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Zara es condenada por discriminación por sexo a dos dependientas con reducción de jornada por cuidado de hijos

Imagen de archivo de una tienda de Zara.

Laura Olías

La empresa Zara ha sido condenada por vulnerar los derechos fundamentales de dos dependientas en Almería, que tenían reducciones de jornada por el cuidado de hijos. Tras la denuncia de las afectadas, defendidas por el sindicato CSIF, el juzgado de lo Social número 3 de la ciudad declara nulo el traslado de centro de trabajo que la multinacional impuso a estas empleadas al considerar que la acción fue discriminatoria por razón de sexo y circunstancias personales, así como por vulnerar su derecho a la tutela judicial efectiva, al concluir que el cambio fue una represalia de la compañía sobre las trabajadoras.

Inditex ha explicado a este medio que recurrirá la sentencia, ya que a su juicio “no ha tenido en consideración todos los esfuerzos de la empresa para ajustar todos los horarios de la plantilla al completo para adaptarse a las necesidades de cada uno de ellos”.

Los hechos se remontan al pasado octubre, cuando Zara decidió cerrar sus tiendas en el centro comercial 'Mediterráneo' de Almería, en el que trabajaban 46 personas. La multinacional reubicó a los empleados en una nueva tienda más grande en otro centro comercial en la misma ciudad, 'Torrecárdenas', recién inaugurado. A todos menos a 16 empleadas, todas aquellas que tenían reducción de jornada por cuidado de hijos menores de edad, según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso eldiario.es.

Para estas 16 trabajadoras, la empresa ofreció dos opciones: si querían trabajar en el nuevo centro comercial de Almería tenían que renunciar a sus reducciones de jornada, para estar disponibles los fines de semana (fundamentalmente los viernes por la tarde y los sábados); y, si mantenían sus horarios como estaban, serían trasladadas a otros dos centros de trabajo (una tienda en el Paseo de Almería, amenazada por un posible cierre, o un centro comercial en Roquetas de Mar, a 25 kilómetros de distancia).

Según recoge la resolución judicial, ocho trabajadoras aceptaron las condiciones de Zara y fueron reubicadas en el nuevo centro comercial 'Torrecárdenas', pero otras ocho no lo hicieron y fueron enviadas a los otros destinos. Según argumenta Inditex a eldiario.es, “la práctica totalidad de la plantilla encajó perfectamente la nueva organización de horarios, y sólo en cinco casos se mantuvieron discrepancias, dado que buscaban que se respetara exactamente el horario y las condiciones que tenían previamente”.

Según la multinacional, de aquellas cinco personas se alcanzó pleno acuerdo con tres de ellas, “mientras que dos continuaron la vía judicial”. Esas dos trabajadoras, asesoradas por el sindicato CSIF, denunciaron a Zara porque consideraron que la empresa las había discriminado por razón de sexo, al tomar la decisión únicamente por tener una reducción de jornada para el cuidado de sus hijos.

Trasladadas solo por tener jornada reducida

Tras estudiar el caso, el juzgado de lo social número 3 de Almería ha dado la razón a las dos dependientas. El magistrado Juan Carlos Aparicio Tobaruela concluye que la decisión de Zara está motivada “solo por el hecho de que las demandantes tenían reducida su jornada por cuidado de hijos menores de edad”.

Como a la empresa le interesaba que las trabajadoras tuvieran una mayor disponibilidad horaria y las empleadas “no quisieron aceptar la propuesta”, la multinacional las trasladó a un centro comercial a 25 kilómetros de distancia, explica el juez, “lo cual dificulta el ejercicio de su derecho a la conciliación personal, familiar y laboral”. Por ello, concluye Aparicio Tobaruela, la decisión “ha de considerarse como discriminatoria por razón de sexo y circunstancias personales”, protegido por el artículo 14 de la Constitución.

Además, el magistrado considera que Zara vulneró el derecho de las trabajadoras a la tutela judicial efectiva (artículo 24 de la Constitución) porque interpreta el traslado como una represalia por parte de la empresa contra las trabajadoras por “el legítimo ejercicio de sus derechos”.

Indemnización de 6.250 euros

El juzgado declara así nulo el cambio de centro de trabajo de las dos dependientas, por lo que condena a Zara a reubicar a las afectadas, con sus mismas condiciones de trabajo, en el centro comercial 'Torrecárdenas' de Almería. Además, condena a la multinacional a indemnizar con 6.250 euros a cada trabajadora, en concepto de daños y perjuicios por la vulneración de sus derechos fundamentales.

Desde Inditex, que recurrirá esta resolución judicial, subrayan que la multinacional “siempre ha situado el respeto a las condiciones sociales de quienes forman parte de la empresa en el centro fundamental de su política” y apuntan que “un 16% de los empleados en España disfrutan de una reducción de jornada específicamente por cuidado de menores, con el máximo respeto a sus horarios y necesidades”.

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