El Consell presiona a la AVL para que rectifique la definición del valenciano

EP

Así figura en una carta que la consejera de Educación, Cultura y Deporte, María José Català, ha remitido al presidente de la AVL, Ramon Ferrer, junto al dictamen del Consell Jurídic Consultiu (CJC).

En la misiva, la consejera expone: “dado que de las conclusiones del dictamen (del CJC), especialmente en el punto quinto, se deriva que la definición de valenciano contenida en el 'Diccionari Normatiu Valencià' no se acomoda a lo que dispone tanto el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana como la misma Ley de Creación de la AVL, le insto a considerar las recomendaciones emitidas y estimarlas, de manera que la definición de valenciano cumpla y se modifique según lo que está previsto en el ordenamiento jurídico valenciano y el dictamen del CJC”.

Fue la propia María José Català quien solicitó, también por carta, al Consell Jurídic Consultiu un dictamen “con carácter de urgencia” sobre si la definición de valenciano incluida en el 'Diccionari Normatiu Valencià' de la Acadèmia Valenciana de la Llengua (AVL) se “acomodaba” al Estatuto de Autonomía.

En el caso del valenciano, dicha obra dice que el valenciano es “Lengua románica hablada en la Comunidad Valenciana, así como en Cataluña, las Islas Baleares, el departamento francés de los Pirineos Orientales, el Principado de Andorra, la franja oriental de Aragón y la ciudad sarda de l'Alguer, lugares donde recibe el nombre de catalán”.

La acepción del catalán es muy similar, ya que lo describe como una “Lengua románica hablada en Cataluña, así como en las Islas Baleares, el departamento francés de los Pirineos Orientales, el Principado de Andorra, la franja oriental de Aragón, la ciudad sarda de l'Alguer y la Comunidad Valenciana, donde recibe el nombre de valenciano”.