Estas son las ayudas que se concederán a hijos e hijas menores de mujeres asesinadas por violencia machista
Ya ha salido a información pública el proyecto de decreto que regula la concesión directa de ayudas a menores de edad en situación de orfandad como consecuencia de la violencia de género y a familiares dependientes de la mujer víctima mortal de crimen machista. Esta regulación está derivada de la aplicación de la Ley para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha aprobada por unanimidad el pasado mes de octubre.
En el texto, el Ejecutivo autonómico y el Instituto de la Mujer establecen como premisa que no pueden ser ajenos “ante la desprotección de hijas e hijos de mujeres víctimas mortales de la violencia machista, que se enfrentan a la pérdida de su madre bajo circunstancias absolutamente traumáticas”. Añade que tampoco puede obviar la situación de familiares dependientes que conviviesen en el mismo domicilio de la mujer asesinada que asumía en vida su cuidado.
Apela así a la ley aprobada contra la violencia machista “como manifestación de la desigualdad, la discriminación y las relaciones de poder asimétricas entre mujeres y hombres”. Para ello destaca las medidas integrales y la reparación del daño mediante este montante de ayudas. Cabe recordar que esta nueva norma reconoce la orfandad absoluta a hijos e hijas de asesinos por cuestión de género aunque el progenitor y asesino esté vivo.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
Las personas beneficiarias de la ayuda a menores de edad en situación de orfandad, por homicidio o asesinato de sus madres como consecuencia de la violencia machista, serán las hijas e hijos menores de edad en situación de orfandad, cuando la última vecindad administrativa de su madre fuese en alguno de los municipios de Castilla-La Mancha. Podrán solicitar esta ayuda la personas que ejerzan su representación legal y para poder acceder a ella deberá reunir una serie de requisitos como no haber cumplido los 18 años, estar escolarizado/a en un centro educativo de la región y estar en posesión del Número de Identificación de Extranjeros (NIE) en caso de personas extranjeras.
En cuanto a la ayuda para familiares en situación de dependencia de la mujer víctima mortal, podrá solicitar la ayuda la persona que ejerza también su representación legal. Para ello tienen que convivir en el mismo domicilio que habitaba la mujer asesinada, debe ser familiar consanguíneo, tener reconocido alguno de los grados de dependencia establecidos en la ley, y tener domicilio y residencia efectiva en Castilla-La Mancha.
La cuantía máxima individual de la ayuda a menores de edad en situación de orfandad ascenderá por cada hijo o hija de la mujer víctima mortal de violencia machista, cuando el asesinato lo haya cometido el padre, a 4.000 euros anuales. En el caso de que el crimen lo cometiera el hombre con el que la madre mantuvo una relación afectiva, será de 2.000 euros anuales. Las ayudas a menores de edad en situación de orfandad se concederán por un año renovable hasta alcanzar los 18 años. Las personas beneficiarias tendrán que solicitar la renovación de la misma dentro de los seis meses anteriores a su vencimiento.
Ayudas para personas con dependencia
Por otro lado, la cuantía máxima individual de la ayuda a familiares en situación de dependencia de la mujer víctima mortal será de 4.000 euros anuales en Grado I de dependencia, 9.000 euros en Grado II, y 15.000 euros en Grado III.
El crédito disponible en el ejercicio 2019 para atender a las ayudas por orfandad se estima en 70.000 euros, y en 50.000 euros el de los familiares en situación de dependencia, aunque la cuantía total tantos de fondos propios como finalistas podrá incrementarse previa publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) de una resolución asignando mayor crédito disponible para la concesión de ayudas. Las ayudas que contempla el decreto se financiarán con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes al fondo finalista del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, o la que en cada momento se encuentre habilitada para este fin en los Presupuestos de Castilla-La Mancha.
En el presente ejercicio, el plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de este decreto, cuando se apruebe, en el DOCM, y finalizará el 31 de diciembre de 2019.