El Gobierno carga el tope al gas a los contratos entre filiales de las grandes eléctricas para evitar beneficios extra
La gran novedad del Real Decreto-Ley por el que se prorroga la denominada excepción ibérica, publicado este miércoles en el BOE, es un aspecto muy técnico, pero de gran trascendencia para las mayores eléctricas.
El Gobierno ha pactado con la Comisión Europea que el tope al gas se va a cargar a los contratos de energía firmados desde el pasado mes de abril entre filiales de los grupos verticalmente integrados (con presencia en todas las patas del negocio) para evitar que las grandes compañías del sector tengan beneficios extra. En cambio, sí van a librarse de pagar esa compensación a las centrales de gas los acuerdos que hayan firmado generadores independientes hasta hace unas semanas.
El texto dice que los acuerdos bilaterales de compraventa de energía a largo plazo (los conocidos como PPA) firmados por las empresas verticalmente integradas desde el 26 de abril no están exentos de pagar la compensación que se abona a las centrales de gas por el precio real de la materia prima.
“Para la energía sujeta a instrumentos de cobertura a plazo bilateralizada entre empresas de generación y comercialización pertenecientes a un mismo grupo verticalmente integrado, solo se admitirán como instrumentos de cobertura a plazo los contratos minoristas de precio fijo firmados con anterioridad al 26 de abril de 2022”, señala el decreto.
Ese es el día en que España y Portugal alcanzaron un acuerdo político con Bruselas para limitar el precio del gas en la generación eléctrica. Y esta fecha ya la contemplaba el decreto que en mayo de 2022 dio luz verde a la excepción ibérica, que entró en vigor ya el pasado 15 de junio.
Sin embargo, el decreto que prorroga el mecanismo hasta diciembre sí da una nueva ventana para eximir de la compensación a los PPA de los generadores independientes: aquellos contratos firmados hasta el 7 de marzo de este año. En esa fecha, según el decreto, los gobiernos portugués y español y los servicios técnicos de la Comisión Europea llegaron a un acuerdo sobre la duración de la prorroga y la senda de evolución del precio del tope al gas.
Esta senda incluye un tope al gas más bajo que el previsto inicialmente para los primeros meses de aplicación de la prórroga, lo que ha hecho que este miércoles los futuros de la electricidad para abril y mayo se hayan situado en mínimos de los últimos meses. El tope, sin embargo, irá luego subiendo a razón de 1,1 euros al mes, hasta alcanzar los 65 euros por megavatio hora en diciembre, tal y como adelantó elDiario.es el pasado lunes.
Con el precio del gas ibérico Mibgas anclado en las últimas semanas en el entorno de los 40 euros/MWh, la solución ibérica (con el tope ahora fijado en 55 euros/MWh) lleva ya un mes sin activarse, por la moderación de la cotización de esta materia prima.
Pero en caso de que vuelva a operar, por ejemplo, ante un otoño más frío que el de 2022 que propicie que el gas vuelva a dispararse, los PPA de los generadores independientes firmados hasta el 7 de marzo quedarían exentos de abonar la compensación a las centrales fósiles. Y no ocurrirá lo mismo con los acuerdos intragrupo de compraventa de energía de los operadores verticalmente integrados.
“Asimetría evidente”
Desde una gran eléctrica se quejan de que ese trato diferente entre los contratos nuevos firmados por las empresas verticalmente integradas en el último año y los que hayan firmado generadores independientes supone “una asimetría evidente y de difícil justificación”.
La explicación que da el decreto para mantener esa fecha de abril de 2022 es, primero, que la inmensa mayoría de consumidores han pasado a soportar ya el coste del ajuste, al ir venciendo en el último año los contratos, cuya duración casi siempre es de un ejercicio.
Y, más importante, según el texto, que las empresas han pasado a incorporar cláusulas de repercusión directa del coste del ajuste a sus clientes finales. “La necesidad de permitir la exención de la energía asociada a dichos contratos pierde entonces toda su relevancia”, apunta el decreto.
Una fuente del sector considera que la medida “impide que las eléctricas hagan trampas al solitario” con los contratos intragrupo de compraventa de energía (entre sus propias generadoras y sus comercializadoras) que luego venden a terceros.
“Si las eléctricas deciden hacerse un PPA consigo mismas, tendrán que pagar ese sobrecoste; pero no lo hacen si lo firman con un tercero”, resume esta fuente, que cree que con ello el Gobierno pone coto “a las trampas que se hacían intragrupo con estos contratos, que les daban acceso a unos precios más baratos y a una ventaja competitiva en la actividad de comercialización”.
El Gobierno ya intentó atar en corto los contratos intragrupo en septiembre de 2021, antes de la guerra en Ucrania. Entonces, aprobó un decreto para minorar los ingresos extraordinarios de las tecnologías que no emiten CO2 por la subida del gas, que ya entonces empezaba a dispararse. Pero tuvo que corregirlo para lograr su aprobación en el Congreso, por las presiones del PNV.
Y lo mismo pasó en el decreto-ley que aprobó la excepción ibérica, que decía que si las eléctricas tenían un PPA intragrupo vinculado a un contrato de comercialización con un consumidor final, la energía estaba exenta hasta que se tuviera que prorrogar el contrato de suministro. Es lo que en el sector se denominó “la cláusula Mercadona”, introducida para evitar que a grandes clientes a los que las eléctricas suministraban con un PPA intragrupo se les subiera el precio.
“La lógica que todos teníamos en la cabeza era que en el momento en que se extendiera la excepción ibérica habría una nueva ventana para aportar nuevos PPA. Y lo que dice el texto es que si eres un independiente sí existe una ventana, pero si eres grande, no”, resume un experto del sector.
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