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El Supremo abre la puerta para la entrada en la cárcel de De Miguel: guía para entender los siguientes pasos de la Justicia

Cabero, Tapia y Aztiria, el tribunal inicial del 'caso De Miguel'

Iker Rioja Andueza

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El recorrido judicial del 'caso De Miguel' no ha acabado con la sentencia del Tribunal Supremo, aunque el pronunciamiento del alto tribunal sí convierte en firme las condenas por corrupción y, por lo tanto, abre la puerta ya al ingreso en prisión de los inculpados, entre ellos los exdirigentes del PNV de Álava Alfredo de Miguel, Koldo Ochandiano y Aitor Tellería o el exdirector de Juventud del Gobierno vasco, Xabier Sánchez Robles. Ahora bien, eso será decidido por la Audiencia Provincial de Álava y faltan “algunos días” para que se concrete, según fuentes del caso. Además, los acusados tienen la posibilidad de interponer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional aunque no ya por los hechos, que se dan por probados, sino por la posible vulneración de derechos fundamentales. Aunque nadie se ha pronunciado aún, no sería un escenario descabellado ya que uno de los argumentos recurrentes de las defensas durante la instrucción, durante el juicio y ante el Supremo fue que la investigación se había propasado, incluso hasta el punto de acusar a la Ertzaintza de haber manipulado pruebas. Y, después del Constitucional, quedaría el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en Estrasburgo.

Cuando se conoció en diciembre de 2019 la sentencia de primera instancia, la de la Audiencia Provincial de Álava, la Fiscalía ya solicitó la ejecución “provisional” de las penas y se celebró una vista en la que el tribunal rechazó esa petición a expensas de que el Supremo dictara una segunda y definitiva resolución. Eso sí, desde entonces se han venido aplicando un conjunto de medidas cautelares como la prohibición de salir de España o la obligación de acudir periódicamente a 'fichar' al juzgado. Ahora, de modo automático, la sentencia pasa ya a una fase de ejecución cuyo procedimiento y calendario no están claros.

Pero, antes de llegar a esa fase, la sentencia del Supremo ha de ser notificada formalmente a todas las partes y el expediente ha de ser remitido al tribunal responsable, la Audiencia Provincial de Álava. A partir de ahí, este órgano deberá declarar la “firmeza” de los autos y abrir una nueva fase. Entre los condenados hay tres grupos. Por un lado están, básicamente, De Miguel, Ochandiano, Tellería y Sánchez Robles. Tienen las penas más altas y deberían ser ejecutadas con carácter inmediato. Por otro lado están los que tienen sanciones de menos de dos años de prisión. Este grupo de Ainhoa Bilbao, Iratxe Gaztelu-Urrutia, Jon Iñaki Echaburu o Sergio Fernández Oleaga, salvo que tengan antecedentes o incurran en alguna otra anomalía, no ingresaría en un centro penitenciario en ningún caso. Y luego hay casos excepcionales de penados con una suma que sí supera los dos años pero en la que todos los delitos individuales no alcanzan ese límite, donde se podría solicitar una suspensión extraordinaria, o el de Alfonso Arriola o la exalcaldesa de Zambrana, condenados exclusivamente a inhabilitación y no a cárcel.

Para enredar más el escenario, la presentación del recurso de amparo podría frenar todavía unos cuantos años la entrada en prisión. En principio, la ley reguladora del Constitucional afirma que “la interposición del recurso de amparo no suspenderá los efectos del acto o sentencia impugnados” pero, acto seguido, abre la puerta a que “cuando la ejecución del acto o sentencia impugnados produzca un perjuicio al recurrente que pudiera hacer perder al amparo su finalidad” bien el tribunal de oficio o bien a petición del recurrente “podrá disponer la suspensión, total o parcial” de una pena. Obviamente, también entran en juego factores de salud como los que han aflorado en el caso de los ERE de Andalucía con José Antonio Griñán. En principio, la reforma del delito de malversación no debería afectar a este caso, en el que también se han acreditado otros tipos penales como la prevaricación, la asociación ilícita, el cohecho o el tráfico de influencias.

La Audiencia Provincial de Álava celebró en 2019 una vista con los condenados para dirimir su futuro. No está claro que ahora tenga que repetirse ese formato, aunque sí es seguro que las defensas dispondrán de un espacio para formular alegaciones. En todo caso, el tribunal que juzgó el caso no guarda ya ninguna relación con su composición actual. El presidente, Jaime Tapia, es ahora alto cargo en el área de Prisiones del Gobierno vasco. Es precisamente quien gestionará la estancia en la cárcel de los condenados de no mediar un traslado a otra comunidad autónoma. Y Raúl Aztiria dejó también la jurisdicción penal. Solamente Elena Cabero permanece desde el juicio. Fue ella la ponente del fallo de primera instancia. Los otros magistrados en activo ahora son Jesús Poncela, Ana Jesús Zulueta y Francisco García Romo. En el caso de la Fiscalía, los dos titulares del caso, Josu Izaguirre y Manuel Pedreira, continúan en ejercicio en Vitoria aunque el primero ya no es el fiscal-jefe provincial. La nueva responsable de la oficina, Carmen Cotelo, debería determinar quién gestiona estos flecos de un sumario que se inició precisamente cuando la empresaria y abogada Ainhoa Alberdi presentó una denuncia ante Izaguirre.

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