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Madrid lamenta la inseguridad sobre la plusvalía, que le reporta 500 millones
Madrid, 26 oct (EFE).- El Ayuntamiento de Madrid lamenta que la “inactividad” del Gobierno de Pedro Sánchez haya sumido en la inseguridad jurídica el impuesto municipal de plusvalía, de cuyo cálculo el Tribunal Constitucional ha declarado hoy nulos varios aspectos, y por el que la capital preveía recaudar casi 500 millones de euros en 2021.
Fuentes municipales han indicado a Efe que aún no conocen el contenido de la sentencia y esperarán a su publicación al completo para pronunciarse sobre las consecuencias que tendrá en los ingresos de la ciudad, donde es el segundo tributo con mayor capacidad recaudatoria de todos los que gestiona el Consistorio.
No obstante, recuerdan que “en reiteradas ocasiones se ha reclamado al Gobierno de la nación que no prolongue más su inactividad legislativa en materia de plusvalía y que acometa una reforma legal de este impuesto para dotarlo de mayor seguridad jurídica y, a la par, compensar a los ayuntamientos por la pérdida de ingresos” en este tributo.
“Los ayuntamientos no tenemos capacidad para poder resolver el problema nosotros mismos”, alegan desde la capital, al tiempo que reprochan a Sánchez haber hecho “oídos sordos” a las peticiones de los municipios, que ahora ven cómo se ponen en riesgo unos ingresos que, en toda España, “pueden superar los 4.000 millones de euros”.
La capital critica que, desde 2017, cuando el Constitucional ya declaró nulo el impuesto si no existían ganancias, “la falta de iniciativa del Gobierno de España no sólo no ha resuelto la situación, sino que ha permitido que se agravase, al dictarse otras sentencias que incorporan nuevas dudas respecto a cuando debe entenderse que el impuesto es confiscatorio”.
El Tribunal Constitucional ha declarado hoy la nulidad de varios aspectos del cálculo del impuesto municipal de plusvalía, ya que éstos determinan que siempre se ha producido una revalorización de los terrenos durante el periodo de imposición, con independencia de que haya existido y de su cuantía real.
El fallo, del que se conocerán más detalles en los próximos días, considera inconstitucionales distintos apartados del artículo 107 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que establece la base imponible de este impuesto, y declara la intangibilidad de las situaciones firmes existentes hasta la fecha.
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