Los retrasos de la Justicia ponen en riesgo la pena de cárcel al exsenador del PNV y exdirector de Hacienda Víctor Bravo
Los retrasos de la Justicia pueden suponer que el exdirector de la Hacienda de Gipuzkoa y exsenador del PNV Víctor Bravo evite la entrada efectiva en la cárcel. Sobre Bravo pesa una condena inicial de siete años de prisión ya rebajada en su momento por “dilaciones indebidas”. Cometió tres delitos de fraude fiscal. Se trata de unos hechos que se remontan a 2001, que se empezaron a investigar en 2007, que se juzgaron en 2019 y que desde 2020 están pendientes de ser revisados por la Audiencia Provincial de Gipuzkoa. Hipotéticamente, además, aún quedaría un posible recurso final ante el Tribunal Supremo para lograr la firmeza de la sentencia. Ninguna fuente judicial es capaz de aventurar un plazo para que se despeje el futuro judicial de Bravo y tampoco de ofrecer una explicación a por qué hace casi cuatro años en que no se ha comunicado ningún avance en este asunto.
El de Víctor no es el primero de los casos en su familia, procedente de Extremadura. El primero lo protagonizó su hermano, José María, que fue condenado a diez años de prisión en 2013 por apropiarse durante años de dinero de las deudas fiscales desde su puesto como responsable de la delegación de la Hacienda foral en Irún. En concreto, el 'modus operandi' consistía en que manejaba en primera persona una lista de morosos, a los que ofrecía una rebaja en la deuda a cambio de que le pagasen a él. Y se quedaba con esos fondos públicos.
El sumario en torno a Víctor Bravo giró en torno a una figura fiscal especial llamada “Sociedades de Promoción de Empresas” y que era exclusiva de Gipuzkoa. Procuraba generosas exenciones fiscales, hasta el punto de que el tenista Rafael Nadal, en sus inicios, se domicilió también en el territorio foral a pesar de ser balear. Era la Hacienda foral la que daba el visto bueno a las empresas interesadas. Según la resolución judicial de primera instancia, Bravo y su amigo y socio Fernando Isidoro González Enfedaque, empresario y ex de Air Madrid, “planificaron” que una empresa inmobiliaria con sede real en la localidad catalana de Cambrils y ninguna estructura real en Donostia llamada Glass Costa Este Salou se hiciese pasar por guipuzcoana. Fue el propio Bravo el que concedió el régimen especial a la empresa en la que tenía intereses.
Según se apreció en el juicio, en el que Bravo ejerció como su propio abogado, al modo de las series legales estadounidenses, el fraude pudo alcanzar los 1,8 millones de euros en los años 2003, 2004 y 2006, sin contar otros ejercicios en los que la cuota no llegó a los 120.000 euros requeridos para que sea posible castigar la elusión o los años anteriores, ya prescritos cuando se inició la investigación en 2007. Como en otros casos de corrupción, los acusaron recurrieron al comodín de ETA. Si el empresario no operaba en Euskadi era por una amenaza terrorista. “Por seguridad no podía invertir aquí. Entonces no estábamos tan tranquilos como ahora”, explicó en el juicio González Enfedaque. En el proceso salió a la luz Bravo que tenía una casa “grandísima” en Donostia y que también disponía de vehículos de alta gama y hasta de una avioneta particular.
La primera sentencia del caso se conoció en febrero de 2020. En concreto, fue el mismo día en que cayó el vertedero de Zaldibar, a las pocas semanas de la resolución inicial del 'caso De Miguel', que ya tiene una sentencia firme, a las pocas horas de que Iñigo Urkullu disolviera el Parlamento y convocara las autonómicas de 2020 y en puertas de la llegada del coronavirus. Es cierto que el confinamiento detuvo la Administración de Justicia durante unas semanas en aquella primavera pero en septiembre de ese año este periódico ya dio cuenta de que Bravo había interpuesto un recurso contra la condena ante la Audiencia de Gipuzkoa.
¿Por qué una nueva rebaja por retrasos podría hacer que Bravo no pisara la cárcel a pesar de tener una propuesta inicial para que cumpla siete años? La condena es por tres delitos de fraude fiscal y cada uno de ellos está calculado en dos años y cuatro meses. Es habitual que no se cumplan las penas de menos de dos años e incluso tampoco aquellas más altas pero en las que cada uno de sus componentes no superen esa barrera. Una hipotética y plausible reducción por nuevas dilaciones indebidas -algo que dan por hecho alguna partes conocedoras del proceso- dejarían cada delito en dos o menos años. De hecho, hay un precedente muy reciente. Los socios de Alfredo de Miguel en algunos de los negocios corruptos del caso que lleva el apellido del ex 'número dos' del PNV de Álava, Iñaki San Juan y Josu Azkarraga (antes Josu Montés), pudieron esquivar la entrada efectiva en la cárcel en estas mismas circunstancias.
Las dilaciones indebidas -los retrasos injustificados de la Justicia, en definitiva- han condicionado numerosas causas de relevancia pública en Euskadi. El propio 'caso De Miguel' no tuvo penas más altas por ello, aunque en este caso la responsabilidad fue de una magistrada que gestionó la fase transitoria entre la investigación y el juicio donde se produjeron numerosos errores. El denominado 'caso Margüello', de irregularidades en la externalización de servicios en la Sanidad pública vasca, también concluyó con menos penas por esta razón. E, igualmente, en el caso del saqueo del museo Balenciaga de Getaria, un asunto que se inició en pesetas, las dilaciones indebidas marcaron la resolución final del larguísimo proceso.
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