Guadalajara, tercera capital de provincia de Castilla-La Mancha con restricciones para frenar la expansión de la COVID
La Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha ha emitido una resolución para la adopción de medidas especiales destinadas la contención de la expansión de la COVID-19 en Guadalajara capital. Se trata de la tercera capital provincial de la comunidad autónoma con estas restricciones, después de Toledo y de Ciudad Real. El Gobierno autonómico ha destacado que estas medidas se toman por la “intensa relación-laboral” con la Comunidad de Madrid, donde los contagios se han disparado y por la incidencia de las últimas semanas. Todas las medidas reflejadas en este documento se aplicarán durante 14 días pudiendo prorrogarse hasta 28 días en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad, como ha sucedido precisamente en Toledo y Ciudad Real.
Según los datos de Sanidad, la tasa de incidencia acumulada de las últimas tres semanas (en torno a 300 casos por 100.000 habitantes en cada una de ellas) y el elevado número de casos registrados en esas semanas (756 casos) con una tendencia creciente, se sitúan claramente por encima de los umbrales de alerta establecidos en Castilla-La Mancha (100 casos por cada 100.000 habitantes y 10 casos semanales).
Todo ello indica que Guadalajara se encuentra “en un escenario de transmisión comunitaria” lo que aconseja la adopción de restricciones complementarias a las medidas generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en todo el territorio regional.
Entre las medidas a adoptar destaca el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales. Respecto a bares, restaurantes y establecimientos de hostelería similares, el aforo se reducirá al 50 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente para consumo en el interior del local. Por su parte, las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
En cuanto a los centros socio-sanitarios, se procede a la suspensión cautelar de la actividad en los centros de día y servicios de estancias diurnas, así como a la supresión de visitas sociales en residencias de mayores y viviendas tuteladas de mayores. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario y no se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público) y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta.
Al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días. Los residentes con IgG positiva previa, o que hayan superado la COVID-19 en el plazo de los seis meses previos (considerando caso con infección resuelta) no precisarán de dicho aislamiento preventivo. A los trabajadores que, tras su periodo vacacional, se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.
Actividades sociales y medidas complementarias
Respecto a las actividades religiosas de ámbito social, todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50 por ciento de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal. Asimismo, se procede a la restricción del número de personas en velatorios y cortejos fúnebres a un máximo de 10, mientras el número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos se establece un máximo de 25.
Como medidas complementarias se suspenden los eventos deportivos con asistencia de público promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares. Se podrá valorar su autorización en el caso de realizarse sin asistencia de público.
Igualmente, se establece un aforo máximo del 50 por ciento en cines, teatros y auditorios y del 50 por ciento en bibliotecas, museos y visitas a monumentos. Los hoteles sólo podrán contratar el 75 por ciento de su capacidad y el uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50 por ciento. También se procede a la supresión de espectáculos taurinos, de mercadillos y al cierre de parques y jardines. Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50 por ciento, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.
Asimismo, se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo u convivencia estable, así como que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes.
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