Cuando la plaza Mayor de tu pueblo se queda sin celebraciones multitudinarias por “exceso de ruido” y por orden judicial

La plaza Mayor de Ocaña deberá permanecer en silencio hasta nuevo aviso. En el corazón de esta localidad toledana, un espacio declarado Bien de Interés Cultural (BIC), no podrán celebrarse eventos, tal y como dicta un auto judicial.

La espectacular plaza neoclásica de este municipio de algo más de 10.000 habitantes fue construida en en el siglo XVIII. Desde hace décadas, acoge las principales celebraciones festivas locales: desde las fiestas patronales hasta su Semana Santa, que está declarada de Interés Turístico Nacional. Hasta ahora.

Un auto judicial fechado en julio de 2023 ha decretado la suspensión provisional de todas las actividades que superen los “límites ordinarios” de ruido. El juzgado impone medidas cautelares hasta que haya una sentencia firme.

El origen está en la denuncia de dos vecinas que viven en las inmediaciones de la plaza Mayor, según explican desde el Ayuntamiento. Afecta a diversas actividades como eventos festivos y musicales “de cualquier índole”, conciertos o actividades “multitudinarias con música y sonido”, en las que el documento judicial incluye también las fiestas patronales.

Además, se sugiere la reubicación en un lugar “apropiado” conforme a las molestias que generen los ruidos. Todas las actividades en la plaza, que como Bien de Interés Cultural en Castilla-La Mancha debe ser protegido por las administraciones públicas quedan suspendidas hasta que exista una sentencia firme.

Es “un jarro de agua fría”, dice el Ayuntamiento

El Gobierno municipal, que lo es del PSOE, gracias a un pacto con la organización local Aquí Ahora, anunció la paralización de una serie de festividades nada más conocer las medidas cautelares ordenadas por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Toledo. “Todos los abogados nos dicen lo mismo, que no podemos realizar ninguna actividad que supere la normativa de ruidos y horarios. Así que hemos suspendido los eventos programados para Navidad”, explica el concejal Juan José Rodríguez, con competencias en Urbanismo.

Eso sí, la decisión de suspender ha tardado en llegar, así que, según ha podido saber elDiarioclm.es las denunciantes manifestaban recientemente ante el juzgado el incumplimiento del auto y solicitaban medidas “coercitivas” destinadas al Gobierno municipal.

El auto judicial les llegó como un “jarro de agua fría”, reconoce. Principalmente porque ahora el “corazón de la ciudad” ha dejado de latir. “Hemos podido reubicar algunos eventos, como el baile de fin de año al pabellón polideportivo o la cabalgata de Reyes Magos para no dejar a los niños sin ellos. Pero otros los hemos tenido que suspender”, asegura. Entre ellos, eventos tradicionales como los villancicos desde los balcones del Ayuntamiento o el espectáculo musical 'FelizOcaña' desde los balcones del Ayuntamiento, programado para el día 23 de diciembre.

El Ayuntamiento ya ha recurrido el auto, pero están a la espera de conocer la decisión judicial y además han solicitado también una “aclaración” del mismo. “Todos los abogados que hemos consultado nos dicen que sencillamente no podemos realizar ninguna actividad que supere la normativa de ruidos y horarios establecidos”, señala Rodríguez. “Pero la plaza Mayor de Ocaña es el corazón del pueblo y lo es desde hace décadas. Siempre se han celebrado aquí las fiestas patronales, incluso antes estaba el ferial en la plaza”, recuerda.

Nunca había habido una situación de esta índole

Rodríguez lamenta la denuncia de dos personas que viven en la plaza “desde hace décadas”. “Entiendo que se genera ruido, pero vivir en la plaza de Ocaña tiene sus ventajas y sus inconvenientes como todo. Las viviendas se arreglan con dinero público, porque son Bien de Interés Cultural y viven alrededor de 25 familias y nunca había habido una situación de esta índole”, señala el edil.

Por ahora, han tenido que suspender actividades navideñas, pero Rodríguez ya piensa en la Semana Santa, ya que las procesiones, con su correspondiente banda de música, también pasan por el lugar. “Y son parte de una celebración de Interés Turístico Nacional”, recuerda.

“El auto habla de que se deben tomar las medidas cautelares hasta que haya sentencia firme y esto puede tardar años. Por ahora, lo único que sabemos es que tenemos que hacer esto hasta que se conozcan los resultados del recurso”, lamenta el edil.

En el documento jurídico al que ha tenido acceso elDiarioclm.es se piden las medidas cautelares y se exponen los “altos valores de ruido” que se producen en la plaza Mayor, así como la “afectación del normal desarrollo de la vida” en las viviendas “afectadas” y también en los habitantes de las mismas. Además, la parte solicitante de las medidas señala que existe “ausencia de título jurídico” para justificar la celebración de este tipo de actos. Por su parte, el Ayuntamiento se opone alegando que el Consistorio “puede ajustar su conducta a derecho”. Los tribunales le ha dado la razón, por ahora, a la parte solicitante.

El precedente de Puerto Lápice, en Ciudad Real

No es la primera vez que pasa algo así en Castilla-La Mancha. Existe un antecedente jurídico en la localidad ciudadrealeña de Puerto Lápice, impulsado también por una vecina. Además, en el caso del pueblo en la provincia de Ciudad Real se realizaron dos procesos, en concreto para los eventos de verano y de invierno. Se llegaron a adoptar dos tipos de medidas cautelares distintas para cada uno de los periodos.

En el auto que afecta a las celebraciones en Ocaña citan el razonamiento de estas sentencias, al considerarlas “plenamente aplicables a las presentes circunstancias”: “Afirmamos que el interés de la recurrente al descanso, a la protección del domicilio, a la integridad física, a la intimidad... es muy superior y no tiene parangón con el supuesto interés general que defiende el Ayuntamiento”.

En Puerto Lápice se limitaron las actividades en la plaza de la Constitución a “únicamente” los días sábados y como máximo hasta las 2:30 de la madrugada, entre los días 15 de julio y 6 de septiembre.

En el caso de Ocaña, el juzgado toledano recuerda que el derecho al descanso y la salud de las personas demandantes es “fundamental” y, además, está “protegido” en los convenios internacionales. En cuanto a las fiestas y ferias locales, resaltan que son efectivamente un evento “esencial” para la comunidad local, pero también puntualizan que “no tienen por qué estar vinculados a un marco concreto del municipio y pueden desarrollarse en otros espacios”.

Al respecto, se apoyan también en el caso de Puerto Lápice como antecedente jurídico. De todos modos, se señala que se podrán “realizar otro tipo de actividades culturales”. Pero “siempre con respeto a la normativa sobre espectáculos públicos, ruido y horarios”.

Por cierto, el Ayuntamiento de la localidad de Ciudad Real tuvo que indemnizar con 1.000 euros a los vecinos afectados, según una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en 2022. Entonces, primó el interés de una familia al descanso, a la protección del domicilio, a la integridad física, y a su intimidad, sobre el interés general que defendía el Ayuntamiento que, además tuvo que indemnizar con 1.000 euros a los vecinos afectados.