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CGPJ: O reforma de la Constitución o legislación vigente

El ministro Félix Bolaños (der.) con el presidente del CGPJ, Vicente Guilarte.

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El 19 de enero de 2022 publiqué una entrada en este mismo blog con el título '¿Será posible renovar alguna vez el Consejo General del Poder Judicial?', en la que intentaba explicar que, mientras el PP no acepte la vigencia del principio de legitimidad democrática en la renovación del CGPJ, dicha renovación sería imposible. Mientras el PP no acepte que el principio de legitimidad democrática tiene que ser aceptado tanto cuando el PP forma Gobierno como cuando lo forma el PSOE, el órgano de gobierno de los jueces no podrá ser renovado.

El CGPJ es un órgano de gobierno, es decir, es un órgano de naturaleza política y no de naturaleza jurídica. Como todo órgano de naturaleza política necesita tener legitimación democrática. Y de acuerdo con la Constitución española dicha legitimidad únicamente la pueden proporcionar las Cortes Generales, ya que es el único órgano del sistema político que tiene legitimidad democrática directa. Los jueces y magistrados que integran el Poder Judicial tienen legitimación democrática en el ejercicio de la función jurisdiccional, porque “están sometidos al imperio de la ley”. Pero únicamente para eso la tienen. Su legitimación democrática procede no directamente del órgano constitucional Cortes Generales, sino de la manifestación de voluntad de dicho órgano en el ejercicio de la potestad legislativa. 

La condición de juez se adquiere mediante la superación de un concurso oposición y no mediante la elección por el cuerpo electoral. No tiene, en consecuencia, legitimación democrática y no puede, por tanto, transmitir lo que no tiene. La legitimación democrática de los miembros del CGPJ no puede venir de los propios jueces, sino que únicamente puede venir de las Cortes Generales. 

Esta es la razón por la que la Constitución establece un vínculo entre la renovación de las Cortes Generales y la renovación del Consejo General del Poder Judicial. Dado que el mandato democrático de las Cortes Generales es de cuatro años y el CGPJ es de cinco, la renovación del CGPJ no coincide automáticamente con la renovación de las Cortes Generales, pero sí tiene que producirse la renovación por parte de las Cortes Generales en activo en el momento en que se cumplen los cinco años del mandato del CGPJ. La Constitución no permite otra alternativa, ya que la prórroga no cabe en los órganos de naturaleza política, como lo son todos los órganos de Gobierno. Sin la renovación vinculada a la elección de las Cortes Generales, el CGPJ carece de legitimación democrática. De ahí que, la no renovación del CGPJ suponga una quiebra del principio de legitimación democrática contenido en el artículo 1.2 de la Constitución, en el que descansa toda nuestra ordenación jurídico política en palabras de una de las primeras sentencias del Tribunal Constitucional, la STC 6/1981.

Este rechazo a la renovación del CGPJ de acuerdo con el resultado de las elecciones generales se ha producido siempre cuando el PP deja de estar en el Gobierno. Ocurrió en 2006, cuando tocaba la renovación del CGPJ elegido en 2001 y el PP había perdido las elecciones de 2004. La renovación se produjo en 2008, un año y diez meses después de lo que correspondía. No se renovó cuando tocaba, porque el PP tenía la esperanza de ganar las elecciones de 2008. Esperó hasta que se confirmó la victoria del PSOE para pactar la renovación. Ha vuelto a ocurrir en 2018, cuando tocaba la renovación del CGPJ elegido en 2013, con base en la mayoría absoluta del PP en las elecciones generales de 2011. En esta ocasión han transcurrido 10 años desde que se produjo la última renovación en 2013. Y no parece que el PP esté dispuesto a hacerlo.

Dado que el CGPJ no puede ser renovado mediante la elección por los jueces y magistrados –ya que estos carecen de legitimidad democrática y no pueden, en consecuencia, transmitir lo que no tienen–, la no aceptación o, mejor dicho, la aceptación del principio de legitimidad democrática expresado en las elecciones generales únicamente cuando el PP gana, pero no cuando las gana el PSOE, conduce a la parálisis inevitable del órgano de Gobierno de los jueces. Si el PP únicamente acepta la renovación del CGPJ cuando está en el Gobierno, pero no cuando está en la oposición, no es posible que el órgano funcione establemente de manera indefinida. 

O se reforma la Constitución para posibilitar que los jueces y magistrados puedan elegir a los miembros del CGPJ o este órgano tendrá que ser renovado de acuerdo con el derecho vigente, que es el derecho con que se procedió a la renovación de 2013. No hay otra alternativa. Si el PP no acepta ninguna de las dos, estaremos en un callejón sin salida.

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