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Condenados por estafa dos 'coaches' tras simular con un logotipo de la Generalitat Valenciana cursos convalidables

Una persona estudiando 'online'

Lucas Marco

20 de enero de 2022 22:46 h

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Dos 'coaches' ofrecían cursos de formación que han resultado una estafa. Así lo ha determinado una sentencia de la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, que condena a ambos a una pena de un año de prisión por estafa y a devolver el precio de los cursos que ofrecieron a dos alumnos.

Los 'coach' fundaron en Valencia una asociación que ofrecía cursos, según anunciaban, convalidables por la Asociación Española de Coaching con Neurolingüística (AEPNL). Además, también mostraban el logotipo de la Conselleria de Educación de la Generalitat Valenciana.

Dos alumnos contactaron con los responsables de la asociación, que les aseguró que bastaban simplemente unos trabajos complementarios para obtener la titulación inmediata de socio y profesor.

Los alumnos abonaron 1.270 euros cada uno sin poder finalmente convalidar el curso

“Sin embargo”, sostienen los hechos probados de la sentencia, “los acusados eran sabedores de que no era posible la convalidación porque lo prohibía el reglamento interno de la AEPNL, dado que sólo permitía la convalidación de cursos impartidos por personas que ostentaran la titulación de socio didacta”, que no era el caso de los condenados.

Los alumnos abonaron 1.270 euros cada uno sin poder finalmente convalidar el curso. Una de las alumnas, además, tuvo unos gastos de 911 euros por desplazamientos de Madrid a Valencia.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia apuntala la “prueba del engaño” en que la condenada incluía títulos en su página web que realmente no ostentaba, así como el logotipo de la AEPNL. La oferta aseguraba que las formaciones eran reconocidas por la asociación mediante proceso de convalidación, una “afirmación rotundamente falsa”, según el fallo.

“Ningún proceso podía convalidar un curso que no hubiera sido impartido por un socio didacta y ninguno de los acusados lo era”, agrega. Además, añadían un logotipo de la Generalitat Valenciana “para dar cierta imagen de oficialidad”.

Cursos por debajo del precio de mercado

Así, los datos eran susceptibles “de inducir a error”. La sentencia también recoge el “testimonio claro y explícito” de los perjudicados, “unívoco e inalterado desde la primera de sus declaraciones”, además de los correos electrónicos y los mensajes de WhatsApp intercambiados con los estafadores.

“La clases recibidas resultaron inútiles”, concluye la Audiencia Provincial de Valencia, que considera que los condenados tenían un ánimo de lucro consistente en “ofrecer cursos homologables sin ser cierto, a precios más baratos que otros semejantes del mercado”.

La acusación particular apreciaba un agravante que aumentaba la petición de pena por el delito de estafa a tres años de prisión. Sin embargo, el fallo no aprecia la figura agravada ya que víctimas y acusados no mantenían una relación personal y ni siquiera se conocían. “Tampoco consta que la empresa de los acusados gozara de alguna credibilidad empresarial o profesional de la que aprovecharse”, apostilla la sentencia. 

Así, a la pena de un año de prisión se suma una responsabilidad civil de 3.461 euros a abonar conjunta y solidariamente por parte los dos condenados a los alumnos.

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