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Un año y nueve meses al electricista castreño y a su esposa por estafar 300.000 euros al Ayuntamiento

Imagen del juicio.

elDiario.es Cantabria

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a un año y nueve meses de cárcel al electricista que estafó cerca de 300.000 euros al Ayuntamiento de Castro Urdiales mediante facturas falsas y con ayuda de su mujer, a quien se ha impuesto la misma pena de prisión.

Así se ha acordado este martes en el juicio contra ambos acusados, ante el que el Consistorio castreño se ha retirado como acusación particular y los dos procesados han llegado a un acuerdo con la Fiscalía, en base al cual la sala de al Sección Primera de la AP dictará sentencia condenatoria.

En concreto, se ha impuesto tanto al hombre como a la mujer una pena de un año y nueve meses de cárcel e inhabilitación por un delito continuado de falsedad en documento mercantil, en concurso medial con otro delito continuado de estafa agravada, por los que, también, deberán pagar una multa de 1.620 euros, a razón de una cuota diaria de 6 euros durante nueve meses.

Además, el electricista municipal ha sido condenado por otro delito, de negociaciones y actividades prohibidas a funcionarios públicos, al pago de 900 euros de multa, a razón 6 euros diarios durante cinco meses. Asimismo, por el mismo motivo, se le ha impuesto una pena de suspensión de empleo y cargo público durante un periodo de nueve meses.

En concepto de responsabilidad, el matrimonio --que se ha mostrado conforme con los hechos y penas que recoge el nuevo escrito del Ministerio Público, por debajo de los cinco años de cárcel que pedía primero para cada uno y los 14.850 euros de multa en total-- deberá abonar la cuantía que se determine en ejecución de sentencia para indemnizar al Ayuntamiento de Castro, tras haber estafado 376.139 euros a esta administración local, según la cuantía contemplada inicialmente y ante la que podrán presentar las facturas que consideren oportunas para rebajar ese montante.

Antes de terminar el juicio, el abogado de los procesados ha solicitado que se suspenda la ejecución de la pena privativa de libertad, a lo que no se ha opuesto el fiscal, siempre que esté condicionado al pago de las cuantías previstas.

La sala resolverá sobre esta petición cuando dicte el fallo, tras una sesión que ha quedado vista para sentencia condenatoria de conformidad, en función del acuerdo alcanzado entre los acusados y la Fiscalía. De cara a ese fallo se ha tenido en cuenta la atenuante de las dilaciones indebidas, ya que los hechos sucedieron entre 1998 y 2002, es decir, que se iniciaron hace 20 años, aunque la apertura de juicio oral se dictó hace menos de dos, en septiembre de 2016.

La vista se había señalado anteriormente para los pasados 22 y 23 de enero, pero se suspendió al no haberse citado a los interventores para que comparecieran y declarasen. En concreto, se pospuso dos meses para poder citar como testigos a una interventora interina y al titular cuando ocurrió todo, Fernando Urruticoechea, y que hace casi un año obtuvo plaza en Torre Pacheco (Murcia).

El fiscal consideró entonces que su declaración sería “muy interesante”, además de “necesaria” e incluso “imprescindible”. Por eso, propuso la suspensión del juicio, petición apoyada por la defensa y la acusación particular, que venía ejerciendo el Consistorio, y que fue aceptada por la sala, en una sesión en la que los dos procesados se manifestaron que no estaban de acuerdo con los hechos que les imputaban.

También se presentaron una serie de cuestiones previas, relacionadas una de ellas con un defecto procesal en la personación del Ayuntamiento en la causa, por lo que debía constar, de cara a esta nueva fecha, un decreto de Alcaldía o acuerdo del Pleno de la Corporación.

Sin embargo, en un escrito remitido el pasado 2 de marzo, el Consistorio informó de que se retiraba del proceso, de cara al cual había solicitado las mismas penas que el Ministerio Público, al considerar que “no debería ser parte acusadora”.

Los hechos

En cuanto a los hechos en sí, y según el escrito de la Fiscalía, el acusado aprovechó su condición de empleado municipal del Ayuntamiento de Castro Urdiales con la categoría de electricista concertándose con su esposa, quien se dio de alta como responsable de un almacén de electricidad, para elaborar facturas de venta de material eléctrico que el Consistorio abonaba.

De mutuo acuerdo, y según las conclusiones del fiscal, los dos confeccionaron facturas que no se correspondían con ventas efectivas de material y, entre 1998 y 2002, la supuesta empresa de la esposa del electricista municipal cargó al Consistorio castreño un total de 336 facturas. El importe total de las mismas ascendió a 376.189 euros, pese a que los gastos en los que incurrió por pagos a sus proveedores ascendieron durante el periodo a 78.806 euros.

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