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El Tribunal Superior de Justicia ratifica la condena al Gobierno de Cantabria por no respetar las guardias mínimas de cuatro bomberos del SEMCA

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elDiario.es Cantabria

Santander —

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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha ratificado la condena al Gobierno regional por incumplir las guardias mínimas de cuatro bomberos en cada uno de los seis parques de emergencia del SEMCA 112 (Servicios de Emergencias de Cantabria), tras desestimar el recurso de suplicación interpuesto por el Ejecutivo autonómico.

La Sala de los Social del TSJC, en una sentencia del 24 de mayo y remitida por UGT, ratifica la sentencia de febrero del Juzgado de lo Social número 4 de Santander dictada tras estimar una demanda por conflicto colectivo de la sección sindical de UGT.

El fallo del Juzgado de lo Social indicaba que en agosto de 2018 la dirección del SEMCA y los sindicatos UGT y SIEP firmaron un acuerdo para que la dotación mínima de las guardias tuviera cuatro efectivos en cada uno de los parques de emergencia (24 en total) de Laredo, Valdáliga, Reinosa, Los Corrales de Buelna, Tama y Villacarriedo.

“Se prevé cuatro bomberos para las guardias, pero debido a incidencias diversas (permisos, bajas por enfermedad, etc) las guardias se han venido desarrollando, a salvo de días sueltos excepcionales, con un número de efectivos inferior a cuatro”, argumentaba la resolución judicial.

Por ello, apuntaba el fallo que el incumplimiento de la dotación mínima de las guardias “es contrario a derecho y al contenido de la obligación suscrita en agosto de 2018 (acuerdo con los sindicatos)”, por lo que estimaba la demanda de UGT y su reclamación de que “la existencia de cuatro bomberos responde a la necesidad de prestación del servicio en unas mínimas condiciones de seguridad según diferentes normativas”.

En los hechos probados de la sentencia se recalca que en el año 2022 hubo 254 días en los que el número de efectivos fue inferior a los cuatro estipulados para las guardias del SEMCA.

Frente a este fallo, el SEMCA interpuso recurso de suplicación ante el TSJC, que desestima y confirma la resolución del Juzgado de lo Social número 4 de Santander, rechazando la alegación planteada por la sociedad del Gobierno autonómico de una “indebida aplicación e interpretación” del acuerdo alcanzado en 2018.

El SEMCA, en su recurso, señalaba que la medida de las guardías mínimas quedaba “condicionada a la disponibilidad de masa salarial de conformidad con lo que establezcan las respectivas leyes de presupuestos generales” por lo que, a su juicio, el acuerdo “no es de aplicación automática”.

No obstante, y aún reconociendo que “los límites de las leyes presupuestarias no puedan ser superados por la negociación colectiva” y, por tanto, el pacto de 2018 pueda “venir limitado por la normativa presupuestaria posterior”, el TSJC cree que “no ha quedado probado” por parte del SEMCA que “para cubrir las plazas de bomberos de guardia (cuatro por parque) sea precisa la creación de nuevos puestos de trabajo, con el consiguiente aumento de los gastos de personal”.

“Como pone de manifiesto la sentencia recurrida, no se está solicitando la creación de nuevos puestos o plazas de bombero, se está pidiendo garantizar un número mínimo de efectivos en cada turno de guardia y, si por ausencias puntuales de plantilla por incidencias diversas (permisos, bajas por enfermedad, etc.) no hay personal suficiente para cubrir dichas guardias, se deberán cubrir esas plazas por sustituciones temporales o por cualquier otro medio ajustado a derecho, sin que ello no suponga un incremento del número de efectivos ni de la masa salarial”, señala el auto del TSJC.

Así, apunta que “la interpretación literal y finalista del acuerdo efectuada en la instancia no deja duda sobre la intención de los contratantes, ni se ve constreñida por los límites presupuestarios”, por lo que el TSJC entiende “ajustada a derecho la sentencia” del Juzgado de lo Social“ la cual confirma y desestima el recurso del SEMCA.

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en la sentencia, daba a las partes un plazo de 10 días hábiles inmediatos a la fecha de notificación para poder interponer recurso de casación para la unificación de doctrina. Ni el Gobierno a través del SEMCA ni el sindicato han interpuesto recurso ante el Tribunal Supremo por lo que, según indican desde UGT, la sentencia es firme y el sindicato ha solicitado su ejecución.

UGT ha informado en un comunicado de este fallo del TSJC y ha señalado que, en la actualidad, el SEMCA dirigido por Samuel Ruiz “sigue incumpliendo este año un acuerdo que él mismo rubricó en diciembre de 2023 para garantizar las guardias mínimas de cuatro bomberos por parque y respetar lo dictado tanto por la sentencia del Juzgado de lo Social como por la del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria”.

“Se ha dejado pasar un tiempo razonable para que, de una vez por todas, se cumpla lo que se acordó pero el actual director del SEMCA no lo ha hecho en más de 30 ocasiones desde que se conoce esta sentencia del TSJC”, ha asegurado UGT, que ha advertido que desde el sindicato “seguiremos acudiendo a los tribunales de justicia las veces que sea necesario hasta que el Gobierno de Cantabria garantice tanto la seguridad de los bomberos como de la ciudadanía”.

El sindicato, que ya se mostró en su momento muy crítico por el recurso interpuesto en su momento por el SEMCA “en algo tan esencial para la seguridad del servicio y de sus profesionales”, ha apuntado que en la actual legislatura política el propio director del SEMCA y la consejera de Presidencia, Isabel Urrutia, “prometen una y otra vez un aumento de personal para solucionarlo pero la realidad es que simplemente están dejando pasar el tiempo con una excusa tras otra”.

La sección sindical de UGT en el Servicio de Emergencias de Cantabria ha reiterado que “es una cuestión de garantizar unos límites mínimos de seguridad en el servicio, en los bomberos y en la ciudadanía que para nosotros son innegociables y no puede implicar excepción alguna bajo ningún concepto”.

El sindicato ha señalado, como ya hiciera en su momento con la sentencia del Juzgado de lo Social de febrero de este año, que “con guardias de menos de cuatro bomberos se pone en peligro la operatividad y la seguridad de los bomberos porque, simplemente, se incumplen los procedimientos operativos”.

“Por poner un ejemplo, con una dotación de menos de cuatro bomberos por guardia no se pueden utilizar los vehículos de altura de los seis parques de emergencia”, ha indicado UGT, que ha instado a la Consejería de Presidencia del Gobierno de Cantabria a “exigir al SEMCA y Función Pública que aceleren los trámites y pongan los medios necesarios para cumplir con las sentencias de una vez por todas”.

“No es aceptable que los dirigentes políticos se afanen en difundir públicamente su dedicación y su esfuerzo por garantizar la seguridad ciudadana y de los profesionales de los servicios públicos encargados de ella; para que luego no lo hagan, incumplan los acuerdos firmados y además recurran una sentencia judicial que les condena por ello”, ha concluido el sindicato.

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