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Ex altos cargos se contradicen con la autorización por la que siguió operando la planta incendiada de Chiloeches pese a sus deficiencias

Macrojuicio por el incendio de una planta de residuos peligrosos en Chiloeches

Alicia Avilés Pozo

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Primeras comparecencias en el macrojuicio por el incendio de una planta de residuos peligrosos en Chiloeches (Guadalajara) en agosto de 2016. Dos ex altos cargos del Gobierno de Castilla-La Mancha han eludido su responsabilidad en no poner fin a las deficiencias detectadas por algunos vertidos y por la falta de planes de gestión, de emergencias o de afectación medioambiental en estas instalaciones desde el año 2007, y que no derivaron ni en el cierre ni en la clausura de la misma. La complejidad técnica y documental de la legislación en materia de medio ambiente también ha quedado patente durante estos primeros interrogatorios.

El primero en comparecer ha sido Miguel Ángel Yuste, ex director general de Evaluación Ambiental, para el que la Fiscalía pide 12 años de inhabilitación para empleo o cargo público, y 28 meses de multa de cuota diaria de 20 euros, por el delito continuado de prevaricación administrativa medioambiental. Yuste ocupó este cargo desde octubre de 2005 hasta septiembre de 2008, con el Ejecutivo del socialista José María Barreda.  

El Ministerio Fiscal se ha centrado principalmente en el procedimiento administrativo mediante el cual se tramitó el expediente de autorización ambiental integrada para las instalaciones, pertenecientes a la empresa KUK Medioambiente, también imputada en el proceso. La fiscal se ha interesado por las infracciones que ya se ponían de manifiesto desde mayo de 2007 por vertidos y derrames cuando, sin embargo, luego no constaba su subsanación. A este respecto, Yuste ha manifestado en todo momento que no conocía los detalles del expediente porque “había miles” y que si los técnicos consideraron que las infracciones continuaban, se lo hubieran comunicado. “Si no me dicen nada, pienso que las cosas van siguiendo su cauce”.

Ha confirmado Yuste que en ningún momento se llevó a cabo un expediente sancionador contra la empresa porque la Administración debía seguir el trámite de solicitud de autorización ambiental integrada que ha desligado de la competencia en gestión de residuos. En ese sentido, ha dicho que quienes conocía el procedimiento eran los técnicos. “Están formados para ello y yo, como director general, si ellos me dicen algo, no lo voy a cuestionar”. Preguntado por si no se interesó por el resultado de los requerimientos de los técnicos, ha contestado que no se dedicaba “a un expediente al día”. “Tampoco sabría gestionarlo ni tengo los conocimientos para entrar en los entresijos de un expediente en concreto”, ha recalcado.

Del silencio administrativo al trámite de “audiencia”

Dicho esto, la fiscal ha puesto sobre la mesa el cumplimiento del plazo para resolver el expediente de esa autorización y ha preguntado por las causas de que no fuera así. El imputado ha alegado que el “silencio administrativo se considera negativo” y que en las inspecciones que se realizaron durante ese año no le constaba que hubiera “ninguna circunstancia anómala” pese a que en el expediente se habla de “subsanaciones” de vertidos hacia el exterior. En este punto, ha argumentado que la Dirección General de Evaluación Ambiental perdió las competencias en materia de residuos peligrosos, que asumió la Dirección General de Calidad Ambiental. Es esta circunstancia la que más ha repetido para justificar el desconocimiento de las irregularidades, junto con el hecho de que “un director general no está con todos los expedientes encima de la mesa”.        

Pero al disponer aún su departamento de las competencias en materia administrativa, como el de la autorización ambiental a las instalaciones de la empresa, Yuste ha explicado que si había “algún motivo para clausurar la planta, eso le correspondía a otra Dirección General”. Y asimismo, ha afirmado que la autorización otorgada en abril de 2008 no fue tal, sino un trámite de “audiencia” porque se habían cumplido los plazos para que las instalaciones cumplieran todos los requisitos. Ha negado por tanto que en esa fecha se aprobara una autorización como tal. “Era solo un trámite y si no la tenían, no podían seguir funcionando”.

Otra interpretación del expediente hace Carlos José Blázquez, quien ocupó ese mismo cargo de 2009 a 2011, también con el Gobierno de Barreda y para quien la Fiscalía pide tres años de prisión por un delito continuado de prevaricación administrativa medioambiental. Ha contado que cuando accedió al cargo conocía la resolución de abril de 2008 y que la consideró como autorización ambiental. “Tiene el mismo poder administrativo”, ha afirmado, al contrario que su antecesor. A ello ha añadido que durante su estancia en el cargo lo que se tramitó fue una ampliación de la misma por solicitarlo la empresa y que todos los documentos que firmó durante su estancia en el cargo fueron “de trámite”.

Preguntada por la fiscal sobre la contradicción de que un trámite de audiencia pasara a considerarse una autorización ambiental integrada, ha dicho que “a la vista de los documentos, así se consideró” también por parte de los técnicos.  

Además, Blázquez ha explicado que la empresa quiso realizar una modificación de sus instalaciones, para lo que fue necesario iniciar otro expediente para ampliar esa autorización ambiental. Respecto a este punto, la fiscal ha puesto sobre la mesa el hecho de que la planta no aportara al expediente documentación relativa a planes de emergencias, programa de vigilancia y evaluación de riesgos, o de contención de derrames. El imputado ha afirmado que esa documentación se le requirió a la empresa y que de cualquier forma “un director general no entra en las tripas de un expediente”.

La fiscal le ha recordado que esa documentación ya se requirió con carácter anterior a su autorización ambiental de 2008 -“que permitió a la empresa seguir operando”- y que por lo tanto ya había un incumplimiento de la misma. “No me consta nada de eso”, ha respondido Blázquez alegando que entonces no estaba en ese puesto. Y también ha subrayado que no se incoó ningún expediente sancionador porque la ampliación de instalaciones estaba en trámite pese a que, como ha recordado la Fiscalía, ya existía un informe urbanístico negativo de la planta y no se habían subsanado las ilegalidades. “No archivamos el expediente porque cuando se presenta documentación en el trámite de audiencia no puede haber todavía resolución definitiva, teníamos que admitirla y revisarla”.

Las comparecencias de este macrojuicio, que se alargará previsiblemente hasta diciembre, seguirán mañana con Matilde Basarán Conde, directora general de Calidad e Impacto Ambiental entre 2011 y 2015, para quien la la Fiscalía pide tres años de prisión por un delito continuado de prevaricación administrativa medioambiental; y con Olga Villegas Sánchez, jefa de Servicio de Control de Calidad entre 2013 y 2018, para quien solicita dos años de prisión.

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