Ayudas directas extraordinarias para los herbáceos de secano y los leñosos de Castilla-La Mancha afectados por la sequía
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado la orden en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que establece los criterios de concesión de 357,7 millones de euros en ayudas directas extraordinarias a los sectores agrícolas más afectados por las consecuencias del segundo año de sequía y por el incremento de los costes de producción por la guerra en Ucrania, que incluye los cultivos herbáceos de secano y los leñosos de Castilla-La Mancha.
La orden publicada una vez concluido el procedimiento de consulta a las comunidades autónomas y el sector, fija las condiciones, así como los importes de las ayudas en función de las zonas y del nivel de afectación de la sequía en las mismas.
Para los cultivos herbáceos de secano, el importe unitario de la ayuda se diferencia por zonas. Así, la zona más amplia, en la que las reducciones de cosecha han sido más acusadas, los agricultores recibirán el importe unitario por hectárea completo de la ayuda y aquí se incluye a Castilla-La Mancha junto a Andalucía, Aragón, Cataluña, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra, La Rioja y la Comunitat Valenciana, así como las provincias de Ávila, Salamanca y Segovia, en Castilla y León, y la provincia de Álava, en el País Vasco. Los agricultores de las provincias del norte de Castilla y León, Zamora, León, Palencia, Valladolid, Burgos y Soria, en donde los efectos de la sequía han sido menos severos, así como los de las Islas Baleares y las Islas Canarias, recibirán el 50 % del importe unitario por hectárea de la ayuda.
De estos 357,7 millones de euros, para mitigar la situación de los agricultores con superficies de cultivos herbáceos de secano y de determinados cultivos industriales (tomate de industria y arroz) se destinarán 268,7 millones de euros. Otros 8 millones de euros irán a los productores de la cereza del Valle del Jerte (Cáceres). Mientras que los 81 millones de euros procedentes de la reserva agrícola -concedidos a España por la Comisión Europea- irán a los productores de determinados cultivos leñosos (frutales de pepita, de hueso, tropicales, cítricos y frutos de cáscara).
Para los cultivos industriales, tomate para industria y arroz, se prevé una ayuda para los productores, que excepcionalmente no hayan podido realizar las siembras en las tierras que destinan a tomate o arroz.
Ayudas a los perceptores de la PAC
Estas ayudas se pagarán directamente, a los titulares de explotaciones agrarias que sean beneficiarios de las ayudas directas de la PAC correspondientes al año 2023, cuyo plazo de presentación finalizó el pasado 30 de junio, sin que los beneficiarios tengan que realizar ningún tipo de gestión adicional.
Las ayudas se concederán a partir de un mínimo de 200 euros y estarán limitadas a 300 hectáreas por beneficiario en el caso de las tierras de cultivo de secano y se pagarán mediante transferencia directa por parte del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
81 millones para determinados leñosos
Con cargo al presupuesto de 81 millones de euros de la reserva agrícola se concederán ayudas a los productores de determinados cultivos leñosos (frutales de pepita, de hueso, tropicales, cítricos y frutos de cáscara), ya que se han visto afectados en mayor medida en las fases críticas del cultivo.
En este caso, se establecerán dos zonas con importes de ayuda por hectárea diferenciados. Recibirán el importe unitario por hectárea completo los productores de las provincias de Almería, Granada y Málaga, en Andalucía; así como los productores de Aragón, Cataluña, Navarra, La Rioja y la provincia de Álava, en el País Vasco. Los productores del resto de las provincias de Andalucía, de Castilla-La Mancha, de Extremadura, de Murcia y la Comunitat Valenciana, recibirán el 50 % del importe unitario de la ayuda.
Estas ayudas se pagarán igualmente en forma de subvención directa por parte del FEGA, en base a las superficies elegibles de las solicitudes de la PAC de 2023, con un límite de 70 hectáreas por beneficiario, sin que los productores tengan que realizar ningún tipo de gestión adicional.
Las comunidades autónomas podrán realizar pagos complementarios a los 81 millones de euros procedentes de la reserva agrícola, hasta el límite del 200 % sobre lo concedido en el marco de lo dispuesto en la orden ministerial que hoy se publica, de acuerdo con las condiciones establecidas en la misma.
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