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Aguas de Alcázar no podrá ser empresa mixta

Manifestación 9 de marzo en Alcázar de San Juan // Juventudes Izquierda Unida de Alcázar

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El alcalde de Alcázar de San Juan, Diego Ortega, anunció que el Ayuntamiento retomaría el proyecto de convertir la sociedad municipal “Aguas de Alcázar” en una empresa mixta, tras conocerse la anulación por el Tribunal central de recursos contractuales del procedimiento abierto con ese fin.

Este Tribunal, dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, acordó la anulación por entender, entre otras razones, que no se había acreditado la solvencia de los socios privados seleccionados para constituir una nueva empresa por medio de la enajenación parcial de las acciones de la sociedad municipal. Ortega interpretó que la anulación obedecía a razones meramente formales que dijo trataría de solventar corrigiendo los pliegos de contratación en un nuevo procedimiento.

Sin embargo esa opción, que era viable cuando se licitó inicialmente en noviembre de 2013, ya no es posible tras la entrada en vigor de la Ley 27/2013 de 27 de diciembre de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, la conocida como “reforma local”. Dicha norma establece que los “organismos, entidades, sociedades, consorcios, fundaciones, unidades y demás entes que estén adscritos, vinculados o sean dependientes a efectos del Sistema Europeo de Cuentas, a cualquiera de las entidades locales del artículo 3.1 de esta ley [Municipio, Provincia e Isla] o de sus organismos autónomos, no podrán constituir, participar en la constitución ni adquirir nuevos entes de cualquier tipología.”

Es decir, tal y como aclara la Federación Española de Municipios y Provincias en una Circular, “queda prohibida la constitución de entidades dependientes de otras dependientes directamente de las entidades locales, con independencia de la situación financiera”.

Descartada la posibilidad de constituir una sociedad mixta a partir de la empresa municipal “Aguas de Alcázar”, esa misma Ley 27/2013 obliga al Ayuntamiento de Alcázar a adoptar medidas inmediatas para corregir el desequilibrio financiero de la sociedad, que sirvió de argumento para justificar la venta de acciones para constituir una nueva empresa mixta. En concreto para este tipo de entidad, que desarrolla una actividad de abastecimiento de aguas, se da un plazo hasta el 31 de diciembre de 2015 para la corrección del desequilibrio y si no se ha logrado se procederá a la disolución automática a 1 de diciembre de 2016.

El desequilibrio financiero se identifica con la necesidad de financiación o con la existencia de resultados negativos de explotación en los dos últimos ejercicios contables consecutivos, como es el caso. Para corregirlo, el Ayuntamiento podrá realizar aportaciones patrimoniales o suscribir ampliaciones de capital siempre que en el ejercicio presupuestario anterior hubiera cumplido con los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública y su periodo medio de pago a proveedores no supere en más de treinta días el plazo establecido en la normativa de morosidad.

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