La Confederación del Tajo confirma vertidos industriales “no autorizados” en dos polígonos de Cabanillas del Campo
La Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT) ha confirmado a eldiarioclm.es que ha iniciado las “inspecciones oportunas para valorar si se está produciendo una infracción” en Cabanillas del Campo (Guadalajara) relacionada con un vertido procedente del Polígono Industrial ‘La Quinta’ en esta localidad del Corredor del Henares.
En estas inspecciones, explica la CHT, se ha comprobado que el vertido se ha producido “a través de un punto de alivio de una estación de bombeo de la red de saneamiento. La causa ha sido la avería del bombeo” que, matiza, “lleva averiado un tiempo según los gestores de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Cabanillas”.
El organismo regulador de la cuenca del Tajo ha reconocido, a preguntas de eldiarioclm.es, que desconocía la existencia de este vertido que se suma a otros que, de forma reiterada, se venían produciendo en otro de los polígonos industriales de la localidad (Cantos Blancos) y por los que el Ayuntamiento ha sido multado.
A comienzos de semana, Ecologistas en Acción y el Grupo Local WWF Guadalajara denunciaban la existencia de un vertido “continuado e incontrolado” en el arroyo Cabanillas, proveniente de un colector de aguas residuales industriales en el Polígono Industrial ‘La Quinta’. Los vertidos procedentes de este colector, comentaban, “no reciben el tratamiento obligatorio de depuración de aguas residuales previo, y acaban en el río Henares”.
Ambas organizaciones ambientalistas creen que este vertido podría ser constitutivo de un delito contra el medio ambiente, además de una posible infracción administrativa, por lo que lo han comunicado a la Fiscalía de Medio Ambiente de Guadalajara para su estudio y evaluación.
El Ayuntamiento criticó a la CHT por su “lentitud e inoperancia”
El Ayuntamiento confirmaba el martes a eldiarioclm.es la existencia de vertidos, “desde hace más de 30 años”, alegando que ha sido el actual alcalde, José Salinas, quien desde 2016 trabaja para poner solución al problema.
Fuentes municipales consultadas echaban la culpa a la Confederación Hidrográfica del Tajo por su “lentitud e inoperancia” ya que, añadían, el organismo sigue sin dar luz verde a una estación de bombeo que el Consistorio quiere construir para derivar las aguas residuales a la depuradora local. Lo que no mencionaron las citadas fuentes es que ya existe una, aunque actualmente tiene problemas de funcionamiento.
“Hasta la fecha de hoy no se había identificado ningún vertido procedente del Polígono Industrial La Quinta”, señala la Confederación Hidrográfica del Tajo,“por lo que no se han iniciado actuaciones sancionadoras al respecto al no haber constatado la comisión de una infracción administrativa conforme a la legislación de aguas”.
En cambio, señala, la Confederación sí tenía conocimiento de la existencia de otros dos vertidos de aguas residuales “no autorizados” y que, en su caso, proceden de otro polígono industrial de la localidad (Cantos Blancos) que terminan en el arroyo Cabanillas y que se localizan en un lugar próximo a la autovía A-2.
El Ayuntamiento no incluyó al gestión de vertidos de ‘La Quinta’ en su proyecto
La Confederación del Tajo confirma que lleva tramitando desde diciembre de 2017 el expediente para la construcción de una Estación de Bombeo de Aguas Residuales (EBAR) en la parcela 20 del polígono industrial nº 2, para captar los vertidos provocados por el polígono industrial Cantos Blancos, situado a ambos lados del arroyo Cabanillas (próximo a su desembocadura en el río Henares, junto a la autovía A-2) y posteriormente conducirlos a la estación depuradora de Cabanillas del Campo.
También explica que en febrero de 2018 se pidió al Consistorio cabanillero subsanar algunas cuestiones del proyecto. “El Ayuntamiento ha solicitado varias prórrogas finalizando el proceso de subsanación el 6/11/2018, es decir, prácticamente un año después de la presentación de la solicitud”.
Tras el análisis de la documentación se denegó la solicitud al Ayuntamiento y ya en septiembre de 2019, sin que el Consistorio presentase alegación alguna, se emitió resolución denegatoria.
La razón, explica la CHT, “se debe a que el caudal vertido en el punto de alivio proyectado en la EBAR supone una alteración significativa del régimen natural de corrientes del arroyo Cabanillas, considerada inadmisible para cumplir con los objetivos generales de protección de los cauces” establecidos en la Ley de Aguas.
Contra la resolución denegatoria, el Ayuntamiento de Cabanillas presentó recurso de reposición en octubre de 2019 y actualmente se encuentra en tramitación.
Mientras tanto, la denuncia de las organizaciones ecologistas ha puesto de manifiesto que no solo se producen vertidos en un polígono sino en dos en esta localidad de Guadalajara.
Tras la denuncia de los colectivos ecologistas, la Confederación Hidrográfica señala que el Consistorio no ha mencionado el problema de vertidos en un segundo polígono industrial. “En el proyecto que dio sustento al expediente mencionado no se definía ninguna gestión de los vertidos del polígono industrial ‘La Quinta’, situado más al oeste, y no se está tramitando ningún expediente de autorización de obras relacionado con este vertido”.
Desde la Confederación Hidrográfica del Tajo explican a eldiarioclm.es que, en las distintas reuniones mantenidas con el Ayuntamiento, este “ha mostrado su total interés en corregir las deficiencias que dieron lugar a la denegación” y que se le ha indicado “que concrete la solución mediante la presentación de un proyecto técnico que justifique la solución definitiva” para la Estación de Bombeo. A fecha de hoy, añade, no lo ha hecho.
También el Ayuntamiento de Cabanillas del Campo había criticado que no se hayan paralizado las multas mientras se pone en marcha la Estación de Bombeo. En este aspecto, la CHT es tajante: “Cuando este Organismo, en el ejercicio de sus competencias, identifica una posible infracción administrativa de las tipificadas en el Texto Refundido de la Ley de Aguas, inicia el correspondiente expediente sancionador. Si el resultado del mismo es la imposición de una multa, el infractor está obligado a su pago, salvo que, previo recurso administrativo o contencioso, una resolución o sentencia posterior, obligue a lo contrario”.
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