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Fiscalía archiva la denuncia “más política que jurídica” de Cs contra el Govern por el castellano en clase

Josep González Cambray, en su despacho

elDiario.es Catalunya

4 de mayo de 2022 13:37 h

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La Fiscalía ha archivado la denuncia de Cs contra el conseller de Educación, Josep González Cambray, por incumplir la sentencia que impone un 25% de clases en castellano, al considerar que es “más política que jurídica”, y ha insistido en que son los directores de los centros los responsables de implantarla.

En su decreto de archivo de la denuncia, el fiscal superior de Catalunya, Francisco Bañeres, recuerda que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que impone el castellano en las aulas está en proceso de ejecución, por lo que cree “prematuro” pronunciarse sobre si ha existido “incumplimiento o desatención” de la misma por parte del departamento de Educación, informa EFE.

Además, según la Fiscalía, “al menos hasta la fecha” parece que las autoridades del Departamento han cumplido con las sentencias en materia lingüística en los colegios, ante las “sucesivas reclamaciones individuales” presentadas por familias de alumnos.

El ministerio público considera que la denuncia de Cs “tiene un contenido de naturaleza más política que jurídica”, dado que atribuye responsabilidades a Cambray y a toda “una pléyade de autoridades y funcionarios de diversa condición”, sin que se concrete la conducta que pueda ser delictiva en cada uno de ellos.

En ese sentido, subraya que la sentencia está en proceso de ejecución por parte del TSJC y que “resulta prematuro pronunciarse sobre si, a fecha de hoy, y sin que conste deducción de testimonio por parte de la autoridad judicial, ha existido incumplimiento o desatención al mandato” de la sala.

Para la Fiscalía, en el caso de Cambray y los responsables del departamento, “no consta acreditada, siquiera indiciariamente, la existencia de un plan criminal en el que hubieran convergido las voluntades de una gran parte de autoridades” con el fin de “orillar” la legalidad “constitucional, estatutaria y sectorial” respecto al aprendizaje de las lenguas cooficiales.

Tampoco consta, según Fiscalía, que “se haya dictado orden o instrucción concreta con eficacia en el plano administrativo tendente al desacato de lo resuelto por el tribunal”. Recalca el fiscal que, a diferencia de anteriores resoluciones, la sentencia del TSJC tiene un “alcance general”, por lo que cualquier ciudadano con interés legítimo o asociación que actúe en su nombre puede solicitar su “inmediata ejecución” al Departamento de Educación, sin necesidad de acudir a un nuevo proceso judicial.

Además, en opinión del ministerio público, sin perjuicio de que el Departamento de Educación pueda “impartir instrucciones unificadoras” a los colegios, es al director del centro a quien “le corresponde la competencia y el deber de diseñar el plan lingüístico” de la escuela.

“La clara e ineludible competencia de los directores y directoras de los centros con relación a la confección, modificación y adaptación de los proyectos lingüísticos y educativos resulta evidente a la luz de las disposiciones que se acaban de dictar”, añade el decreto. En ese sentido, insiste el fiscal en que los términos de la sentencia son “suficientemente claros y explícitos” y que su mandato es “perfectamente comprensible por sus destinatarios, los cuales quedan ligados a su cumplimiento”.

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