El Supremo devuelve al juez Fiestras la causa contra el senador Pedro San Ginés (CC) para que “agote la investigación”

Pedro San Gines, durante un debate en el Senado.

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —
18 de abril de 2024 14:49 h

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, presidida por el canario Manuel Marchena, ha devuelto al Juzgado de Instrucción número 4 de Arrecife el denominado caso Minutas, que investiga al actual senador de Coalición Canaria (CC) Pedro San Ginés, expresidente del Cabildo de Lanzarote, por varios delitos vinculados con la contratación irregular de su abogado y amigo Ignacio Calatayud y la presunta apropiación indebida por parte de este letrado de un millón y medio de euros de las empresas públicas Insular de Aguas de Lanzarote (Inalsa) y del Consorcio del Agua de Lanzarote.

El juez Ricardo Fiestras elevó al Supremo el pasado 3 de enero un escrito (exposición razonada) para que el alto tribunal asumiera el caso, dada la condición de aforado de San Ginés, y decidiera sobre las peticiones de archivo que habían presentado las defensas del senador y del abogado Calatayud. En el auto difundido este jueves, la Sala de lo Penal reprocha al juez su “falta de exhaustividad” y que no haya hecho una valoración jurídica previa sobre los hechos ni haya aportado indicios de la participación del dirigente de CC en los mismos antes de elevar la exposición razonada y, por ello, le devuelve la causa para que “agote la investigación”.

En el caso Minutas se investigan los delitos de fraude a la administración, prevaricación, tráfico de influencias, apropiación indebida y deslealtad profesional.

El Supremo no asume la competencia de la causa porque del escrito remitido en enero por el juez Fiestras “no se desprenden indicios suficientes de responsabilidad criminal” contra el senador. En su exposición razonada, el instructor se limita a informar “sobre la existencia de las denuncias formuladas e investigaciones, sin ningún apoyo objetivo atinente a los propios hechos”. “Tal y como está redactada”, señala el Supremo, no se ofrece “ningún elemento o principio de prueba que avale razonablemente la realidad” de los hechos contenido en las denuncias. Tampoco concreta la participación de San Ginés en esos hechos, añade.

El auto recuerda que para poder abrir un proceso penal en el Supremo contra un aforado es necesario que la exposición razonada incorpore indicios objetivos. Un requisito que no se cumple en el escrito de Fiestras, lo que lleva al Supremo a descartar la apertura de un proceso penal para “la investigación de unos hechos de relevancia penal meramente sospechosa, es decir, una investigación prospectiva, que no aporte, a partir del conocimiento propio del instructor, sin indicio objetivo de realidad”.

La decisión del Supremo no implica, sin embargo, el carpetazo definitivo a la causa. El auto insta al juez instructor a acabar la investigación. La exposición razonada de Fiestras “no aclara ni analiza” si ya se considera archivada la denuncia sobre la contratación presuntamente irregular del abogado Ignacio Calatayud como asesor jurídico externo en el concurso de acreedores de Inalsa, iniciado y tramitado entre los años 2009 y 2010.

Tampoco hace referencia a la compra, por parte de San Ginés, de una casa a la empresa Adelfas 24, de la que es propietario Felipe Fernández Camero, exsuegro de Calatayud, que ha sido recientemente condenado en el denominado caso Jable por varios delitos, entre ellos cohecho, cometidos durante su etapa como secretario del Ayuntamiento de Arrecife.

En el caso Minutas se investiga si el contrato de compraventa de esa casa, “presuntamente por un precio inferior de mercado”, era una contraprestación a favor del cargo público (Pedro San Ginés) por la contratación de Calatayud.

La denuncia fue presentada por los anteriores responsables de Inalsa y el Consorcio de Aguas de Lanzarote, en la época en que presidía el Cabildo de Lanzarote el PSOE. El pasado mes de octubre, esas entidades públicas, ahora en manos de CC, presentaron un escrito que implicaba un “desistimiento implícito” de la acción judicial y concluía que el precio pagado por San Ginés para adquirir la casa era superior al de mercado.

Durante la investigación del caso Minutas, el Equipo contra el Crimen Organizado (ECO) de la Guardia Civil concluyó que el abogado Ignacio Calatayud se apropió de un millón y medio de euros de dinero público gracias a su relación de amistad con San Ginés. Con ellos, según las pesquisas policiales, el letrado habría pagado dos pisos en el barrio madrileño de Chueca por un importe de 624.000 euros

Fue precisamente Calatayud quien defendió que el juez competente para instruir esta causa era Ricardo Fiestras, titular del Juzgado de Instrucción 4 de Arrecife. El letrado consiguió su propósito de apartar al magistrado que hasta ese momento investigaba los hechos, Jerónimo Alonso, de Instrucción 2. Este juez había denunciado amenazas del entorno de las personas investigadas y el Poder Judicial llegó a pedir incluso protección para él.

Al igual que ocurriera antes con otros dirigentes de CC investigados en causas penales, como el exalcalde de Santa Cruz de Tenerife Miguel Zerolo (por el caso de Las Teresitas) o el actual presidente del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo (por los casos Grúas y Reparos), Pedro San Ginés fue designado senador por la comunidad autónoma para ser aforado y, por tanto, para ser juzgado en el Supremo. Cuando estalló el caso Minutas, el expresidente del Cabildo de Lanzarote anunció que abandonaba la primera línea política y que no se presentaría en 2023 a las elecciones a la corporación insular.

San Ginés declaró el martes 16 de marzo en el Supremo por otra causa en la que se investiga si cometió los delitos de falso testimonio y denuncia falsa a un empresario cuando estaba al frente del Cabildo de Lanzarote.

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