La jueza ha condenado a tres años y medio de cárcel a un hombre por la agresión homófoba que perpetró a un joven en el metro de Barcelona en el año 2019. La magistrada castiga los hechos como un delito de lesiones graves con la agravante de discriminación por orientación sexual, e impone al condenado una indemnización a la víctima por valor de casi 10.000 euros. Otros dos acusados por la Fiscalía, la Generalitat y el Ayuntamiento han sido absueltos por no quedar suficientemente acreditada su participación en los hechos.
La sentencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es, recalca el móvil homófobo de los hechos desde el momento en que los acusados coincidieron con la víctima en un vagón de la Línea 1 la madrugada del 12 de enero de 2019 hasta el momento en que se consumó la agresión en el andén de la parada de Urquinaona. Por la misma agresión ya fue condenado a 22 meses de libertad vigilada un menor de edad.
El primero en hostigar a la víctima dentro del vagón fue el menor de edad, quien empezó a realizar “gestos afeminados” con la intención de “ridiculizar” a la víctima, destaca la sentencia. Tras cambiar de asiento, el menor siguió acosándolo –“qué pasa, que eres maricón”–, tras lo cual la víctima comunicó la situación por el teléfono interno del vagón y descendió del metro. No consiguió salir del andén.
“De manera sorpresiva, por detrás y con clara intención de menoscabar su integridad física”, relata la sentencia, el menor de edad fue el primero en dar un golpe en el cuello de la víctima, que inmediatamente cayó al suelo. Luego el mayor de edad ahora condenado prosiguió con la agresión propinando varias patadas y puñetazo a la víctima, quien solo pudo protegerse “acurrucándose en una posición fetal defensiva ya que tuvo la sensación de estar rodeado”.
En el juicio, los acusados se escudaron en la desmemoria y se desmarcaron de la agresión, pero la sentencia recuerda que la grabación de las cámaras de videovigilancia del metro los muestran bajarse del vagón y perseguir a la víctima hasta abalanzarse sobre él para golpearle. En su declaración, la víctima relató que se sintió “acorralado” por el grupo de acusados, sin defensa posible, y que aún sufre ansiedad cuando viaja en transporte público: “Si voy con un chico evito las muestras de afecto”.
La magistrada castiga la agresión como un delito de lesiones agravadas por la forma en que se perpetró el ataque: por la espalda, con fuerza y cuando la víctima iba andando hacia las escaleras para salir del andén. El condenado, abunda la jueza, “se aprovechó” de que la víctima ya estaba en el suelo “sin capacidad de reacción para propinarle la primera de las patadas y así continuar con los golpes y patadas por todo el cuerpo”.
“La agresión se produjo por razón de la orientación sexual de la víctima”, zanja la jueza, que justifica la imposición de la agravante por homofobia ya que el condenado sabía que el agredido era homosexual porque el menor de edad ya lo había increpado antes por este motivo y él lo había observado sin recriminarle su actitud.