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El tribunal que tumbó el valenciano obliga ahora a ofrecer religión en 2º de Bachillerato aunque nunca se haya impartido

Alumnos en una aula en un instituto

Majo Siscar

Valencia —

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) vuelve a la carga contra la Conselleria de Educación, ahora por la enseñanza de la religión. La máxima corte autonómica obliga a la Generalitat a ofrecer esta asignatura en 2º de Bachillerato, pese a que nunca se ha impartido en este curso en los centros valencianos ya desde su creación con con la LOGSE en 1990. Tampoco se hacía en la modalidad anterior de COU.

La normativa española, basada en el Real Decreto 1105/2014 deja en manos de las autonomías el currículum de las asignaturas optativas y en los cambios de 2015, la Generalitat, en manos del Partido Popular, tampoco incluyó la religión. De hecho, de la 15 asignaturas optativas que proponía el gobierno central para 2º de Bachillerato, la administración autonómica del PP ya había descartado tres, entre ellas religión. En cambio, el decreto del PP valenciano no fue objeto de ningún recurso.

Los cambios curriculares de la actual administración valenciana, aprobados el 27 de abril de este año en el Decreto de Currículum de Secundaria y Bachillerato 51/2018, contemplan la asignatura de religión como una materia optativa en 1º, con lo que pasa a ser una asignatura de tres horas –una hora más de carga lectiva que en la anterior aprobada por el PP– a elegir entre otras dos: Anatomía Aplicada o Cultura Científica.

Ahora, en cambio, el Tribunal Superior de Justicia obliga a que esté también entre las asignaturas optativas de segundo, donde el alumnado construye su currículum con dos optativas a elegir entre una docena de materias según su dirección académica y entre las cuáles hay una segunda lengua extranjera, psicología, análisis musical o ciencias de la tierra que ahora podrán elegir al mismo nivel que religión. Así lo impone como medida cautelar el TSJCV, a partir de un recurso interpuesto por la Asociación profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales (APPRECE).

APPRECE fundamentó su recurso en la ley orgánica para la mejora de la calidad educativa (Lomce) aprobada en 2014 por el ministro José Ignacio Wert y ratificada en la sentencia del Tribunal Constitucional del 10 de abril de 2018 que desestimó el recurso contra el hecho que la religión vuelva a ser de oferta obligatoria en todas las escuelas y que su puntuación final promedie en el expediente académico.

La materia de religión no está incluida entre las materias a examinarse en las pruebas de acceso a la universidad, porque no es una materia troncal, pero la ley Wert incrementó la matrícula de estudiantes en religión en Bachillerato ya que se trata de una materia asequible que ayuda al alumnado a mejorar la nota media que luego promedian con el resultado de la selectividad para acceder a la carrera deseada.

El TSJ valenciano emitió una primera interlocutoria el 25 de junio para que la Generalitat aplique medidas cautelares en lo que se llega a la sentencia definitiva y ha ratificado el auto el 19 de julio después que la Abogacía de la Generalitat pidiese un esclarecimiento de cumplimiento de sentencia ya que normalmente las medidas cautelares hacen que no se aplique un cambio, y en este caso, la normativa anterior de 2º de Bachillerato, la de la administración popular, tampoco contemplaba la asignatura en ese curso. La segunda interlocutoria no ha argumentado nada en ese sentido y reiteró la obligación de ofrecer la asignatura.

Asignatura de carácter voluntario

Cursar religión seguirá siendo de carácter voluntario para el alumnado, pero las medidas cautelares exigen a los centros educativos reajustar los horarios para ofertar esta asignatura a pocos días de salir de vacaciones y a la Conselleria de Educación ampliar el plantel del profesorado de religión según la demanda que haya.

Desde APPRECE aseguran que si la demanda se extendiera en la mayoría de los centros educativos, supondría una ampliación del profesorado de religión de Secundaria de aproximadamente 15 docentes más. Dicho profesorado tiene un sueldo similar al de un interino o un funcionario con plaza aunque no ha pasado ninguna oposición docente. Y es la jerarquía eclesiástica quién tiene la competencia para determinar el currículum y la bolsa de enseñanza de la religión.

El conseller de Educación, Vicent Marzà, lamenta que esta decisión judicial “no tenga ningún sentido pedagógico” y asegura que “tampoco se explica siguiendo la normativa vigente”. La conselleria asegura que de cara al curso 2017-2018 aplicaran estas medidas cautelares pero que ya presentaron un recurso de reposición que está pendiente de respuesta.

El sindicato de los profesores de religión, APPRECE, critica que la conselleria no les ha querido escuchar y que desde 2016 han ido recortando horas para el profesorado de religión al agrupar aulas en Primaria y Secundaria. “Esta conselleria nunca han querido negociar con nosotros y ahora que el Tribunal nos da la razón se le viene un palo tremendo. Los centros ahora ya tienen los horarios configurados y tendrán que hacer las modificaciones correspondientes de planeamiento y profesorado con el posible incremento horario. Lo que nos sorprende es que hayan estado alargando el proceso hasta estas fechas”, se queja Antonio José Díaz, presidente de APPRECE.

Para la conselleria en cambio es un sinsentido. A partir de septiembre un alumno que pretenda estudiar Traducción e Interpretación por ejemplo, podrá elegir religión como una asignatura de promedio más alto en lugar de cursar una segunda lengua extranjera que le dará más reto pero le servirá más en su carrera profesional.

La sección cuarta del TSJCV que ha emitido la interlocutoria es la misma que ha anulado once artículos del decreto que protegía el uso del valenciano en la administración autonómica y que tumbó el decreto de educación plurilingüe que en otras regiones se erige como pionera. Como publicaba el 24 de julio este diario la sección cuarta de la sala contencioso-administrativo del alto tribunal valenciano tiene una mayoría conservadora con tres jueces afines al PP Edilberto José Narbón, Miguel Ángel Olarte y Manuel José Domingo Zaballos

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