la sede de la compañía, situado en el Centro Comercial Las Ramblas, en Las Torres. El edificio es propiedad de la constructora Satocan, cuyo presidente, Juan Miguel Sanjuán, participaba, a su vez, en el Consejo de Administración de Emalsa a través de uno de sus socios privados, Valoriza-Sacyr.
Las pesquisas se centraron en el desproporcionado coste de arrendamiento de este inmueble. Desde agosto de 2008 a enero de 2009, Emalsa abonó por este concepto 90.000 euros mensuales. A partir de entonces y hasta el año 2014, el coste se redujo a los 75.000 euros. Un informe de auditoría detectó que la empresa estaba pagando por metro cuadrado una cantidad que doblaba a la que le correspondía conforme al mercado. Además, las oficinas estuvieron vacías durante dos años y, posteriormente, solo se ocuparon dos de las tres plantas alquiladas.
El Ayuntamiento limita su acusación a Valoriza
El auto del juez Galván recoge sucintamente las acusaciones y penas que formulan y solicitan el Ministerio Fiscal y las acusaciones popular de la Asociación El Sol Sale par Todos y las particulares del comité de empresa del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y la del propio Consistorio capitalino como tal. En este último caso, desde los servicios jurídicos municipales se han limitado a centrar su acusación en Valoriza y no en Saur, además de dejar fuera del caso al constructor Juan Miguel Sanjuán y sus empleados de Satocan por la adquisición de las oficinas.
Para el ayuntamiento, procede imponer una pena de 4 años de prisión a once de los quince acusados, pero no entra a cuantificar el presunto perjuicio causado a la empresa mixta Emalsa por sus socios privados, y por tanto no reclama cantidad alguna en concepto de responsabilidad civil, cuando como acusación particular sí tiene derecho a ello, a diferencia de la acusación popular.
Además, lo sustancial del escrito de acusación del Consistorio municipal recogido en el auto de apertura de juicio oral solo señala a Valoriza, y no al otro socio privado, Saur, como responsable de ese perjuicio. En concreto, el llamado pacto regulador de prestaciones accesorias [por el cual los socios privados se quedan con un 2% de la facturación anual de Emalsa más 450.000 euros] de 6 de noviembre de 2008 es objeto de reproche por parte de los servicios jurídicos del Ayuntamiento solo en el caso de Valoriza, y no en el de la parte francesa privada de Saur.
La acusación popular ejercida por El Sol Sale para Todos interesa imponer penas de 4 años de cárcel y multas de 12 meses por el importe que estime el tribunal a los quince acusados. Además, a ocho de ellos (Abril Martorell, Brousse, Sanjuán, Higueras, Artiles Moragas, Laura Rivero, Díaz de Tudanca y Thierry) pide que se les condene a otros seis años de cárcel, y en cuanto a la responsabilidad, también la deja en manos del juzgador aunque la cuantifica en hasta 25 millones de euros.
Este pacto regulador de prestaciones accesorias entre Emalsa y Valoriza se estima en 7.141.379,73 euros por parte de esta acusación particular, mientras que El Sol Sale para Todos la cifra en 8.569.655,68 euros, la misma cantidad para Saur a la que la asociación también incluye en su escrito.
Además, El Sol Sale para Todos señala en ese escrito recogido en el auto del juez que otro de los perjuicios que deben ser valorados por el tribunal es el contrato de opción de compra de un inmueble entre la empresa Seguridad Integral Canaria y Sercanarias. Los socios privados de Emalsa debían aportar una prima de opción de compra cada uno de 1.316.132 euros. Saur abonó su parte la cuantía de Valoriza la soportó Emalsa, provocando a su juicio otro perjuicio de esos 1.316.132 euros.
El escrito de acusación del comité de empresa municipal también solicita seis años de prisión pero en su caso solo a seis acusados y se remite en cuanto a la parte de la responsabilidad civil a lo que considere el Ministerio Fiscal y el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
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