La Justicia europea avala que Bruselas congele los fondos a Hungría y Polonia si no cumplen con el Estado de Derecho
La Justicia europea avala que Bruselas congele los fondos a Hungría y Polonia si no cumplen con el Estado de Derecho. Así lo ha decidido este miércoles el Tribunal de Justicia de la UE, al desestimar los recursos de Budapest y Varsovia contra el mecanismo de condicionalidad sobre el respeto del Estado de Derecho en los Estados miembros de la UE. Este decisión deja el camino libre a la Comisión Europea para actuar contra los gobiernos del húngaro Viktor Orbán y el polaco Mateusz Morawiecki por su deriva autoritaria y homófoba.
“Este mecanismo garantiza que el presupuesto de la Unión se protegerá y ejecutará de conformidad con los principios de buena gestión financiera, en beneficio de todos los ciudadanos europeos”, ha afirmado la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, tras conocer el fallo: “La Comisión analizará ahora detenidamente el razonamiento de las sentencias y su posible impacto en los pasos posteriores que tomaremos en virtud del reglamento. Adoptaremos en las próximas semanas unas directrices que brinden mayor claridad sobre cómo aplicamos el mecanismo en la práctica. La Comisión ha estado siguiendo la situación en todos los Estados miembros desde la entrada en vigor del Reglamento y estamos evaluando en profundidad algunos casos. Cuando se cumplan las condiciones del Reglamento, actuaremos con determinación”.
La ministra de Justicia de Hungría, Judit Varga, por su parte, ha protestado con la sentencia: “La decisión demuestra que Bruselas abusa de su poder. El fallo es una nueva presión contra nuestra patria, que en verano aprobó una ley de defensa de los menores”, aseguró Varga en un mensaje en Facebook al referirse a una normativa que equipara la homosexualidad con la pedofilia.
Según el TJUE, por contra, “un mecanismo de condicionalidad horizontal como el que crea el reglamento, que supedita el acceso a financiación procedente del presupuesto de la Unión al respeto, por parte de un Estado miembro, de los principios del Estado de Derecho, puede estar comprendido en la competencia que los Tratados confieren a la Unión para establecer 'normas financieras' relativas a la ejecución del presupuesto de la Unión”.
El Tribunal de Justicia precisa que el mecanismo exige, para tomar medidas como cortar los fondos europeos, “que se acredite un vínculo real entre una vulneración de un principio del Estado de Derecho y una amenaza de grave afectación de la buena gestión financiera de la Unión o de sus intereses financieros, y que tal vulneración debe referirse a una situación o a una actuación imputable a una autoridad de un Estado y pertinente para la buena gestión financiera del presupuesto de la Unión”.
El TJUE, así, destaca que las medidas de protección que pueden adoptarse “deben ser estrictamente proporcionadas a la incidencia sobre el presupuesto de la Unión de la vulneración apreciada”. Según el Tribunal de Justicia, estas medidas “pueden tener por objeto acciones o programas distintos de aquellos afectados por tal vulneración solo en el grado estrictamente necesario para alcanzar el objetivo de proteger dicho presupuesto en su conjunto”.
Además, al declarar que la Comisión Europea “debe respetar, sometida al control del juez de la Unión, requisitos procedimentales estrictos, que suponen, entre otros trámites, varias consultas con el Estado miembro de que se trate”, el Tribunal de Justicia llega a la conclusión de que el reglamento “cumple” los requisitos del principio de seguridad jurídica. Así, el TJUE entiende que el mecanismo ha sido adoptado “sobre una base jurídica adecuada, es conforme con el procedimiento previsto en el artículo 7 TUE y respeta, en particular, los límites de las competencias atribuidas a la Unión y el principio de seguridad jurídica”.
Según Le Monde, Varsovia y Budapest ya amenazan con no suscribir las conclusiones de la cumbre UE-Unión Africana que arranca mañana como respuesta a que Bruselas tiene el plan de recuperación polaco y húngaro en la nevera: mientras Polonia se vea privada de los fondos del plan de recuperación europeo a los que tiene derecho (23.900 millones de euros en subvenciones y 12.100 millones de euros en préstamos), no cooperará. Y está por ver si lo hará Hungría, que aspira a 7.200 millones del plan de recuperación.
Agonía
En diciembre de 2020 los líderes de la UE terminaron por doblegar el veto de Hungría y Polonia al mecanismo que condiciona el dinero europeo al cumplimiento del Estado de Derecho y, con ello, encarrilaron los fondos europeos anticrisis de 750.000 millones y el presupuesto plurianual par 2021-207 de 1,074 billones. En paralelo, en todo caso, siguen los procesos de infracción y los casos abiertos en el Tribunal de Justicia de la UE por los que han sido condenados y multados Polonia y Hungría y pueden seguir siéndolo, como los procedimientos vigentes por el asalto al poder judicial en Polonia o la persecución de los colectivos LGTBIQ.
Hasta tal punto estiraron la cuerda Viktor Orbán y Mateusz Morawiecki a finales de 2020, que la Comisión Europea empezó a trabajar en un plan B, en un acuerdo intergubernamental que pusiera en marcha los fondos sin Hungría y Polonia; y hasta tal punto llegó la tensión que el Gobierno de Angela Merkel lanzó un ultimátum: o Hungría y Polonia transmitían alguna señal positiva, o se quedaban fuera de las ayudas por la pandemia.
En realidad, el mecanismo que vincula el dinero europeo al respeto al Estado de Derecho es parte del acuerdo político que unánimemente se alcanzó en julio de 2020 entre los 27, y que Hungría y Polonia tenían bloqueado. Eso sí, algo consiguieron Polonia y Hungría con su pulso.
El mecanismo condiciona el desembolso de fondos europeos al respeto de los principios del Estado de Derecho, y en marzo de 2021 Varsovia y Budapest argumentaron ante el TJUE que la UE no tiene competencia para definir ese concepto ni para establecer las condiciones que evalúen su cumplimiento.
“Aunque el Estado de Derecho es un valor común de los Estados miembros, su contenido no puede ser moldeado por decisiones arbitrarias, sin respeto por las identidades nacionales y la diversidad de sus sistemas legales y tradiciones”, alegan las autoridades polacas en una carta enviada al TJUE, y dicen que “el desembolso de fondos del presupuesto de la Unión debe estar sujeto únicamente al cumplimiento de objetivos y condiciones que resultan claramente de las disposiciones legales ”.
El primer ministro polaco, Mateusz Morawiecki, dijo que la UE necesitaba que se adoptara el fondo de presupuesto y recuperación, pero también requería la “certeza de las soluciones legales”. Y esa certeza ha sido despejada este miércoles por el tribunal con sede en Luxemburgo.
El acuerdo alcanzado entre los líderes en el último suspiro de 2020 dice que “el presupuesto de la Unión debe protegerse contra todo tipo de fraude, corrupción y conflicto de intereses, y que la aplicación del mecanismo de condicionalidad será objetiva, justa, imparcial y basada en hechos, garantizando el debido proceso, la no discriminación y la igualdad de trato de los Estados miembros”.
“Para asegurarlo”, decían aquellas conclusiones, “la Comisión Europea tiene la intención de desarrollar y adoptar directrices sobre la forma en que aplicará el Reglamento, incluida una metodología para llevar a cabo su evaluación. Dichas directrices se elaborarán en estrecha consulta con los Estados miembros. En caso de que se interpusiera un recurso de anulación en relación con el Reglamento, las orientaciones se ultimarán tras la sentencia del Tribunal de Justicia para incorporar los elementos pertinentes derivados de dicha sentencia. La presidenta de la Comisión Europea informará plenamente al Consejo Europeo. Hasta que se finalicen dichas directrices, la Comisión Europea no propondrá medidas con arreglo al Reglamento”.
Es decir, Polonia y Hungría ganaron tiempo, lo suficiente para recurrir ante el TJUE y esperar a la resolución del tribunal con sede en Luxemburgo conocida este miércoles. La Comisión Europea, teórica guardiana de los tratados, tampoco ha querido actuar hasta que ha resuelto el tribunal.
“La mera constatación de que se ha producido una infracción del estado de derecho no basta para activar el mecanismo”, decían las conclusiones, en otro gesto a Budapest y Varsovia: “Los factores desencadenantes establecidos en el Reglamento deben leerse y aplicarse como una lista cerrada de elementos homogéneos y no estar abiertos a factores de diferente naturaleza. El Reglamento no se refiere a deficiencias generalizadas. Toda apertura formal del procedimiento irá precedida de un diálogo con el Estado miembro a fin de darle la posibilidad de remediar la situación”.
Pero no es el único gesto, se les concedía un freno de emergencia y elevar su caso a una reunión de líderes si no está satisfecho con cómo la Comisión Europea lleva su caso: “En caso de que el Estado miembro en cuestión presente una solicitud, el presidente del Consejo Europeo la incluirá el punto en el orden del día del Consejo Europeo. El Consejo Europeo se esforzará por formular una posición común al respecto”.
Además, se le ofrecía a Hungría y Polonia cierta literatura de su gusto: “El Reglamento debe aplicarse respetando plenamente el artículo 4, apartado 2, del Tratado de la UE, en particular las identidades nacionales de los Estados miembros inherentes a sus estructuras políticas y constitucionales fundamentales, el principio de atribución, así como los principios de objetividad, no discriminación e igualdad de trato de los Estados miembros”.
¿Los muñidores finales de aquel acuerdo? El presidente del Consejo Europeo, Charles Michel; el presidente francés, Emmanuel Macron; la entonces canciller alemana, Angela Merkel; el primer ministro húngaro, Viktor Orbán; el primer ministro polaco, Mateusz Morawiecki; el primer ministro esloveno, Janez Jansa, y el secretario general del Consejo, Jeppe Tranholm-Mikkelsen.
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