Castilla-La Mancha eliminará la convivencia previa obligatoria para ser pareja de hecho que impuso Cospedal
Se aproxima un cambio sustancial para todas aquellas parejas castellano-manchegas que quiera formalizar su relación como uniones de hecho. El Gobierno regional tiene previsto modificar los cambios que introdujo el Ejecutivo anterior de María Dolores de Cospedal, entre los que se imponía la obligación de un periodo de convivencia de al menos un año para poder registrarse como pareja de hecho. Ahora, ya ha pasado por el periodo de información pública la reforma de este texto para eliminar esa condición. Con ello, se volverá a modificar el decreto original por en el que se creó el Registro regional de Parejas de Hecho en el año 2000.
La Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas ha sido la encargada de poner en marcha esta tramitación para modificar ese cambio introducido en octubre de 2012 mediante, mediante el que se exigía a los solicitantes de la inscripción la acreditación de un periodo de convivencia y empadronamiento en algún municipio de la región de, al menos, los doce meses anteriores a dicha presentación.
Según el nuevo borrador, “razones de índole normativa y de eficiencia administrativa hacen que sea necesario” cambiarlo. El Gobierno actual alega que la jurisprudencia constitucional ha declarado que la regulación normativa de un periodo de convivencia previa “constituye una exigencia que no se adecua al ordenamiento constitucional”. Según apunta, responde “ a un modelo imperativo” y “alejado del régimen dispositivo que resulta acorde a las características de las uniones de hecho, y a las exigencias del libre desarrollo de la personalidad”.
Bastará con el certificado de empadronamiento
Una vez que el Consejo de Gobierno apruebe este decreto, para acreditar la convivencia bastará únicamente con el certificado de empadronamiento de los miembros de la pareja en el mismo domicilio de algún municipio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, sin perjuicio de su acreditación por cualquier otro medio de prueba.
Pero hay más novedades en esta reforma. Se incorpora a la regulación normativa del Registro la posibilidad, hasta ahora imprevista, de que el órgano encargado del mismo pueda “resolver y practicar de oficio” la baja registral de una pareja inscrita en aquellos supuestos en los que le “conste de forma fehaciente que se ha producido el incumplimiento sobrevenido de los requisitos que dieron lugar a la inscripción”.
Asimismo, mientras que no está permitida inscripción alguna sin el consentimiento conjunto de los miembros de la pareja, sí que se podrá solicitar unilateralmente la extinción de la misma, a instancia de uno solo de sus miembros. Se exceptúa de estas últimas previsiones los supuestos de incumplimiento sobrevenido de cualquiera de los requisitos que fueron determinantes para la inscripción, en los que el órgano encargado del Registro “podrá proceder de oficio a la cancelación de la inscripción”.
Actualmente, el Registro de Parejas de Hecho de Castilla-La Mancha tiene inscritas desde su creación, un total de 5.508 uniones, de las que 5.421 son parejas heterosexuales y las 87 restantes están formadas por personas del mismo sexo. En cuanto a la distribución por provincias, Toledo es la que registra un mayor número de uniones, al sumar un total de 2.687 parejas, 2.643 heterosexuales y 44 homosexuales, por lo que representa el 48,78% por ciento del cómputo regional.
La cifra total de parejas inscritas en estos más de 16 años es de 6.311, pero dado que 803 se han dado de baja de dicho registro en este mismo periodo, la cifra total de uniones registradas y vigentes hasta el pasado 30 de junio era de 5.508. En porcentaje, estos datos suponen que el 12,7 por ciento de las parejas que se han inscrito se han dado posteriormente de baja.
El Registro de Parejas de Hecho de Castilla-La Mancha es gestionado por la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, a la que le corresponde tramitar y resolver las solicitudes de inscripción y expedir las certificaciones administrativas sobre su contenido.