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El ICO pleiterará para saltarse la orden de Transparencia de publicar los sueldos de su personal de confianza

El presidente del ICO y exeurodiputado del PP Pablo Zalba

Marina Estévez Torreblanca

El Instituto de Crédito Oficial (ICO) va a presentar recurso contencioso–administrativo contra una resolución del Consejo de la Transparencia que le obliga a hacer públicos los sueldos de su personal de confianza, aquel que trabaja con contrato individual fuera de convenio. Fuentes de la entidad han confirmado a eldiario.es que recurrirán la orden dentro del plazo de dos meses que está establecido.

El requerimiento, del pasado 27 de marzo, daba 15 días hábiles al banco público para dar curso a la demanda presentada por un empleado en noviembre pasado. No es el único caso de organismo público que se niega a desvelar datos económicos pese a los dictámenes del Consejo, dependiente del Ministerio de Hacienda, en sentido contrario.

El ICO concede préstamos para financiar operaciones de inversión y liquidez de las empresas. Está adscrito al Ministerio de Economía, y de hecho el actual titular de esta cartera, Román Escolano, fue su presidente entre 2012 y 2014.

Esta entidad pública empresarial tiene unos 300 empleados de los que alrededor de 50 son cargos intermedios considerados personal de confianza, y por tanto no sujetos a convenio, según explica su comité de empresa. Son sobre todo jefes de área, de departamento y subdirectores cuyas retribuciones no son públicas, en su mayoría provenientes del propio ICO. El sueldo del actual presidente de la entidad, el ex eurodiputado del PP Pablo Zalba, sí está disponible en el Portal de la Transparencia, y asciende a 130.359 euros anuales. En su día, el organismo retrasó la publicación de este dato más allá de lo que marcaba la ley.

En un contexto de congelación salarial y recorte de incentivos para el resto de la plantilla, uno de sus empleados decidió requerir la citada información. La solicitud fue denegada por el ICO. Recurrida esta negativa ante el Consejo de Transparencia, la respuesta fue que “con carácter general, cuando el empleado público ocupe un puesto de especial confianza, un puesto de alto nivel en la jerarquía del órgano, organismo o entidad o un puesto que se provea mediante un procedimiento basado en la discrecionalidad, ha de entenderse que prima el interés público sobre los derechos a la intimidad o la protección de datos de carácter personal”.

Y añade la entidad que se encarga de velar por la transparencia de los organismo públicos: “el interés de los ciudadanos por conocer las retribuciones de los empleados públicos que ocupan ese tipo de puestos conecta directamente con su derecho a conocer el funcionamiento de las instituciones públicas y el modo en que se emplean los recursos públicos y prima sobre el interés individual en la preservación de la intimidad o los datos de carácter personal”.

Según recuerda el comité de empresa del organismo, el ICO es una entidad galardonada con premios a la responsabilidad social y fundadora del grupo de acción de responsabilidad social en empresas públicas. “Quizá piense la dirección que cuando recaiga sentencia ya no estarán por aquí. Y si están, pues se recurre otra vez. Al ICO no le preocupa el coste reputacional que pueda suponer, ni los gastos en los que va a hacer incurrir a la Administración de Justicia y a la abogacía del Estado. La abogacía del Estado tendrá que defender la postura del ICO y la del Consejo de la Transparencia, pues ambos forman parte de la Administración. El escándalo es mayúsculo. ¿Qué tiene el ICO que ocultar? ¿Por qué tanto celo en la ocultación?”, se preguntan los representantes de los trabajadores.

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