Por qué muchos productos tienen prohibido anunciarse como 'sin gluten'
En los últimos años, el gluten ganó mucho protagonismo en los debates y las conversaciones acerca de la alimentación. Se trata de un conjunto de proteínas presentes en diversos cereales, cuyo consumo genera reacciones autoinmunes en personas que padecen celiaquía, sensibilidad al gluten no celiaca u otras afecciones.
Las consecuencias de esas reacciones pueden ir desde ligeras molestias hasta auténticas intoxicaciones. Las principales fuentes de gluten son algunos cereales muy consumidos, como el trigo, la cebada, el centeno y -en menor medida- la avena, y también otros no tan conocidos, como la espelta o el kamut.
Se estima que solo el 1% de la población europea padece de celiaquía. Sin embargo, desde hace tiempo se ha difundido la idea de que comer sin gluten es "más saludable", no solo para quienes padecen esa enfermedad u otra intolerancia al gluten, sino también para la población general.
Es por ello que el interés por los alimentos sin gluten se disparó. Según informa la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), en muy poco tiempo la venta de esos productos se multiplicó por más de 13: de 4.332 toneladas en 2012 a 58.291 toneladas apenas seis años después.
Como suele suceder en estos casos, muchas firmas comerciales vieron allí una oportunidad. Pronto muchos productos comenzaron a incluir en su etiquetado la mención “sin gluten”. Una información que, incluso aunque fuera cierta, en ocasiones entrañaba posibles malentendidos.
¿Cuál es el problema? Pues existen numerosos productos que no tienen gluten porque -al carecer de toda relación con los cereales que sí incluyen gluten- no podrían tenerlo. En estos casos, la aclaración “sin gluten” no solo está de más, sino que también podría ser fuente de confusiones e incluso una manipulación fraudulenta de la voluntad del consumidor.
Si la etiqueta no habla de gluten, no hay gluten
El Reglamento 1169/2011 de la Comisión Europea regula la información alimentaria que se debe facilitar a los consumidores. Su Anexo II consiste en un listado de 14 “sustancias o productos que causan alergias o intolerancias”. El primer ítem de la lista es “cereales que contengan gluten”.
La normativa establece que es obligatorio indicar en el etiquetado la presencia de esos alérgenos, ya sea en el nombre del producto o bien en la lista de ingredientes de forma destacada y diferenciada del resto de sustancias: con letras de mayor tamaño, en negrita, en mayúsculas, etc.
Tal información debe aparecer de esta manera incluso cuando estén presentes solo en forma de trazas, transformados o dentro de otros ingredientes.
En consecuencia, si la etiqueta de un producto no incluye ninguna mención al gluten (o a algún otro alérgeno), quiere decir que no lo contiene. No existe la obligación de que un producto incluya la mención “sin gluten” cuando, en efecto, no incluye gluten.
En contra del “sin gluten” como reclamo publicitario
Debido a todo esto, varias organizaciones de consumidores llevaban tiempo exigiendo medidas contra el uso excesivo de la mención “sin gluten” en productos que no tendrían por qué llevarlo. Es decir, como un puro reclamo o atractivo publicitario.
La razón principal era que la mención “sin gluten” en un producto que naturalmente no lleva gluten podría inducir a error a los consumidores, pues insinúa que los productos similares de otras marcas sí podrían contener esa sustancia, solo porque su etiquetado no incluyera tal mensaje.
Por el mismo motivo, ese abuso de la mención “sin gluten” también representa una práctica de competencia desleal, pues sugiere que ese producto cuenta con una ventaja respecto a los demás, cuando en realidad esa ventaja no existe.
Más aún, ese mensaje en el etiquetado favorece la moda de seguir dietas sin gluten incluso por parte de los que no las necesitan. Algo que -como se explica más abajo en este mismo artículo- no tiene sentido y hasta puede ser perjudicial.
Cuándo se puede aclarar “sin gluten”
Es por eso que, hace algunas semanas, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) se ha pronunciado al respecto, aclarando que la mención “sin gluten” solo podrá figurar “cuando no todos los alimentos similares posean esa misma característica”.
“Las menciones 'sin gluten' o 'muy bajo en gluten' -explica el comunicado- pueden figurar en alimentos elaborados o procesados específicamente para reducir el contenido de gluten (de uno o varios ingredientes) o para sustituir los ingredientes que contienen gluten por otros ingredientes exentos de gluten de forma natural”.
Por lo tanto, tales menciones no pueden figurar en productos que naturalmente no incluyan gluten. Por ejemplo: frutas y verduras, frutos secos, legumbres, carnes, pescados, o leche, aceites, yogures naturales, miel, zumos, etc.
Apunta la AESAN que “la información alimentaria no debe inducir a error al insinuar que el alimento posee características especiales, cuando, de hecho, todos los alimentos similares poseen esas mismas características”.
Sí, en tanto, puede incluirse la aclaración “sin gluten” en alimentos procesados, con diferentes etapas de fabricación y composición, durante las cuales el gluten a menudo se emplea como aditivo. Ejemplo de estos productos son las salsas, helados, quesos fundidos, embutidos, chucherías y bollería industrial.
Por qué no convienen las dietas “sin gluten” a menos que sean necesarias
¿Qué pasa si una persona que no lo necesita adopta una dieta sin gluten? En primer lugar, es una decisión que “no tiene absolutamente ningún sentido ni fundamento”, como ha explicado el digestólogo Federico Argüelles, expresidente de la Fundación Española del Aparato Digestivo, en una entrevista con elDiario.es.
La recomendación del especialista para llevar una dieta saludable es respetar la pirámide nutricional y reducir todo lo posible la ingesta de alimentos procesados y los azúcares añadidos.
El problema es que, además de no tener sentido, las dietas gluten free también pueden tener efectos negativos. Por un lado, porque el gluten también aporta algunos beneficios: ayuda a reducir los triglicéridos, mejora la calidad de la grasa en la sangre y reduce el riesgo de hipertensión y de padecer enfermedades cardiovasculares.
Por otro lado, adoptar una de esta clase sin necesidad y sin el asesoramiento de un experto lleva a algunas personas a priorizar productos que llevan la mención “sin gluten” pero que son alimentos procesados, que a menudo contienen más azúcares añadidos, grasas saturadas o sodio o que aportan menos fibra que otros con gluten.
Añade Argüelles que tampoco es recomendable quitar el gluten de la dieta solo para probar si de esa forma se reducen o eliminan las molestias digestivas. Ante estas molestias, lo aconsejable es acudir a un especialista para que, a través de los estudios correspondientes, se pueda llegar a un diagnóstico correcto.
Quitar el gluten de la dieta antes de esos estudios puede ocasionar que no se detecte una celiaquía que en efecto existe, y por lo tanto un diagnóstico equivocado. O, peor aún, podría generar una mejoría transitoria que postergara la consulta y, en consecuencia, retrasara el hallazgo de alguna enfermedad eventualmente más grave que una simple intolerancia.
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