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Ecocidio en el Mar Menor: el que contamina no paga, pero a veces cobra (y 2)

Peces muertos en el Mar Menor

J. L. Vidal Coy

Según el calendario establecido, las declaraciones, que empezaron el lunes 9, se extenderán hasta el 31 de enero próximo por la mañana. Y, en total, ya son 79 los llamados a declarar. A los que se suman un ramillete de casi una decena de egregios cargos de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) y funcionarios de organismos parejos, como son Manuel Aldeguer; José Salvador Fuentes Zorita; Joaquín Ezcurra Cartagena; María del Rosario Quesada Gil, por citar a los más relevantes.

También han sido tenidos en cuenta por la Fiscalía y por el juzgado competente unos cuantos responsables de la consejería de Agricultura y Agua a la hora de declarar como investigados para aclarar las responsabilidades en el ecocidio: el exconsejero Antonio Cerdá; el exsecretario general de la Consejería, Francisco Moreno García; los antiguos directores generales Ginés Vivancos Mateos, Joaquín Maestre Albert y Ángel García Lidón y los exjefes de servicio Esteban Abad Salcedo y Francisco José González Zapater.

Lo que corrobora, guste o no a ese chico que se sienta en San Esteban y a sus corifeos, que las responsabilidades pueden ser muy concretas, y nada generales. De entre tantos llamados, cuántos serán los elegidos solo el magistrado competente lo podrá decidir. Pero en algunos ambientes jurídicos se tiene la idea de que aunque el delito que se persigue es “contra los recursos naturales y el medio ambiente” será difícil determinar fehacientemente los grados de responsabilidad y los hechos dolosos necesarios como para llegar a condenas firmes, tal como marcan las pautas del Derecho Penal.

En esa línea de alguna manera pesimista, se comenta que quizá tuviera cierta razón el presidente del Tribunal Superior de Justicia, Miguel Pasqual del Riquelme cuando dijo que los jueces «no van a reponer a su estado original el Mar Menor» y que «nos enfrentamos a un fracaso colectivo». «Constatar tal fracaso colectivo no puede amparar ni exonerar de culpa a quienes hayan cometido acciones u omisiones individualizables constitutivas de delito», precisó, ciertamente alejado de la línea oficial de pensamiento (?) de los gerifaltes ––acepciones 3, 4 y 5 del Diccionario de la Lengua Española–– del partido podrido regional.

Fue ciertamente criticado por esas afirmaciones, pero hay ya juristas e incluso ecologistas que creen que la judicialización del ecocidio del Mar Menor puede tener el mismo efecto que en su día tuvo el juicio por la contaminación del Río Segura, iniciado en 1998 a instancias de dos concejales de Izquierda Unida en Murcia, Concha Hernández y José Manuel López. Ese procedimiento, aunque judicialmente no llegó a ningún sitio por las dilaciones premeditadas y provocadas, consiguió indirectamente el saneamiento del cauce fluvial en la capital, creen algunos.

En esa línea, Pasqual del Riquelme dijo que «la persecución penal de estas conductas individualizadas probablemente contribuya a que no vuelvan a repetirse por los mismos que las han cometido (es lo que llamamos prevención especial del Derecho Penal), o por otras personas en el futuro (lo que conocemos como prevención general)»

Efectivamente, el efecto disuasorio es algo que siempre puede producir la persecución penal de un delito. Aunque también hay multitud de entendidos que lo niega, como se hace comúnmente para desarbolar los argumentos a favor de la pena de muerte. Pero el resultado final, en el caso que nos ocupa, puede ser que el que contamina no paga, al menos penalmente. Igual que en el caso del Segura, cuyos presuntos-inocentes-mientras-no-se-demuestre-lo-contrario campan a sus anchas con más gloria que pena, especialmente el ex alcalde de Alcantarilla, Lázaro Mellado, encaramado por su partido, el podrido, a la gerencia de Citmusa, donde ha estado hasta hace apenas un mes.

Visto lo visto penalmente hablando, resulta casi ocioso imaginar que los avatares judiciales puedan tener como resultado que los presuntos inocentes paguen pecuniariamente, si dejaran de serlo, para compensar su delito. A esa conclusión no es difícil llegar si se repasa la historia en el Estado español sobre la penalización de los delitos ecológicos. Todavía está por ver que haya habido resoluciones judiciales que hayan obligado a los condenados a compensar monetariamente el perjuicio ambiental y a restaurar el daño ecológico causado.

El principio ecologista de 'quien contamina, paga' no pasa, entonces, de ser un simple e ingenuo desiderátum, para desgracia y vergüenza de esta sociedad tan avanzada. Mas el asunto alcanza niveles de escándalo si se repara en que algunos de los presuntos inocentes incursos en causas de supuestos delitos ambientales, especialmente los relacionados con la agricultura, explotan la tierra ayudados por la financiación pública de Estados y Comunidades Autónomas.

De hecho, el Gobierno del Estado pagó a través de la Consejería de Agricultura en enero de 2019 casi 19 millones de euros procedentes de las subvenciones de la Política Agraria Común (PAC, de la Unión Europea) a unos 15.000 agricultores y agroindustria la región. ¿Cuántos de esa extensa lista de presuntos inocentes de delitos contra el medio ambiente que declaran o han de declarar ante el juez se benefician de las ayudas comunitarias a la agricultura? ¿Seguirían disfrutando de ellas si fueran hallados culpables? ¿O habrían de devolverlas? Quizá sí. O quizá no. Pero casi seguro que no tendrían que pagar la reparación ambiental ni el retorno al estado natural del medio natural alterado por ellos. Ya vale.

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