Los conservacionistas avisan a políticos y funcionarios de posibles penas administrativas y penales por dictar la muerte de 10 lobos
La organización conservacionista Ascel (Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico) ha advertido a los cargos políticos y funcionarios que intervengan en la muerte decretada de 10 ejemplares de lobo en tres comarcas cántabras que pueden incurrir en responsabilidades administrativas y penales, incluida la inhabilitación para el ejercicio de cargo público.
Ascel cita la legislación existente así como el Código Penal. Este último en su artículo 334 dice que “será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses y, en todo caso, inhabilitación especial para profesión u oficio e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de dos a cuatro años quien, contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general: a) cace, pesque, adquiera, posea o destruya especies protegidas de fauna silvestre [...]”. Este es el caso del lobo desde que a finales de 2021 fuera incluido en el listado de especies protegidas Lespre por el MInisterio de Teresa Ribera.
Asimismo, Ascel menciona lo dispuesto en la Ley de Patrimonio Natural, con una ristra de artículos en la que se describen y tipifican infracciones, citando expresamente las que afecten a especies incluidas en el Lespre. Se regula así cono infracción “la destrucción, muerte, deterioro, recolección, posesión, comercio o intercambio, captura y oferta con fines de venta o intercambio o naturalización no autorizada de especies de flora y fauna incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial”. Dicha infracción puede ser tipificada como grave o muy grave, según las circunstancias. Las infracciones graves pueden acarrear multas de 3.001 a 200.000 euros; y las muy graves, de 200.001 a 2.000.000 de euros.
Según Ascel, serían responsables políticos y funcionarios, en especial el director general de Biodiversidad firmante de la resolución, Antonio Lucio, así como todos aquellos que intervengan en el proceso y que han de ser conocedores de que el lobo no es especie cinegética. En todo caso, la propia organización reconoce que la situación es confusa, ya que apenas existen precedentes de lo que está ocurriendo. “Estamos en lo inexplorado. Ningún animal o especie incluido en el RD 139/2011 [el que incluye el lobo en el Lespre], ha sido sometido a controles letales.”, aseguran desde Ascel. Y añaden:
“Entendemos que la Ley 42/2007 [de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad] tiene un régimen de sanciones administrativas (art. 79, 80, 81, 82...), igualmente la de Cantabria, y hay una cobertura penal (art. 334 del Código Penal vigente, LO 1/2015). Las garantías y coberturas legales que haya establecido el Gobierno de Cantabria para con sus funcionarios públicos implicados las desconocemos. Pero esperamos que se las hayan advertido”.
La 'patata caliente' de la muerte de 10 lobos pasó de rondón por el Consejo de Gobierno de este jueves, pese a las consecuencias que puede acarrear.
Las tres resoluciones
Los tres boletines en los que se aprueban el abatimiento de ejemplares en los municipios de Ruente, Cabuérniga, Los Tojos, Tudanca, Polaciones y Hermandad de Campoo se apoyan en informes jurídicos que toman la vía excepcional del decreto regulador del Lespre para su aprobación. Es decir, si el el lobo ha sido incluido en el listado, por lo que ya no es especie cinegética, existe una excepción por la que pueden matarse ejemplares en caso de que la población del carnívoro no corra riesgo de extinción, los daños en la cabaña ganadera sean de importancia y no puedan aplicarse antes otras medidas. Este punto último es la clave del proceso excepcional que los jurídicos del Gobierno de Cantabria han seguido para aprobar la muerte de ejemplares de una especie protegida, ya que concluyen, según informes técnicos de la Consejería de Desarrollo Rural, que no son posible medidas alternativas. En los boletines se cita solo una, la de los cerramientos para la ganadería extensiva, y se descarta dado que colisionaría con otras directrices como la declaración de Zonas Especial de Conservación en los territorios afectados. Descartada esta vía, y vistos los daños causados, se aprueban las resoluciones, algo que se ha hecho sin conocimiento previo del Ministerio de Transición Ecológica (Miteco), que se ha enterado vía Boletín Oficial de Cantabria (BOC).
Desarrollo Rural fundamenta sus resoluciones en el Decreto 39/2019, de 21 de marzo, por el que se designan Zonas Especiales de Conservación siete lugares de Importancia Comunitaria de Montaña de la Región Biogeográfica Atlántica de Cantabria y se aprueba su Plan Marco de Gestión, que declara la mencionada ZEC y establece las directrices y medidas de gestión conforme a la normativa europea, que recoge como directriz general “el mantenimiento del intercambio genético entre poblaciones faunísticas, lo que impide la implantación de cerramientos eficaces que eviten la intrusión del lobo en los miles de hectáreas de pastoreo extensivo, porque supondría una afección muy significativa a los movimientos normales de la fauna silvestre”.
La decisión política y técnica adoptada supone un salto cualitativo en la pugna que ambos administraciones venían manteniendo. Las peticiones que Cantabria estaba remitiendo a Miteco para que le permitiera cazar lobos en virtud del Plan de Gestión de 2019 estaban todas siendo rechazadas, a la espera de la aprobación de la estrategia nacional sobre el lobo. Las tres resoluciones publicadas esta semana por la Consejería suponen de este modo un órdago en toda regla que ha sido recibido con cautela por el MInisterio, que ha salido al paso con el socorrido estudio previo de la resolución aprobada.
36 muertes en tres años
Las resoluciones, para justificarse, recogen la relación de lobos muertos en los últimos tres años en estas comarcas, a partir de lo cual aprueban una serie de 'extracciones', eufemismo con el que se hace referencia a la muerte de ejemplares.
En el área de la Hermandad de Campoo de Suso se matarán cuatro ejemplares. En los tres años que han pasado desde que se aprobara el Plan de Gestión de Cantabria (2019) se han abatido siete ejemplares.
En el área de Ruente/Cabuérniga, se ha aprobado la muerte de cuatro ejemplares. Durante los tres años de vigencia del Plan de Gestión se han abatido 16 lobos, nueve de ellos solo en un grupo que campa por El Escudo.
En el área de Polaciones/Tudanca, se ha dispuesto la muerte de dos ejemplares. Hasta ahora en la zona han sido abatidos 13 lobos, desde 2019.
Entre las tres áreas, los lobos abatidos en tres años totalizan 36 ejemplares, a los que se sumarán los 10 aprobados cuya muerte ha sido encomendada a la guardería esta semana.
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