La Justicia europea 'salva' el régimen fiscal de Amazon en Luxemburgo mientras tumba el de la eléctrica Engie
Una de cal y otra de arena para la Comisión Europea en el tribunal con sede en Luxemburgo. Por un lado, el Tribunal General considera que la Comisión Europea no ha demostrado suficientemente que Amazon haya recibido 250 millones de euros en ventajas fiscales ilegales en Luxemburgo. Por lo que ha anulado la decisión del Ejecutivo comunitario que reclamaba esa suma de dinero, que debería haber pagado Amazon en impuestos, tras declarar que el Gran Ducado concedió ventajas fiscales ilegales al gigante del comercio electrónico.
Por otro lado, el Tribunal de la UE sí ha respaldado la decisión de la Comisión Europea de reclamar 120 millones por los arreglos fiscales, conocidos como “tax rulings”, concedidas por el Gran Ducado de Luxemburgo a la empresa francesa Engie, que se habría beneficiado de una imposición “inconsistente” en algunas de las transacciones financieras que se llevaban a cabo entre empresas del mismo grupo.
Ambos casos son parte de los esfuerzos de la vicepresidenta de Competencia de la Comisión Europea, Margrethe Vestager, para combatir los acuerdos fiscales favorables a través de subsidios que distorsionan la competencia.
Vestager ordenó en 2017 a Luxemburgo recuperar los impuestos no cobrados al gigante del comercio electrónico. Tanto Luxemburgo como Amazon impugnaron la decisión ante el Tribunal General de la UE, que este miércoles les ha dado la razón.
Hasta ahora, los jueces del Tribunal General han respaldado a la Comisión Europea en su caso contra Fiat en Luxemburgo y han confirmado el principio de utilizar las normas antisubvenciones de la UE para abordar la evasión fiscal por parte de multinacionales.
Pero el hecho de que los funcionarios de la competencia no respaldaran esos principios con pruebas contundentes, le costó a Vestager sendos reveses judiciales con Starbucks y el caso Apple.
El caso fiscal de Amazon se remonta a 2006, cuando la empresa, a través de un proyecto interno llamado Goldcrest, en homenaje al ave nacional de Luxemburgo, trasladó la gran mayoría de sus beneficios europeos a una filial sin empleados y no sujeta a impuestos, explica Politico. Bruselas argumentó que estos beneficios deberían haberse registrado en otra filial luxemburguesa con personal real (más de 500 en 2014) y actividades reales y, por tanto, estar sujetos a la tasa impositiva corporativa del 29% de Luxemburgo.
“Luxemburgo otorgó beneficios fiscales ilegales a Amazon. Como resultado, casi tres cuartas partes de las ganancias de Amazon no fueron gravadas. En otras palabras, Amazon pudo pagar cuatro veces menos impuestos que otros empresas sujetas a las mismas normas fiscales nacionales. Esto es ilegal según las normas sobre ayudas estatales de la UE. Los Estados miembros no pueden otorgar beneficios fiscales selectivos a grupos multinacionales que no están disponibles para otros”, dijo Vestager al anunciar su decisión.
Amazon argumentó en el tribunal que la clave de su modelo de negocio radica en su marca y tecnología, que se genera en EEUU. Y que, por lo tanto, tiene derecho a acumular las ganancias obtenidas en Europa en Luxemburgo antes de repatriarlas a Estados Unidos.
Años después de este proceso, Vestager también ha acusado al gigante tecnológico estadounidense de abusar de su posición dominante al hacer un mal uso de los datos de las empresas que alberga y abrió una nueva investigación sobre sus servicios de logística y entrega.
“Estamos comprometidos con Europa y seguimos la ley en todas las jurisdicciones en las que operamos”, ha dicho Amazon en un comunicado distribuido tras conocerse el fallo de Luxemburgo: “Damos la bienvenida a la decisión del Tribunal, que está en línea con nuestra posición de siempre de que cumplimos con todas las leyes aplicables y que Amazon no ha recibido un trato especial”.
Caso Engie
En otra sentencia anunciada este miércoles, los jueces del Tribunal General se han pronunciado sobre dos series de resoluciones fiscales emitidas por Luxemburgo a Engie. Según Vestager, como resultado de las resoluciones fiscales, Engie “pagó una tasa impositiva corporativa efectiva del 0,3% sobre ciertas ganancias en Luxemburgo durante aproximadamente una década”. Esta sentencia, favorable a Bruselas, puede tener consecuencias para la forma en que las administraciones tributarias nacionales evalúan el impuesto de sociedades.
Vestager indicó en su día que esta maniobra “redujo artificialmente la carga fiscal de la compañía”, lo que le permitió abonar una tasa efectiva de impuestos corporativos del 0,3 % en Luxemburgo por ciertos beneficios durante una década. “Este tratamiento fiscal selectivo es ilegal”, afirmó Vestager, quien detalló que, en 2008 y 2010 respectivamente, Engie puso en marcha dos estructuras financieras “complejas” para dos empresas del grupo en Luxemburgo (Engie LNG Supply y Engie Treasury Management) que “no reflejaban la realidad económica”.
Esto permitió, de acuerdo con la Comisión Europea, que Engie pagara de forma selectiva menos impuestos que otras compañías sujetas a las mismas normas fiscales nacionales. De hecho, las ventajas que obtuvo permitieron al grupo francés evitar pagar más del 99% en Luxemburgo de los beneficios generados a través de las dos empresas mencionadas.
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