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La Fiscalía insiste en que la CDR Tamara Carrasco creó “un entorno social violento” y recurre su absolución

La activista de los CDR Tamara Carrasco

Oriol Solé Altimira

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La Fiscalía ha recurrido ante el Tribunal Supremo la absolución de Tamara Carrasco, la CDR que fue detenida en 2018 acusada de terrorismo, al entender que el audio de Whatsapp que envió a un grupo de amigos animando a ocupar el puerto o Mercabarna fue un “punto de partida en el proceso hacia la violencia real” y contribuyó a “crear un entorno social violento e intimidatorio”.

En su escrito, la Fiscalía pide al Tribunal Supremo que revoque la absolución de Carrasco, dictada por un juzgado de lo penal de Barcelona y después confirmada por la Audiencia de Barcelona, y la condene a una pena de siete meses de cárcel por un delito de incitación a los desórdenes públicos. Se trata de un tipo penal introducido por el PP en su reforma de 2015 y del que no hay jurisprudencia.

La activista fue detenida por la Guardia Civil acusada de terrorismo y permaneció más de un año confinada en Viladecans (Barcelona) por orden de la Audiencia Nacional, pero finalmente fue juzgada por un delito de incitación a los desórdenes públicos por enviar un audio sobre movilizaciones independentistas planeadas para la Semana Santa de 2018, entre ellas la ocupación del puerto y el aeropuerto, que no llegaron a consumarse.

La jueza absolvió a la CDR, defendida por el abogado Benet Salellas, al concluir que enviar mensajes o consignas a un grupo de amigos en un chat no constituye una difusión o distribución pública de su contenido. En cambio la Fiscalía mantiene que, con independencia del número de miembros del chat al que la acusada envió sus mensajes, Whatsapp es “un potencial canal de distribución a gran escala”.

El fiscal carga contra la magistrada que absolvió a Carrasco porque, a su juicio, desconoce la “realidad social” en Catalunya durante los años 2017, 2018 y 2019, y recuerda que lo habitual para convocar actos masivos es recurrir a la mensajería instantánea por whatsapp. “Convocar a un número indeterminado de personas a ocupar el puerto o el aeropuerto necesariamente significa asumir que el grupo será muy grande y que es seguro que habrá violencia, porque son instalaciones protegidas por los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado que necesariamente van a reaccionar”, añade.

El mensaje remitido por la acusada, concluye el fiscal, generó un “gran peligro, debido a que era el punto de partida en el proceso hacia la violencia real”, como así lo demuestran, a su parecer, “los hechos acaecidos con posterioridad” en Catalunya, sin más concreción.

Por su lado, Salellas ha reprochado que la Fiscalía reclame “una reinterpretación muy expansiva” del delito de incitación a los desórdenes públicos, y ha alertado de que si el Supremo condena a Carrasco cualquier mensaje en un grupo de Whatsapp podría considerarse difusión pública. Según la defensa, la postura del fiscal implica “que se tiene que castigar con independencia de lo que pase después o de si hay o no incidentes provocados por ese mensaje”.

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