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El pasado 21 de junio, se publicó la Propuesta de Proyecto de Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo, el denominado Borrador del Plan del Tajo. En opinión del Grupo de Investigación del Tajo de la Universidad de Castilla-La Mancha, desde el punto de vista técnico, este borrador resulta, cuanto menos, muy, muy poco ambicioso, considerando que el objetivo de un Plan debe ser, fundamentalmente, recuperar el buen estado ecológico de todas sus masas de agua y mantener el de las que todavía lo tienen.
Centremos la atención en los caudales ecológicos mínimos, por concretar en el tema que más ríos de tinta está generando, sin entrar en las demás componentes del caudal ecológico que tan necesarias son para el río, para sus hábitats y especies, como son los caudales de crecida, los caudales máximos y las tasas de cambio. Y, entre ellos, en los que se han establecido en Aranjuez, ya que estos son los que condicionan los desembalses al Tajo desde el Embalse de Bolarque.
En Aranjuez y en tres de las masas de agua inmediatamente aguas arriba de Aranjuez, que recordemos forman parte de la Red Natura 2000, ya que son consideradas Zonas de Especial Conservación (ZEC) y Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), los caudales ecológicos se han establecido de forma progresiva hasta 2027, estando fijados hasta 2025 unos caudales prácticamente iguales a los que están vigentes en la actualidad de 6 m3/s en Aranjuez. En la siguiente figura puede apreciarse cómo la supuesta mejora en los caudales ecológicos mínimos no es en verdad tal, no difiere prácticamente nada de lo que estaba fijado ya (véanse las líneas roja y amarilla). Este mal denominado por la Confederación como caudal ecológico mínimo no puede ser calificado como la cantidad mínima de agua que debe circular por el río para que se mantengan y mejoren los hábitats y especies de la zona. Por el contrario, la línea azul, que es la que se propuso en el recurso ante el Tribunal Supremo, permitiría ver un río Tajo en movimiento en Aranjuez, permitiría recuperar parte de su condición de río y permitiría mejorar el estado de conservación de la fauna piscícola.
Pero, es más, si se fijan en la forma de las líneas, se ha pasado de un valor de caudal ecológico mínimo fijo, el mismo todos los meses del año (línea roja), a establecer un régimen trimestral (línea amarilla) en vez de mensual, lo cual difícilmente puede conseguir reproducir el comportamiento natural de un río. ¿Alguien puede imaginarse que durante tres meses seguidos pueda ser válido el mismo valor mínimo? ¿Creen ustedes que se parece mucho un río natural en octubre y en diciembre? Y no solo esto, sino que la trimestralización se hace a partir de una raíz cúbica, que aplana la curva más de los debido, por lo que, en definitiva, reproduce peor el comportamiento del régimen natural que lo que lo haría la raíz cuadrada.
Si bien no compartimos el criterio de elegir el caudal ecológico mínimo entre los percentiles 5 y 15 de la curva de caudales naturales, en este caso, los valores aportados se encuentran por debajo del mínimo exigido, el percentil 5. Esto significa que el borrador incluye un caudal “ecológico” mínimo tal que menos del 5% de los días (¿un 2 o un 3%?), el caudal natural estaría por debajo de ese. Dicho de otra manera, ¿un 97 o 98% de los días circularía más agua en régimen natural que ese que se ha fijado? Esto, cuanto menos, no parece responder al calificativo de ecológico. En definitiva, en este borrador, de los límites que establece la normativa para definir dichos caudales ecológicos mínimos, se han elegido los menos generosos con el río y la vida que se desarrolla en él, estando en algunos casos por debajo de los mínimos permitidos.
Además, recordemos que las sentencias del Tribunal Supremo obligan a la Confederación Hidrográfica del Tajo a establecer caudales ecológicos, con todas sus componentes, en todas las masas de agua de la demarcación. Pero esto no implica elegir unos cualesquiera, casi iguales que los que había, y plasmarlos en el papel. No se trata de eso. Ya el Tribunal Supremos dijo que eso no cumplía con la normativa. Y menos aún se trata de negociar políticamente las decisiones técnicas de la Confederación Hidrográfica del Tajo. Los técnicos siguen una metodología, con unos rangos (se puede ser más generoso con el río o menos) pero, a posteriori, la negociación política no debería bajar del peor de los casos, porque el río no entiende de acuerdo político.
Como ocurre con la educación, el cuidado del medio ambiente debe hacerse con tiempo, es una cuestión cuyas medidas se observan a largo plazo. Subir 0,5 m3/s el caudal mínimo en los meses de verano en Aranjuez (de 6 a 6,5) no parece que vaya a conseguir nada. La cuenca del Tajo no puede esperar más. Urge una solución para el rio.
El pasado 21 de junio, se publicó la Propuesta de Proyecto de Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo, el denominado Borrador del Plan del Tajo. En opinión del Grupo de Investigación del Tajo de la Universidad de Castilla-La Mancha, desde el punto de vista técnico, este borrador resulta, cuanto menos, muy, muy poco ambicioso, considerando que el objetivo de un Plan debe ser, fundamentalmente, recuperar el buen estado ecológico de todas sus masas de agua y mantener el de las que todavía lo tienen.
Centremos la atención en los caudales ecológicos mínimos, por concretar en el tema que más ríos de tinta está generando, sin entrar en las demás componentes del caudal ecológico que tan necesarias son para el río, para sus hábitats y especies, como son los caudales de crecida, los caudales máximos y las tasas de cambio. Y, entre ellos, en los que se han establecido en Aranjuez, ya que estos son los que condicionan los desembalses al Tajo desde el Embalse de Bolarque.