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GUÍA | Información útil y documentación necesaria para contratar a personas refugiadas en tu empresa

Protesta en Bilbao contra las leyes de Extranjería y las fronteras

Maialen Ferreira

Bilbao —

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Con el objetivo de informar y facilitar la contratación de personas refugiadas y beneficiarias de Protección Internacional y Protección Temporal, desde la organización Zehar Errefuxatuekin han recopilado información sobre las diferentes situaciones administrativas en las que pueden encontrarse estas personas y sus derechos laborales correspondientes. Las personas solicitantes y beneficiarias de Protección Internacional y Protección Temporal están autorizadas para trabajar en función de la situación administrativa en la que se encuentren. Dicha autorización para trabajar no tiene restricciones en cuanto a ámbito geográfico ni a sector de actividad. Estas son las diferentes situaciones administrativas en las que se pueden encontrar las personas solicitantes y beneficiarias de Protección Internacional y Protección Temporal:

1) Manifestación de voluntad de presentar solicitud de protección internacional

Cuando la persona se encuentra regularmente en España porque ha manifestado su voluntad de presentar la solicitud de protección internacional pero aún no la ha formalizado. En este caso todavía no cuenta con autorización para trabajar.

2) Presentación de solicitud de protección internacional 

Cuenta con autorización para trabajar desde la fecha que se indica en el primer párrafo de advertencias. Mantendrá su condición de solicitante de protección internacional hasta que tenga una respuesta definitiva a su solicitud, aunque este documento tenga una validez de 9 meses.

3) Documento acreditativo de solicitante de protección internacional en tramitación (Tarjeta roja)  

Con este documento, la persona cuenta con autorización para trabajar, sin embargo, mantendrá su condición de solicitante de protección internacional hasta que tenga una respuesta definitiva a su solicitud, aunque este documento tenga una validez de un año.

4) Presentación de solicitud de protección temporal para personas desplazadas (Ucrania)

Se trata de un caso específico para los refugiados que huyen de la guerra de Ucrania. Ocurre cuando la persona ha solicitado protección temporal porque viene huyendo de la guerra en Ucrania, pero no tiene por qué ser nacional de Ucrania, basta con que tuviera permiso de residencia en dicho país cuando estalló el conflicto. En este caso la persona cuenta con autorización para trabajar a partir de las 24 horas desde que obtiene este documento.

5) Resolución de protección internacional

Cuando las personas solicitantes de protección internacional o temporal ven resuelta su solicitud, se les entrega una resolución en la que se indica el tipo de protección que se les concede

  • El reconocimiento de la condición de refugiado y concesión del derecho de asilo
  • La concesión del derecho a la protección subsidiaria
  • La autorización de residencia en España por razones de protección internacional de carácter humanitario
  • El otorgamiento de protección temporal

La concesión de cualquiera de las cuatro protecciones lleva aparejada la autorización para trabajar y el derecho a recibir una Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) que acredite la protección concedida.

6) Solicitantes de protección internacional en vía de recurso contra la Denegación

Las personas solicitantes que ven denegada su solicitud de protección internacional no necesariamente pierden su autorización para trabajar. Pueden interponer un recurso contra la resolución que deniega su solicitud y en el mismo solicitar la suspensión de dicha resolución hasta que se resuelva el recurso. En ese caso mantendrían su derecho a trabajar en España. Puede comprobarse fácilmente esta situación mediante un justificante que acredite haber interpuesto dicho recurso.

Para más información al respecto la ONG Zehar Errefuxatuekin dispone de un servicio jurídico en el teléfono 747 497 434 y el correo electrónico info@zehar.eus

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