Quedan 100 días para el Brexit. El 29 de marzo es la fecha fijada para la salida de Reino Unido de la Unión Europea. Y la duda de si será con acuerdo o sin acuerdo aún no se ha despejado. Ante ese panorama, la Comisión Europea ha publicado este miércoles las líneas generales de su plan de contingencia en el caso de que la salida de Reino Unido se produzca de forma caótica, desordenada y sin acuerdo.
Se trata de un paquete de 14 medidas para proteger a los sectores que se verían más afectados por un Brexit sin acuerdo, como las aduanas, los servicios financieros o el transporte aéreo, un plan que será “temporal, limitado en su alcance y unilateral”.
En un comunicado, Bruselas ha precisado que las medidas planteadas no pueden reducir totalmente el impacto de un Brexit sin acuerdo, un escenario cada vez más posible ante la incapacidad de la primera ministra británica, Theresa May, de sacarlo adelante en el Parlamento de Westminster.
Son medidas “limitadas a áreas específicas donde es absolutamente necesario proteger los intereses vitales de la UE y donde las medidas de preparación en sí mismas no son suficientes”, ha sostenido este miércoles la Comisión Europea. Algunas de estas medidas pueden depender de la reciprocidad en Londres, pero Bruselas sostiene que “no se va a entrar en un periodo de negociación para ello, si hay reciprocidad, se acometen; si no hay, se revocan”.
Servicios financieros. Después de un examen exhaustivo de los riesgos relacionados con un escenario de no acuerdo en el sector financiero, la Comisión ha concluido que “solo se necesita un número limitado de medidas de contingencia para salvaguardar la estabilidad financiera en la UE27”, y ha tomado este miércoles las siguientes medidas: garantizar que no habrá una interrupción inmediata en la compensación central de derivados durante 12 meses; garantizar que no haya interrupciones en los servicios de depositarios centrales para los operadores de la UE que actualmente utilizan operadores del Reino Unido durante 24 meses; dos reglamentos delegados que facilitan la novación, por un periodo de 12 meses, de ciertos contratos de derivados extrabursátiles.
Transporte. La Comisión ha adoptado dos medidas para evitar la interrupción total del tráfico aéreo entre la UE y el Reino Unido en caso de que no haya acuerdo. Estas medidas solo garantizarán la conectividad básica y de ninguna manera sustituyen los privilegios de pertenecer al cielo único europeo.
Son medidas sujetas también a que el Reino Unido confiera derechos equivalentes a las compañías aéreas de la UE, así como a que el Reino Unido garantice condiciones de competencia leal.
La Comisión también ha aprobado una propuesta de reglamento para garantizar temporalmente (durante 12 meses) la prestación de determinados servicios aéreos entre el Reino Unido y la UE; así como una propuesta de un reglamento para extender temporalmente (por 9 meses) la validez de ciertas licencias de seguridad de aviación.
Bruselas, además, ha adoptado una propuesta de reglamento que permita a los operadores del Reino Unido transportar temporalmente (nueve meses) productos a la UE, siempre que el Reino Unido otorgue derechos equivalentes a los operadores de transporte por carretera de la UE en un marco de condiciones de competencia leal.
Aduanas y exportación de bienes. En un escenario sin acuerdo, toda la legislación relevante de la UE sobre la importación y exportación de mercancías se aplicará a las mercancías que se mueven entre la UE y el Reino Unido.
La Comisión ha adoptado este miércoles las siguientes medidas técnicas: un reglamento para incluir las aguas que rodean el Reino Unido en las disposiciones sobre los plazos dentro de los cuales deben presentarse las declaraciones de entrada y de salida antes de abandonar o ingresar al territorio aduanero de la Unión.
Bruselas también ha aprobado una propuesta de Reglamento para incluir al Reino Unido en la lista de países con una autorización general para exportar artículos de doble uso. Sin embargo, es esencial que los Estados miembros tomen todas las medidas necesarias para estar en condiciones de aplicar el Código Aduanero de la Unión y las normas pertinentes sobre impuestos indirectos en relación con el Reino Unido.
Medio ambiente. La Comisión ha adoptado este miércoles las siguientes medidas en el ámbito de la legislación climática de la UE para garantizar que un escenario de no acuerdo no afecte a la integridad ambiental del sistema de emisiones.
Bruselas ha decidido la suspensión temporal para el Reino Unido de la asignación gratuita de derechos de emisión, subasta e intercambio de créditos internacionales a partir del 1 de enero de 2019. Además, ha decidido permitir una asignación de cuota anual adecuada a las empresas del Reino Unido para acceder al mercado de la UE a 27 (hasta el 31 de diciembre de 2020).
La Comisión también ha aprobado un reglamento para garantizar que la información de las empresas se diferencie entre el mercado de la UE y el mercado del Reino Unido para permitir una correcta asignación de cuotas en el futuro.
Gibraltar. ¿Se aplicarán las medidas de contingencia a Gibraltar? “No, es una cuestión legal. A partir de la retirada del Reino Unido, todas las leyes de la UE aplicables dejarán de aplicarse al Reino Unido y a Gibraltar. Como consecuencia, las medidas de contingencia dirigidas al Reino Unido no se aplicarán a Gibraltar”, explica la Comisión.