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La última aventura empresarial de Sito Miñanco: una urbanización fallida en las Rías Baixas con dinero de la droga

La justicia avaló su legalidad urbanística y la justicia considera ahora que iba a ser impulsada con “fondos procedentes del narcotráfico”. Es la larga historia de la urbanización de 38 chalés aprobada en 2007 por el Ayuntamiento de Sanxenxo en terrenos adquiridos por una sociedad que la Audiencia de Pontevedra ordena decomisar en la sentencia con la que condena por blanqueo a José Ramón Prado Bugallo, Sito Miñanco, su exmujer, una hija y dos colaboradores más. La urbanización, junto a la playa de Montalvo, nunca pasó de los planos, pero estos siguen estando en vigor después de que la justicia validase su aprobación por parte del Ayuntamiento gobernado por el PP frente al intento de paralizarla de la entonces Xunta bipartita de PSdeG y BNG.

Según indica la sentencia ahora emitida por la Audiencia de Pontevedra, el 4 de agosto de 1988 la empresa que el tribunal considera núcleo de la trama de blanqueo de Sito Miñanco, Inmobiliaria San Saturnino SL, “representada por José Ramón Prado Bugallo y por la entidad José Aguín Magdaleno SL”, de José Alberto Aguín, condenado tanto ahora como en la operación Nécora, constituyó otra sociedad, Jolva SL. “El mismo día de su constitución” y “empleando fondos procedentes del narcotráfico”, dice la sentencia, “Jolva SL adquirió un terreno de 12.906 metros cuadrados frente a la playa de Montalvo, Sanxenxo” sobre el que Aguín y la exmujer de Miñanco realizaron “una serie de actuaciones que determinaron que su valor se incrementase exponencialmente”.

En octubre de 2005, explica la sentencia, el primero “presentó un plan parcial de desarrollo del suelo urbanizable número 18” que abarcaba esos terrenos, documento que fue aprobado año y medio después por el Ayuntamiento de Sanxenxo.

A pesar de que entonces los terrenos estaban mayormente ocupados por árboles, ese plan urbanístico califica la zona como “núcleo urbano de Montalvo” y dice que dado ese emplazamiento la urbanización busca “facilitar una gradual transformación del continuo urbano en paisaje rural para que ambos se fundan de forma natural”. “Los campos, el arbolado del paisaje rural circundante existente en el interior de la ciudad se pretende convertir en parques, áreas de descanso y ocio”, explica el documento, aprobado por el Ayuntamiento e impulsado por propietarios de los terrenos, cuyas identidades consigna el propio plan ratificando así de manera pública la participación de Aguín y Jolva SL.

El documento contempla que una primera franja del ámbito urbanístico, la más próxima a la playa y afectada por la protección de costas, sea cedida como parte de los sistemas generales, zonas verdes y equipaciones municipales, mientras que la otra mitad del espacio se divide en parcelas en las que posteriormente se podrían levantar 38 chalés adosados. El plan reserva un 20% de las viviendas para protección autonómica.

La tramitación de esa urbanización se inició, según dice la sentencia ahora emitida, en octubre de 2005, siendo alcalde de Sanxenxo, paradigma del urbanismo desaforado en las Rías Baixas, el histórico popular Telmo Martín, también promotor inmobiliario, pero se aprobó en mayo de 2007, cinco meses después de que éste dejase el cargo para intentar conseguir la alcaldía de la ciudad de Pontevedra. No lo logró y, tras una etapa como diputado en el Congreso, Martín vuelve a ser alcalde de Sanxenxo desde hace año y medio.

Fue el 7 de mayo de 2007, veinte días antes de las elecciones municipales de aquel año, cuando el Ayuntamiento, con la sustituta de Martín, Catalina González, al frente de la alcaldía, aprobó aquel plan urbanístico. Esa aprobación fue comunicada mes y medio después a la Xunta y ésta, a los pocos días, a través de la Consellería de Medio Ambiente que dirigía el socialista Pachi Vázquez, requirió al Ayuntamiento su anulación por considerar que era precisa una evaluación ambiental de la urbanización antes de validarla, algo que no se había hecho.

A partir de ahí comenzó un proceso judicial en el que inicialmente el Tribunal Superior de Justicia de Galicia no aceptó en junio de 2008 la suspensión cautelar del plan urbanístico que había pedido la Xunta mientras no se resolvía sobre su legalidad de fondo. El Gobierno gallego recurrió y en enero de 2010 el Tribunal Supremo sí aceptó esa suspensión cautelar. Sin embargo, a los meses se pronunció sobre el fondo de la cuestión nuevamente el Tribunal Superior de Galicia considerando válida la aprobación de la urbanización por parte del Ayuntamiento.

Aquel plan urbanístico, avalado así por la justicia, sigue estando en vigor. Sin embargo, con el decomiso ahora decretado por la Audiencia de todas las empresas y propiedades involucradas en la trama de blanqueo de Sito Miñanco, queda en el aire quién lo desarrollará.